Región de Murcia

Convocatoria y bases especificas reguladoras para la provisión como funcionario de carrera, a través del sistema de oposición, de una plaza de Arqueólogo/a, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Mazarrón (Murcia) y constitución de bolsa de trabajo.

Borm Nº 100, lunes 4 de mayo de 2026

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Mazarrón

Nº de Publicación:

1944

NPE: A-040526-1944

TEXTO

IV. Administración Local

Mazarrón

1944 Convocatoria y bases especificas reguladoras para la provisión como funcionario de carrera, a través del sistema de oposición, de una plaza de Arqueólogo/a, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Mazarrón (Murcia) y constitución de bolsa de trabajo.

La Junta de Gobierno Local del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón, en sesión celebrada el día 10 de abril de 2026, ha aprobado las siguientes:


Convocatoria y bases específicas reguladoras para la provisión como funcionario de carrera, a través del sistema de oposición, de una plaza de Arqueólogo/a, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Mazarrón (Murcia) y constitución de bolsa de trabajo


Primera.- Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la provisión como funcionario de carrera a través del sistema de oposición, de una plaza de la categoría de Arqueólogo/a, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Mazarrón, perteneciente a la Oferta de Empleo Público del año 2025 (aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 22 de Diciembre de 2025, y publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 3, del día 5 de Enero de 2026) en aplicación de lo establecido en el Título II, art. 10.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Las retribuciones correspondientes a percibir serán las determinadas en el vigente Acuerdo de Condiciones de Trabajo para el personal funcionario, atendiendo a la siguiente clasificación:

- Grupo/Subgrupo: A/A1.

- Escala: Admon. Especial.

- Subescala: Técnica.

- Clase: Técnico Superior.

- Denominación: Arqueólogo/a Código.

- Catálogo de Puestos: 1324* Puntos CET: 16.

Segunda.- Publicación de la convocatoria.

La convocatoria se publicará íntegra en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y un extracto de la misma en el Boletín Oficial del Estado.

Las comunicaciones correspondientes a la convocatoria se expondrán en el Tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ilmo. Ayuntamiento de Mazarrón (https://sede.mazarron.es) sin perjuicio de la utilización de otros medios de difusión municipal.


Tercera.- Participación en la convocatoria.

A. Requisitos generales de los aspirantes.

Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

- Ser español, o ser nacional de otro estado, de conformidad con lo establecido en el artículo 57, puntos 1, 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. En este segundo supuesto, el aspirante deberá acreditar el dominio hablado y escrito del idioma castellano.

- Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, salvo que por ley se limite, ésta última, a una edad inferior.

- Estar en posesión del Título de Licenciado/Grado en Arqueología; Grado de Historia con Máster Oficial en Arqueología y/o Gestión del Patrimonio; Licenciado en Geografía e Historia, con la especialidad de Prehistoria, Arqueología, Historia Antigua o Historia Medieval; así como cualquier otro título de licenciatura o grado con similar contenido académico.

- Estar en posesión del permiso de conducir clase B.

- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el empleo o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la plaza a la que aspira. A tal efecto, quienes superen las pruebas serán sometidos a reconocimiento médico por los servicios médicos municipales antes de su nombramiento.

Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por los aspirantes al día que finalice el plazo de presentación de instancias de la presente convocatoria, así como en el momento de los nombramientos objeto de la presente convocatoria.

B. Instancias.

Las solicitudes de participación en el proceso selectivo se presentarán, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los/las aspirantes deberán manifestar en sus solicitudes que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, debiendo presentar junto con la solicitud:

- Fotocopia simple del DNI.

- Fotocopia de la titulación exigida.

- Los aspirantes acompañarán a su instancia, además, resguardo del ingreso, por importe de 32,00 €, en concepto de tasa por derecho a examen.

- En el caso de que el sujeto pasivo fuera beneficiario de una de las reducciones expuestas a continuación, deberá también acreditar documentalmente la circunstancia que origina la reducción.

