Administración Local
Mazarrón
1001
NPE: A-040325-1001
IV. Administración Local
Mazarrón
1001 | Convocatoria y bases para la cobertura de un puesto de trabajo de Pedagogo, mediante el sistema de oposición en turno libre, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento. |
La Junta de Gobierno Local del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón, en sesión celebrada el día 21 de febrero de 2025, ha aprobado las siguientes:
Bases reguladoras de la convocatoria de oposición libre para la cobertura de un puesto de trabajo de Pedagogo/a del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón.
Primera.- Naturaleza y características de la convocatoria.
1.1. Constituye el objeto de esta convocatoria la provisión como funcionario/a de carrera, a través del sistema de oposición, de una plaza de Pedagogo/a, vacante en la plantilla de personal funcionario del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón, pertenecientes a la Oferta de Empleo Público del año 2024 (aprobada por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 06 de septiembre de 2024, y publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 226, del día 27 de septiembre de 2024).
La plaza convocada, tiene las retribuciones básicas correspondientes al Grupo A; Subgrupo A1, del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante, TREBEP), y las complementarias, asignadas en la Relación de Puestos de Trabajo que tiene aprobada el Ayuntamiento con la clasificación y denominación siguiente:
Denominación del puesto: Pedagogo/a
Régimen: Personal Funcionario
Grupo Grupo A; Subgrupo A1
Escala Administración Especial
Subescala Técnica
Titulación exigible: Grado en Pedagogía o titulación equivalente
Funciones encomendadas: Las propias del puesto
Sistema selectivo: Oposición
1.2. La jornada de trabajo podrá ser continuada, partida o en régimen de peculiaridades horarias asignadas al puesto de trabajo, según la Relación de Puestos de Trabajo Municipal, debiendo utilizar los medios que para el desempeño de sus competencias aporte la Administración.
1.3. La presente convocatoria y la realización de las correspondientes pruebas selectivas, se regirán por las presentes Bases Específicas así como, en lo no previsto en ellas, por las Bases Generales reguladoras de los procesos selectivos que, para la selección de su personal funcionario de carrera, fueron aprobadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local del día 04 de agosto de 2023, y publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 198, de fecha 28 de agosto de 2023.
En todo lo no previsto en las presentes bases, regirá lo que establece la legislación siguiente: la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; así como cuantas otras disposiciones regulen la presente materia.
Segunda.- Condiciones para la admisión de aspirantes.
2.1. De conformidad con el artículo 56 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para poder participar en el proceso selectivo será necesario:
- Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
- Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
- Estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo en la fecha que termine el plazo de presentación de solicitudes, de la titulación requerida para el ingreso al Grupo A, Subgrupo A1, según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Para el acceso a los cuerpos o escalas de este Grupo se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. En aquellos supuestos en los que la ley exija otro título universitario será éste el que se tenga en cuenta.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos oficiales correspondientes por la autoridad académica competente. Esta misma autoridad podrá declarar también la equivalencia de títulos. Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.
2.2. La solicitud de participación se formulará utilizando el modelo de instancia adjunto como Anexo I en las presentes bases.
Además, para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas bastará con que:
1.- Los aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases.
2.- Deberán acompañar a su solicitud justificante de haber ingresado los derechos de examen, que ascenderán a la cantidad establecida en la Ordenanza Fiscal en vigor (32 euros).
A tal efecto, los aspirantes deberán practicar autoliquidación, exclusivamente, en los impresos habilitados al efecto por el Ayuntamiento y realizar su ingreso en cualquier entidad bancaria colaboradora indicada en el reverso del impreso de autoliquidación. El ingreso habrá de efectuarse antes de presentar la correspondiente solicitud de participación en el proceso selectivo, no admitiéndose el pago fuera de dicho plazo. El justificante de pago habrá de anexionarse a la instancia. Sin el cumplimiento de la acreditación del ingreso junto con la instancia, decaerá el derecho del aspirante a la admisión a las pruebas.
