Región de Murcia

Aprobación definitiva proyecto innecesariedad reparcelación. Sector ZR3-M4. Expediente 1.094/2008-0749.

Borm Nº 57, miércoles 10 de marzo de 2010

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Molina de Segura

Nº de Publicación:

4250

NPE: A-100310-4250

TEXTO

IV. Administración Local

Molina de Segura

4250 Aprobación definitiva proyecto innecesariedad reparcelación. Sector ZR3-M4. Expediente 1.094/2008-0749.

Concejalía: Urbanismo JH/PM.

Tipo expediente: Innecesariedad de reparcelación.

Interesado: Desarrollos Urbanísticos Cedra, S.A.

Situación: Lugar Sector ZR3-M4.

N.º expediente: 1.094/2008-0749.

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 23 de febrero de 2020, entre otros, adoptó el acuerdo de aprobar, con carácter definitivo el Proyecto de Innecesariedad de Reparcelación del Sector ZR3–M4, promovido por la mercantil Desarrollos Urbanísticos Cedra, S.A.

Lo que se hace público de conformidad con el artículo 176 y demás concordantes del Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia.

Esta publicación servirá de notificación a todos aquellos interesados en el procedimiento que sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o bien intentada la misma, no se hubiese podido practicar, de conformidad con el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992 de 26 de noviembre).

Recursos que puede utilizar: Contra el presente acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la presente notificación ante el órgano jurisdiccional competente de acuerdo con lo establecido en la Ley 20/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, o recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente al que se produzca la presente publicación, considerándose desestimado el recurso si transcurrido un mes desde la fecha de la interposición no se hubiera dictado y notificado resolución, conforme a lo establecido en la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo en tal caso interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente al que se considere desestimado el Recurso de Reposición.

Molina de Segura, 1 de marzo de 2010.—El Alcalde, P.D., José A. Carbonell Contreras.



NPE: A-100310-4250