Se establecen las siguientes reducciones:

1.- En aquellos casos en los que, el sujeto pasivo sea una persona que figura como demandante de empleo con antigüedad mínima de tres meses, referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el Boletín Oficial del Estado o en defecto de la anterior Boletín Oficial de la Región de Murcia, se aplicará una reducción, sobre las tarifas anteriores del 50 por ciento. Para la aplicación de la mencionada reducción, el sujeto pasivo deberá acreditar las circunstancias descritas en el apartado anterior, mediante la presentación de certificado de desempleo, emitido por el Instituto Nacional de Empleo o, en su caso el Servicio Regional de Empleo que corresponda.

2.- Del 100 por 100, en aquellos casos en los que el sujeto pasivo sea una persona que figura como demandante de empleo, con una antigüedad mínima de doce meses, referida a la fecha de publicación de la convocatoria de las pruebas selectivas en el “Boletín Oficial del Estado” o en defecto de la anterior Boletín Oficial de la Región de Murcia. Para la aplicación de la mencionada reducción, el sujeto pasivo deberá acreditar las circunstancias descritas en el párrafo anterior, mediante la presentación de certificado de desempleo, emitido por el Instituto Nacional de Empleo o, en su caso, el Servicio Regional de Empleo que corresponda.

3.- Del 100 por 100, a favor de víctimas de violencia de género. Para la aplicación de esta reducción, el sujeto pasivo deberá aportar resolución judicial u orden de protección dictada a favor de la víctima o, en su defecto, informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicios de ser víctima de violencia de género, hasta tanto se dicte la orden de protección, o cualquier otra documentación acreditativa de tal condición, de conformidad con la normativa vigente en la materia.

4.- Del 100 por 100 a favor de personas en situación de discapacidad igual o superior al 33 por 100. Para la aplicación de esta reducción, el sujeto pasivo deberá aportar la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad expedida por la correspondiente Comunidad Autónoma.

5.- Del 50% en caso de pertenencia a familia numerosa de categoría general, y del 100% en caso de categoría especial, debiendo aportarse el Carné de Familia numerosa expedido por la Comunidad Autónoma.

Cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, la actividad técnica y/o administrativa que constituye el hecho imponible de la tasa no se realice, procederá la devolución del importe correspondiente. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causas imputables al interesado.

Por último, en el presente proceso selectivo se establecerá, para las personas con discapacidad que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de las diferentes pruebas. En su caso, los interesados habrán de formular la correspondiente petición en la solicitud de participación.

C. Admisión de los aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. En dicha resolución, que será publicada en el tablón de edictos de la sede electrónica municipal, se indicará asimismo, el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio de la oposición y la composición del tribunal calificador.

Los aspirantes excluidos provisionalmente dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de dicha publicación, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

El listado definitivo de admitidos y excluidos, toda vez resueltas las alegaciones, en el caso de que se produzcan, será publicado igualmente en el tablón de anuncios de la sede electrónica del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón.

De conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes de este procedimiento selectivo, la exposición en el tablón de edictos de la sede electrónica municipal.

Cuarta.- Tribunal.

Los miembros del Tribunal serán nombrados mediante Decreto por el Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente.

El Tribunal estará constituido por funcionarios de carrera; un Presidente, un Secretario y tres vocales.

Los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre.

El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.

La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

Todos los miembros del Tribunal deberán tener un nivel de titulación igual o superior al exigido para la plaza a cubrir, debiendo respetarse, en lo posible, el principio de especialización.

A efectos de percepción de asistencias por los miembros del órgano de selección, se fijan las establecidas en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnización por razón del servicio, de conformidad con la resolución de la Secretaría de Estado por la que se revise el importe de las indemnizaciones establecidas en el mismo para el año natural en el que tenga lugar el proceso selectivo.

El Tribunal podrá nombrar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.

