Administración Local
Mazarrón
10569
NPE: A-191015-10569
IV. Administración Local
Mazarrón
10569 | Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por la gestión del servicio del Centro de Atención a la Infancia. |
El Pleno de esta Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 28 de abril de 2015 adoptó acuerdo por el cual se aprobó inicialmente la ordenanza fiscal reguladora de los precios públicos por la gestión del servicio del Centro de Atención a la Infancia.
Transcurrido el periodo de exposición pública sin que se hayan formulado alegaciones y habiendo quedado definitivamente aprobada, se publica a continuación el texto íntegro de dicha ordenanza, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004.
Ordenanza reguladora de los precios públicos por la gestión del servicio del Centro de Atención a la Infancia.
- Constituye el objeto del establecimiento de este precio público la prestación de los servicios asistenciales, educativos y comedor, así como otros servicios análogos que se prestan en el Centro de Atención a la Infancia municipal, sito en Lugar La Molineta (Mazarrón).
- Están obligados al pago de estos precios públicos los padres, tutores o representantes legales del usuario desde el momento de la solicitud de reserva de plaza, posteriormente deberán proceder a formalizar la matrícula para hacerla efectiva, antes de que se inicie la utilización y disfrute de los servicios del centro.
- Las cuotas se abonarán por mensualidades en la forma y condiciones que señale el Ayuntamiento, ya sea domiciliando o ingresando el pago de la cuota en la entidad financiera que determine la concesionaria, debiéndose abonar simultáneamente con ocasión de la formalización de la matrícula, la cuota correspondiente al primer periodo de prestación del servicio.
- Cada una de las mensualidades de los servicios se abonará en los cinco primeros días del mes correspondiente.
- El impago reiterado de la cuota durante dos meses consecutivos, se entenderá como renuncia al servicio y podrá procederse a la baja de la inscripción del usuario, pudiendo efectuarse en este caso, nueva adjudicación de la plaza que quede vacante y ello comportará la interrupción automática de la prestación del servicio, sin perjuicio de que las deudas pendientes sean exigidas por el procedimiento administrativo de apremio, con arreglo a lo establecido en el artículo 46.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
- Conforme al artículo 26.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el supuesto que por causas no imputables al sujeto pasivo, el servicio público no se pudiera prestar o desarrollar, procederá la devolución del importe correspondiente.
Otras disposiciones: ------------------------------------------------------------
1.- La matrícula comprende todos los meses del curso escolar, siendo en todo caso obligatorio el pago de dichos meses, a excepción de los alumnos que causen baja definitiva, que satisfarán las cuotas de los meses que hayan asistido, incluida la mensualidad en que se produzca la baja.
La inasistencia justificada o injustificada del usuario durante un periodo determinado (excepto situaciones especiales) no supone reducción alguna, ni exención de la tarifa, mientras no se formalice la baja correspondiente. ----------
2.- Situaciones especiales: ------------------------------------------------------
Aquellos niños que por necesidades de adaptación se incorporen a partir de la segunda quincena del mes, pagarán la mitad de la cuota de ese mes.
Cuando por causas justificadas (hospitalización del niño, traslado temporal de la familia, etc.) el usuario no pueda asistir al centro, se le reservará la plaza cobrando el 50% de la cuota durante dos mensualidades. A partir de la tercera, éste causará baja del centro.
Los interesados podrán renunciar voluntariamente en cualquier momento a su plaza debiendo formalizar la baja mediante solicitud por escrito en el Registro Municipal o en la Secretaría del Centro, con una antelación mínima de siete días antes del mes en el que tenga que surtir efectos la misma.
Tarifas
MATRÍCULA | PRECIO (euros/año) |
Niño/a del CAI | 50,00 |
Niño/a de la Ludoteca | 20,00 |
Niño/a con hermanos mayores matriculados en el Centro | Exento |
Niño/a perteneciente a familia numerosa (con carné en vigor) | Descuento 50% |
Las matrículas se renuevan anualmente -----------------------------------------
Precio (euros/mes) | |||
Servicio | Horario | Sin comedor | Con comedor |
Servicio asistencial y educativo jornada completa de 8 h. (incluye almuerzo, comida y merienda) | 9:00-17:00 | 160,00 | 245,00 |
Servicio asistencial y educativo jornada partida de 8 h. (incluye almuerzo y merienda) | 09:00-13:00
16:00-20:00 |
180,00 | |
Servicio asistencial y educativo jornada específica con madrugador de 8 h. (incluye desayuno, almuerzo y comida) | 07:30-15:30 | 190,00 | 275,00 |
Servicio asistencial y educativo jornada de 6 h. (incluye almuerzo y comida) | 09:00-15:00 | 140,00 | 225,00 |
Servicio asistencial y educativo jornada de 5 h. (incluye almuerzo y comedor opcional) | 09:00-14:00 | 130,00 | 215,00 |
Servicio asistencial y educativo jornada 4 h. (incluye almuerzo) | 09:00-13:00 | 120,00 | |
Servicio asistencial y educativo jornada especial de 4 h. (grandes superficies), (incluye almuerzo o merienda) | 09:00-13:00
o 16:00-20:00 |
120,00 | |
Servicio asistencial madrugadores (incluye desayuno) | 07:30-09:00 | 50,00 | |
Servicio asistencial madrugadores (sin desayuno) | 08:15-09:00 | 30,00 | |
Servicio asistencial ludoteca (incluye merienda) | 16:00-20:00 | 120,00 | |
Servicio asistencial ludoteca (incluye merienda) | 16:00-18:00 | 80,00 | |
Servicio asistencial escuela de verano (incluye desayuno, almuerzo y comida) | 08:30-16:30 | 160,00 |
Servicio asistencial sábado (incluye almuerzo y comida de casa), de 09:00 a 14:00 h. (mínimo cinco alumnos/as) ----------
Precio | |
Niños/as que estén durante todo el año en el CAI | 50,00 €/mes adicional a la cuota mensual solicitada |
Niños/as externos al CAI | 60,00 €/mes |
Sábados sueltos | 15,00 €/día |
Otros servicios | Precio |
Hora extraordinaria suelta | 5,00 € |
Hora extraordinaria mensual | 25,00 € |
Todos los servicios que no incluyen comedor, sí incluirán el almuerzo y la merienda en la cuota mensual | |
Catering, precio adicional de 85,00 €/mes |
Estos precios, una vez aprobados por el Ayuntamiento en Pleno, entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa.------
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del R.D.L. 2/2004 y en los artículos 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, contra la aprobación definitiva los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de publicación de este edicto.
Mazarrón, 29 de septiembre de 2015.—La Alcaldesa-Presidenta, Alicia Jiménez Hernández
NPE: A-191015-10569