Región de Murcia

Aprobación definitiva de ordenanzas fiscales. Ordenanza reguladora de las tasas por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

Borm Nº 245, lunes 22 de octubre de 2012

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Mazarrón

Nº de Publicación:

14971

NPE: A-221012-14971

TEXTO

IV. Administración Local

Mazarrón

14971 Aprobación definitiva de ordenanzas fiscales. Ordenanza reguladora de las tasas por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

El Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el pasado día 31 de julio de 2012 adoptó acuerdo por el cual se aprobó inicialmente la modificación del apartado E) del artículo 6 de la vigente Ordenanza reguladora de las tasas por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

Transcurrido el período de exposición pública sin que se hayan formulado alegaciones y habiendo quedado definitivamente aprobada, se publica a continuación el texto íntegro, cumpliéndose así lo establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, contra la aprobación definitiva, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo de dos meses a contar desde la fecha de publicación de este edicto.

La nueva redacción al apartado E) del artículo 6 de la vigente Ordenanza reguladora de las tasas por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, que será la siguiente:

“Artículo 6. Cuota Tributaria.

Apartado E) Ocupación de terrenos de uso público local con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.

1. Puerto de Mazarrón y zonas de playa durante los meses de julio y agosto: A razón de 8,02 euros por metro cuadrado y mes.

2. Puerto de Mazarrón y zonas de playa durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre: A razón de 2,59 euros por metro cuadrado y mes.

3. Mazarrón y resto del municipio durante los meses de julio y agosto: A razón de 3,08 euros por metro cuadrado y mes.

4. Mazarrón y resto del municipio durante los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre: A razón de 2,24 euros por metro cuadrado y mes”.

La presente modificación entrará en vigor una vez publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.

Mazarrón, 10 de octubre de 2012.—El Alcalde-Presidente, Ginés Campillo Méndez



NPE: A-221012-14971