Cuando por causas justificadas y apreciadas por el propio órgano de selección, hubiera una circunstancia que impidiera la asistencia prolongada de alguno de sus miembros, podrá acordar que actúe en su puesto la persona que figura como su suplente.

Quinta.- Proceso selectivo.

A. Sistema de selección.

El sistema de selección del presente proceso selectivo será el de oposición.

B. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas.

La práctica de los ejercicios que no se realicen conjuntamente dará comienzo por los aspirantes cuyo primer apellido empiece por la letra “B”, resultante del sorteo realizado por la Secretaría de Estado Política Territorial y Función Pública, según resolución de 21 de julio de 2020, publicada en el Boletín Oficial de Estado n.º 201, de fecha 24 de julio de 2020.

Para el desarrollo de las pruebas selectivas y siempre que las características de los ejercicios a realizar lo permitan, el Tribunal procurará garantizar el anonimato de los aspirantes para la corrección de las pruebas realizadas.

Las pruebas de la fase de oposición darán comienzo una vez transcurridos, al menos, dos meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Con una antelación de al menos, quince días naturales, se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento el lugar, día y hora de comienzo de la primera prueba de la oposición.

Las restantes comunicaciones correspondientes a la convocatoria se expondrán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal.

Desde la terminación de una prueba hasta el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo cuya duración será de un mínimo de siete días naturales y un máximo de veinte.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, antes de la finalización del ejercicio en cuestión. Asimismo, deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad o en su defecto, pasaporte o carnet de conducir. La no presentación de un/a aspirante a cualquiera de las pruebas en el momento de ser llamados/as determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en el mismo y en los sucesivos, quedando excluido/a, en consecuencia, del procedimiento selectivo. No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los/as aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente justificado y así lo aprecie el Tribunal, se podrá examinar a los/as aspirantes afectados/as por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente o, de haber finalizado, cuando no entorpezca el desarrollo de la convocatoria sin perjuicio para el interés general o de terceros.

Si se originara incompatibilidad horaria en la práctica de los ejercicios de distintas pruebas selectivas, los aspirantes deberán optar por uno sólo de ellos.

C. Fase de oposición.

El procedimiento de selección de los aspirantes será el de oposición libre que constará de:

- Primer ejercicio: consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 100 preguntas tipo test, más 10 preguntas de reserva, que deberán ser contestadas en el tiempo máximo previsto, con tres o cuatro respuestas alternativas, en el tiempo máximo a determinar por el Tribunal de Selección. El mismo versará sobre los temas contenidos en el anexo I de esta convocatoria.

Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de una contestación acertada y para la realización de este ejercicio los aspirantes no podrán utilizar ningún documento de consulta ni medios digitales o telemáticos.

Este ejercicio se calificará de 0 a 100 puntos, siendo necesario obtener una calificación mínima de 50 puntos para superarlo.

El ejercicio que se proponga tendrá diez preguntas más de reserva, claramente identificadas como tales, las cuales sustituirán por su orden a las preguntas que en su caso pudieran ser objeto de anulación. Dichas preguntas de reserva sólo serán valoradas en el caso de que sustituyan a alguna otra que haya sido objeto de anulación y habrán de ser contestadas dentro del tiempo otorgado para la realización del ejercicio.

Celebrada la prueba, el Tribunal Calificador publicará la plantilla del cuestionario con las respuestas correctas y las anuladas en su caso. Los aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días naturales, a partir del día siguiente al de la publicación de las respuestas correctas para plantear alegaciones fundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas otorgadas por el Tribunal.

Dichas alegaciones deberán dirigirse al Tribunal Calificador.

- Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de un supuesto práctico planteado por el Tribunal, a desarrollar por escrito por el aspirante.

Se valorará especialmente la capacidad de raciocinio, la sistemática en el planteamiento, la formulación de conclusiones y la adecuada interpretación de los conocimientos, con el fin de poder comprobar las habilidades, destreza y conocimiento de las herramientas de trabajo que son necesarias para desempeñar la plaza a ocupar.

