Región de Murcia

Aprobación definitiva de modificación de ordenanzas fiscales.

Borm Nº 296, viernes 26 de diciembre de 2014

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Mazarrón

Nº de Publicación:

16575

NPE: A-261214-16575

TEXTO

IV. Administración Local

Mazarrón

16575 Aprobación definitiva de modificación de ordenanzas fiscales.

El Pleno de esta Corporación en sesión ordinaria celebrada el día 28 de octubre del presente adoptó el acuerdo por el cual se aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, así como la de las tasas por la prestación de los servicios de alcantarillado y tarifa por el suministro de agua.

Transcurrido el período de exposición pública sin que se hayan formulado alegaciones y habiendo quedado definitivamente aprobadas, se publica a continuación el texto íntegro de dichas modificaciones, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del R.D.L. 2/2004 y en los artículos 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, contra la aprobación definitiva los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de publicación de este edicto.

1. Ordenanza reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Con efectos desde el día 1.º de enero de 2015, la redacción del artículo 8 de dicha ordenanza queda como sigue:

“Art. 8. Cuota tributaria, tipo de gravamen:

1. La cuota íntegra de este Impuesto será el resultado de aplicar a la base liquidable el tipo de gravamen a que se refiere el apartado 3 siguiente.

2. La cuota líquida se obtendrá minorando la cuota íntegra en el importe de las bonificaciones previstas en el artículo siguiente.

3. Los tipos de gravamen aplicables en este municipio serán los siguientes:

a) Bienes Inmuebles Urbanos: 0,44 por 100

b) Bienes Inmuebles Rústicos: 0,44 por 100

c) Bienes Inmuebles de características especiales: 1,30 por 100.”

2. Ordenanzas reguladoras de las tasas por la prestación de los servicios de alcantarillado y tarifa por el suministro de agua.

Primero.- Con efectos desde el día 1.º de enero de 2015, se añade en las respectivas ordenanzas reguladoras las siguientes tarifas reducidas:

a) Tarifa Reducida por suministro municipal de agua potable a domicilio, por bimestre:

Agua, uso doméstico €/m3
Bloque 1 (0-15 m3 ) 0,373328
Bloque 2 (16-25 m3 ) 0,386285
Bloque 3 (26-50 m3 ) 0,463507
Bloque 4 (más de 50 m3 ) 0,560123

b) Tarifa Reducida de alcantarillado, por bimestre:

Alcantarillado €/m3
Uso doméstico 0,334021

Segundo.- Se establece como condiciones para poder acogerse a estas tarifas, que los interesados tendrán que solicitarlo al Ayuntamiento, estar empadronados en el inmueble sobre cuyo recibo se solicita la aplicación de la tarifa reducida en el momento de realizar la misma, que ésta sea la vivienda habitual, y que además cumplan con la condición de que la suma de los ingresos anuales de todos los miembros de su unidad familiar no superen los que figuran en la siguiente tabla:

Número de miembros IPREM mensual Índice corrector Límite ingresos anuales
1 532,51 1,3 9.691,68
2 532,51 1,6 11.928,22
3 532,51 2 14.910,28
4 532,51 2,3 17.146,82
5 ó más 532,51 2,5 18.637,85

Con la solicitud aportarán la siguiente documentación:

- Fotocopia del D.N.I.

- Fotocopia de la última factura por suministro de agua.

-Última declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas presentada. En caso de no haberla presentado por no estar obligado a ello, declaración jurada de ingresos obtenidos en el año inmediatamente anterior al que se solicita la aplicación de la tarifa de todos los miembros que componen la unidad familiar.

- Autorización a favor del Ayuntamiento para que este pueda recabar datos de la Agencia Tributaria.

La aplicación de la tarifa reducida será permanente para los pensionistas por jubilación, incapacidad permanente o viudedad. Para el resto, tendrán que solicitar la renovación anualmente.

En Mazarrón, a 17 de diciembre de 2014.—El Alcalde-Presidente, Francisco García Méndez



NPE: A-261214-16575