Región de Murcia

Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos n.º 3/2024.

Borm Nº 280, lunes 2 de diciembre de 2024

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Mazarrón

Nº de Publicación:

6076

NPE: A-021224-6076

TEXTO

IV. Administración Local

Mazarrón

6076 Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos n.º 3/2024.

Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Mazarrón de fecha 26 de noviembre de 2024 por el que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de créditos n.º 3/2024 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería.

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de tesorería, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:


Estado de gastos

APLICACIÓN DESCRIPCIÓN IMPORTE
2024-2-153-6190222 REURB. TRAMO AV. SEGADO DEL OLMO 641.226,06
2024-8-337-6090022 SKATE PARK, PARK BOWL Y CALISTENIA 201.578,26
2024-3-320-63221 REHABILITACIÓN ESCUELAS GRADUADAS 352.161,10
2024-2-171-62920 REHABILITACIÓN JARDÍN DE LA PURÍSIMA 247.804,33
2024-2-153-6190022 PAVIMENTACIÓN Y ENCAUZAMIENTO PLUVIALES 101.159,19
2024-2-153-6190222 REURB. TRAMO AV. MEDITERRÁNEO 474.920,80
2024-2-150-22707 DIRECCIONES OBRA CRÉDITO EXTRAORDINARIO 57.920,20


Esta modificación se financia con cargo al remanente líquido de Tesorería, en los siguientes términos:

Estado de ingresos

APLICACIÓN DESCRIPCIÓN IMPORTE
2024-87000 REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES 2.076.769,94


Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b) La inexistencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

Contra el presente Acuerdo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente acuerdo, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.

Mazarrón, 27 de noviembre de 2024. El Alcalde-Presidente, Ginés Campillo Méndez.

NPE: A-021224-6076