En aquellos ejercicios que se califiquen como “APTO” o “NO APTO”, quedarán eliminados aquellos aspirantes que obtengan la calificación de “NO APTO”.

En aquellos ejercicios que sean de carácter obligatorio serán eliminados aquellos aspirantes que no alcancen la puntuación mínima establecida en la convocatoria.

La calificación final en el sistema de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las dos pruebas.

Quedarán automáticamente anulados todos los ejercicios en los que consten marcas o signos de identificación cuando se haya garantizado el anonimato de los aspirantes. Asimismo, en cualquier momento los tribunales podrán requerir a los/as aspirantes para que acrediten su personalidad.

De igual modo, si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del tribunal que alguno/a de los/as aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes, a los efectos que procedan.

Sexto.- Impugnaciones y protección de datos personales.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa. Contra las mismas, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Estado. Asimismo, cabrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación, o cualquier otro recurso que se estime procedente.

Los datos personales incluidos en la solicitud de participación serán tratados únicamente para la gestión del proceso selectivo, es decir, para la práctica de las pruebas de selección y las comunicaciones que deban realizarse. Cuando sea necesario publicar un acto administrativo que contenga datos personales se publicará de la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. El Ayuntamiento será el responsable del tratamiento de estos datos.

Séptimo.- Formación de Bolsa de Trabajo.

Podrán formar parte de la bolsa de trabajo los aspirantes que hayan aprobado el primero y segundo ejercicios de la oposición.

Los nombramientos se ofertarán según las necesidades del Ayuntamiento y sus distintos departamentos, a jornada completa o tiempo parcial, por ser el puesto de trabajo de esta naturaleza o porque se trate de sustituir ausencias parciales de empleados o trabajadores con derecho a reserva.

Inicialmente el nombramiento será de funcionario interino en prácticas y para que se efectúe el nombramiento como funcionario interino deberá superar una fase de prácticas, la cual será supervisada por el Jefe de Servicio correspondiente, quien deberá emitir un informe en el plazo señalado en la Resolución que acuerde el nombramiento.

Se establece un periodo de prácticas de un mes. Si el candidato al que le correspondiese el nombramiento no fuera nombrado bien por desistimiento o por no reunir los requisitos exigidos, podrá llamarse al siguiente candidato, por estricto orden de prelación, que hubiera superado el proceso de selección.

Una vez efectuado el nombramiento como funcionario interino, el mismo podrá quedar revocado por alguna de las causas previstas en el artículo 63 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y cuando finalice la causa que dio lugar al nombramiento.

La incorporación para ocupar un puesto de trabajo se realizará por orden decreciente, según la puntuación alcanzada por los aspirantes en el proceso selectivo y, también, se incluirán los aspirantes que hayan aprobado el primero y segundo ejercicios de la oposición por orden decreciente.

La oferta realizada al candidato deberá serle comunicada por cualquier medio que, procurando la mayor agilidad, garantice tener constancia de la misma.

Para la comunicación con el concursante se utilizará preferentemente la dirección de correo electrónico que éste haya consignado en su solicitud y en segundo lugar mediante el número de teléfono.

Los datos que figuran en la solicitud presentada se considerarán válidos a efectos de llamamiento y notificación, siendo responsabilidad del interesado el error en su consignación, debiendo comunicar al Servicio de Personal, cualquier variación de los mismos.

Después de haber realizado todos los intentos de localización se le comunicará su eliminación de la bolsa, por la causa de no localización, si bien, se le otorgara el plazo de 10 días para que presente alegaciones a la misma.

Si un integrante fuera notificado para un nombramiento o contratación en ejecución de alguna de las bolsas en las que solicitó su inclusión y rechace la oferta sin mediar justificación, será eliminado de la bolsa correspondiente.

