Región de Murcia

Aprobación definitiva Plan Especial Sector UAR-F3. Expte. 749/2009-0719.

Borm Nº 22, jueves 28 de enero de 2010

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Molina de Segura

Nº de Publicación:

1291

NPE: A-280110-1291

TEXTO

IV. Administración Local

Molina de Segura

1291 Aprobación definitiva Plan Especial Sector UAR-F3. Expte. 749/2009-0719.

La Corporación Plena, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de diciembre de 2009, entre otros, adoptó el acuerdo de aprobar, con carácter definitivo, el Plan Especial del Sector UAR–F3, promovido por la Junta de Compensación del mismo.

Lo que se hace público de conformidad con el art.º 140 y demás concordantes del Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia.

Las Normas Urbanísticas del Plan Especial son las siguientes:

Normas Urbanísticas Ámbito UAR-F3: ZONA UR-6

Ordenación: Zona caracterizada, fundamentalmente por una tipología de edificación aislada y viviendas unifamiliares con disposición libre dentro de las parcelas en las que se ubican, con posibilidad de edificaciones pareadas con tratamiento unitario de fachadas y volúmenes, con espacios interiores ajardinados y localizadas en los últimos ensanches de la ciudad y en las nuevas zonas de ampliación.

Edificabilidad máxima: La establecida en el cuadro correspondiente para cada manzana.

Aparcamientos en parcela privada: Según las condiciones del art. 355 de las Normas Urbanísticas del P.G.M.O., establece la obligatoriedad de reservar 1 plaza de aparcamiento por cada 10 m2t construidos, y, en todo caso, una plaza por vivienda.

Usos y resto de condiciones: Los de la Norma UR6 del P.G.M.O.

Zonas Evb, Si-2 y Viario

Se regirán por lo establecido por las Normas Urbanísticas del P.G.M.O. para las zonas con igual denominación.

Esta publicación servirá de notificación a todos aquellos interesados en el procedimiento que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada la misma, no se hubiese podido practicar, de conformidad con el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Recursos que puede utilizar: Contra el presente acuerdo, se podrá interponer Recurso Contencioso Administrativo en el plazo de DOS MESES a partir del día siguiente a la presente notificación ante el órgano jurisdiccional competente de acuerdo con lo establecido en la Ley 20/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, o Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al que se produzca la presente publicación, considerándose desestimado el recurso si transcurrido un mes desde la fecha de la interposición no se hubiera dictado y notificado resolución, conforme a lo establecido en la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, pudiendo en tal caso interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de seis meses contados a partir del día siguiente al que se considere desestimado el Recurso de Reposición.

Molina de Segura, a 19 de enero de 2010.—El Alcalde, P.D., José A. Carbonell Contreras.



NPE: A-280110-1291