Asimismo, se causará baja definitiva en la bolsa de empleo, en los siguientes supuestos:

a) Renuncia expresa a permanecer en la misma.

b) Informe negativo sobre el desempeño de los cometidos profesionales desarrollados en nombramientos o contrataciones anteriores.

c) No superación del periodo en prácticas o de prueba, siempre que esta no sea a causa de una ineptitud sobrevenida por un proceso de incapacidad temporal.

Octavo.- Norma final.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa. Las personas interesadas podrán interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Estado. No obstante, cabrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación, o cualquier otro recurso que se estime procedente.

En Mazarrón, a 15 de abril de 2026. El Alcalde-Presidente, Ginés Campillo Méndez.

Anexo I Temario

Parte general

Tema 1.- La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido esencial. El principio de estabilidad presupuestaria. La Corona. Tribunal Constitucional y reforma constitucional.

Tema 2.- Los derechos y deberes fundamentales. La protección y suspensión de los derechos fundamentales. Las Cortes Generales. Composición y funciones. Regulación y funcionamiento de las Cámaras: los reglamentos parlamentarios. Órganos de control dependientes de las Cortes Generales: El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.

Tema 3.- El Gobierno en el sistema constitucional español: composición, organización y funciones. El Presidente del Gobierno. El control parlamentario del Gobierno.

Tema 4.- Las formas de organización territorial del Estado. El Estado autonómico. Naturaleza jurídica y principios. El sistema de la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas.

Tema 5.- La Administración Pública: concepto. El Derecho Administrativo: concepto y contenidos. La Administración Pública y el Derecho. El principio de legalidad en la Administración. Potestades regladas y discrecionales: discrecionalidad y conceptos jurídicos indeterminados. Límites de la discrecionalidad. Control judicial de la discrecionalidad. La desviación de poder.

Tema 6.- El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: la motivación y forma. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. Condiciones. La notificación: contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación.

Tema 7.- La ejecutividad de los actos administrativos: el principio de autotutela ejecutiva. La ejecución forzosa de los actos administrativos: sus medios y principios de utilización. La coacción administrativa directa. La vía de hecho.

Tema 8.- La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La acción de nulidad, procedimiento, límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o, de hecho.

Tema 9.- Disposiciones generales sobre el procedimiento administrativo. Los medios electrónicos aplicados al procedimiento administrativo común. La iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Ordenación. Instrucción: intervención de los interesados, prueba e informes.

Tema 10.- Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa: principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad. La tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.

Tema 11.- Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.

Tema 12.- La responsabilidad de la Administración pública: caracteres. Los presupuestos de la responsabilidad. Daños resarcibles. La acción de responsabilidad. Principios del procedimiento administrativo en materia de responsabilidad. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas.

Tema 13.- Los contratos del sector público: las Directivas Europeas en materia de contratación pública. Objeto y ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos del Sector Público. Contratos sujetos a regulación armonizada. Régimen jurídico de los contratos administrativos y los de derecho privado; los actos separables. Los principios generales de la contratación del sector público: racionalidad, libertad de pactos y contenido mínimo, perfección y forma, el régimen de invalidez de los contratos y el recurso especial en materia de contratación.

Tema 14.- Las partes en los contratos del sector público. Los órganos de contratación. La capacidad y solvencia de los contratistas. Prohibiciones. Clasificación. La sucesión del contratista.

Tema 15.- Preparación de los contratos por las administraciones públicas. El precio, el valor estimado. La revisión de precios. Garantías en la contratación del sector público. Clases de expedientes de contratación. Procedimientos y formas de adjudicación de los contratos. Criterios de adjudicación. Perfeccionamiento y formalización de los contratos administrativos.

Tema 16.- Ejecución y modificación de los contratos administrativos. Prerrogativas de la Administración. Extinción. La cesión de los contratos y la subcontratación.

Tema 17.- Las fuentes del Derecho Local. Regulación básica del Estado y normativa de las Comunidades Autónomas en materia de Régimen Local. La incidencia de la legislación sectorial sobre el régimen local. La potestad reglamentaria de las entidades locales: Reglamentos y Ordenanzas. Procedimiento de elaboración. El Reglamento orgánico. Los Bandos.

Tema 18.- El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal: el problema de la planta municipal. Alteraciones de términos municipales. Legislación básica y legislación autonómica. La población municipal. El Padrón de habitantes. El estatuto de los vecinos. La organización municipal: Órganos necesarios y complementarios. Competencias y servicios mínimos de los municipios. El sistema electoral local. La moción de censura y la cuestión de confianza en el ámbito local.

Tema 19.- Los derechos de los empleados públicos. Políticas de igualdad y contra la violencia de género en las Administraciones Públicas. Políticas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y/o dependientes. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Tema 20.- El personal al servicio de las Entidades Locales: Clases y régimen jurídico. Sistemas de acceso y de provisión de puestos. Instrumentos de organización del personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Instrumentos reguladores de los recursos humanos: la oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalización. Deberes de los funcionarios. Régimen disciplinario. Régimen de responsabilidad civil, penal y patrimonial.

Parte específica

Tema 1.- El concepto de museo.

Tema 2.- Museos y colecciones arqueológicas en la Región de Murcia.

Tema 3.- La documentación en el museo.

Tema 4.- Los fondos de los museos: incremento y movilidad de los mismos.

Tema 5.- Musealización y puesta en valor de yacimientos arqueológicos. El caso de la Región de Murcia.

Tema 6.- Parques arqueológicos. Planes de Ordenación de recursos culturales.

Tema 7.- La Arqueología urbana. Problemática y perspectivas.

Tema 8.- Arqueología y planeamiento territorial. El caso de la Región de Murcia.

Tema 9.- El concepto de Arqueología y su evolución.

Tema 10.- Sistemas de registro en Arqueología.

Tema 11.- La prospección arqueológica: métodos y técnicas.

Tema 12.- La Arqueología en Murcia. Historia de la investigación.

Tema 13.- Patrimonio paleontológico en la Región de Murcia.

Tema 14.- La evolución humana. Aportaciones de los yacimientos murcianos.

Tema 15.- El Paleolítico en la Región de Murcia.

Tema 16.- El Arte rupestre en el Sureste peninsular.

Tema 17.- Neolítico y Calcolítico en la Región de Murcia.

Tema 18.- Urbanismo protohistórico de Murcia y del Sureste.

Tema 19.- La cultura argárica.

Tema 20.- El Bronce Medio y Final en el sureste peninsular.

Tema 21.- La cultura ibérica en la Región de Murcia.

Tema 22.- La panoplia ibérica de los pueblos del sureste peninsular.

Tema 23.- La escultura prerromana en el sureste de la Península Ibérica.

Tema 24.- La arqueología fenicia y púnica en la Península Ibérica.

Tema 25.- La arqueología púnica en la Región de Murcia. El caso de Cartagena.

Tema 26.- La presencia griega en España. Su incidencia en el Sureste.

Tema 27.- Epigrafía prerromana. Los testimonios en la Región de Murcia.

Tema 28.- Cerámica romana republicana en Hispania.

Tema 29.- Cerámica romana de época imperial en Hispania.

Tema 30.- Epigrafía latina de Cartago Nova.

Tema 31.- Mosaicos romanos en el área de Cartago Nova.

Tema 32.- Urbanismo romano: el caso de Cartago Nova.

Tema 33.- Arquitectura pública y de espectáculos en Cartago Nova.

Tema 34.- Escultura romana de Cartagena.

Tema 35.- Vías romanas en el Sureste Peninsular.

Tema 36.- Arqueología en el medio rural romano en la Región de Murcia.

Tema 37.- El mundo tardoantiguo en la Región de Murcia. Las necrópolis.

Tema 38.- Arquitectura paleocristiana y visigoda en la Región de Murcia.

Tema 39.- La presencia bizantina en el Sureste peninsular.

Tema 40.- Cerámica califal en al-Andalus.

Tema 41.- Arquitectura doméstica islámica en la Región de Murcia.

Tema 42.- La ciudad islámica.

Tema 43.- Urbanismo islámico en la Región de Murcia.

Tema 44.- Evolución urbana de la ciudad de Murcia. Testimonios arqueológicos.

Tema 45.- La cerámica mudéjar.

Tema 46.- Castillos y fortificaciones de época islámica en la Región de Murcia.

Tema 47.- Castillos y fortalezas castellanas durante la Baja Edad Media en el Reino de Murcia.

Tema 48.- Torres y fortificaciones costeras en la Región de Murcia: siglos XVXVII.

Tema 49.- La defensa del litoral durante el s. XVIII.

Tema 50.- Loza popular murciana.

Tema 51.- Arqueología submarina en la Región de Murcia.

Tema 52.- Las fuentes numismáticas en Arqueología.

Tema 53.- Las emisiones prerromanas en la Península Ibérica.

Tema 54.- Las acuñaciones ciudadanas en Hispania.

Tema 55.- La moneda medieval y moderna.

Tema 56.- La loza industrial del s. XIX.

Tema 57.- El patrimonio minero-industrial en la Región de Murcia.

Tema 58.- La cultura del agua en la Región de Murcia.

Tema 59.- Las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia de cultura.

Tema 60.- Evolución de la legislación española sobre el Patrimonio Histórico. Ley 16/85 de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español. Legislación autonómica.

Tema 61.- La Ley 4/2007, de 16 de marzo, de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Tema 62.- La protección de los bienes inmuebles: categorías de protección y régimen de los bienes protegidos en la Región de Murcia.

Tema 63.- La protección de los bienes muebles: categorías de protección y régimen de los bienes protegidos en la Región de Murcia.

Tema 64.- El marco legal de la protección del patrimonio arqueológico. Su evolución. Relaciones con la normativa urbanística y medioambiental.

Tema 65.- Las medidas de fomento, infracciones administrativas y sanciones en la legislación vigente de Patrimonio Cultural en la Región de Murcia.

Tema 66.- El reglamento de Museos de titularidad estatal del Sistema Español de Museos.

Tema 67.- La legislación de Museos de la Región de Murcia.

Tema 68.- Los organismos internacionales para la defensa del Patrimonio Cultural. Acuerdos y Tratados Internacionales sobre protección del Patrimonio Histórico y Cultural.

Tema 69.- La restauración de los bienes inmuebles.

Tema 70.- La restauración de los bienes muebles.

ANEXO II


MODELO DE INSTANCIA


SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LA OPOSICIÓN PARA LA PROVISIÓN COMO FUNCIONARIO DE CARRERA, A TRAVÉS DEL SISTEMA DE OPOSICIÓN, DE UNA PLAZA DE ARQUEÓLOGO, VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE MAZARRON (MURCIA), SEGÚN BASES Y CONVOCATORIA PUBLICADAS EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA REGIÓN DE MURCIA DE FECHA………....………


DATOS PERSONALES.

NOMBRE Y APELLIDOS:

D.N.I.: FECHA DE NACIMIENTO:

DIRECCIÓN:

LOCALIDAD: C.P.:

TELÉFONO FIJO: TELÉFONO MÓVIL:

DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO:


El/la abajo firmante solicita ser admitido/a a las pruebas selectivas a que se refiere la presente solicitud y MANIFIESTA que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Asimismo aporta la siguiente documentación:

- Fotocopia simple del DNI.

- Fotocopia simple de la titulación requerida para el acceso a las pruebas.

- Fotocopia simple del recibo del pago de la tasa por participación en la prueba selectiva.

- En su caso, acreditación de la circunstancia que acredita la reducción en el pago de la tasa por derechos de examen.


En..........................., a....... de....…...........….. de 2026.








(Firma de el/la interesado/a)

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