Al impreso de autoliquidación podrán acceder los aspirantes en la página web del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón.
En la autoliquidación se hará constar el concepto “Derechos de examen en la oposición para cubrir una plaza de Pedagogo/a en el M.I. Ayuntamiento de Mazarrón”.
La exención del pago de los derechos de examen se aplicará a los aspirantes que se encontraban en cualquiera de las situaciones contempladas en la base quinta, apartado 6, de las Bases Generales.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen dentro del plazo determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la presentación y pago en la entidad colaboradora, supondrá sustitución del trámite de presentación de la acreditación del mismo, en tiempo y forma, junto con la solicitud.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación, mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.
Tercera.- Admisión de aspirantes.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de aspirantes admitidos y excluidos, en la que constará el nombre y apellidos de los aspirantes admitidos y se indicarán los motivos de la no admisión.
La resolución se hará pública en la sede electrónica (https://www.mazarron.es/) y tablón de anuncios del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de 5 días naturales para las posibles reclamaciones.
La resolución se considerará definitiva en ausencia de reclamaciones o de subsanación de defectos durante dicho plazo. Las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que será hecha pública en la misma forma que la lista provisional. En la misma resolución se indicará el lugar, fecha y hora del comienzo de las pruebas selectivas, el orden de actuación de los aspirantes, la composición del Tribunal y la fecha de constitución de éste.
La resolución aprobatoria de la lista definitiva o la resolución aprobatoria de la lista provisional, desde el momento en que ésta devenga en definitiva, pondrá fin a la vía administrativa, y contra ella se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente; en el plazo de dos meses, sin perjuicio de que se ejercite, en su caso, cualquier otro que se estime procedente.
Cuarta.- Tribunal calificador.
El Tribunal calificador de las pruebas selectivas será nombrado por la Alcaldía, y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo, a la paridad entre mujer y hombre, salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas; su composición será predominantemente técnica, debiendo tener todos los miembros del Tribunal Calificador la titulación requerida para el acceso al Grupo A, Subgrupo A1.
Los miembros del Tribunal serán nombrados mediante Acuerdo de la Alcaldía, y estará compuesto como mínimo por cinco miembros, con sus respectivos suplentes y, en todo caso, formarán parte del Tribunal Calificador:
- Presidente: La Presidencia del Tribunal corresponderá a un funcionario de carrera designado por la Alcaldía.
- Secretario: El Secretario del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue.
- Vocales: Tres funcionarios de carrera designados por la Alcaldía.
Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse esta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal no podrá constituirse por primera vez sin la concurrencia de la totalidad de sus miembros, ni en las sucesivas sin la asistencia al menos de la mitad de los mismos, titulares o suplentes indistintamente, siempre siendo necesaria la presencia del Presidente/a y Secretario/a.
El Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse durante la realización de las pruebas, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las bases.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos/as asesores/as se limitarán a la colaboración que en función de sus especialidades técnicas, les solicite el Tribunal, por lo que actuarán con voz, pero sin voto.
Asimismo, el Tribunal podrá valerse de personal auxiliar durante el desarrollo material de los ejercicios.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, pudiendo ser recusados por las mismas causas.
No podrán formar parte de los Tribunales quienes hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años inmediatamente anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria.
A efectos de percepción de asistencias por los miembros del Tribunal, se fija la categoría segunda de las establecidas en el artículo 30.1 a) del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.
Quinta.- Fases y desarrollo de los procesos selectivos.
El proceso selectivo se realizará mediante oposición libre, en un único ejercicio dividido en dos pruebas.
Las dos pruebas del ejercicio de la oposición se desarrollarán el mismo día.
Las pruebas del ejercicio de la oposición darán comienzo una vez transcurridos, al menos, dos meses desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Con una antelación de al menos quince días naturales se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal, el lugar, día y hora de comienzo de la primera prueba de la oposición.
Las restantes comunicaciones correspondientes a la convocatoria se expondrán únicamente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal.
Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, antes de la finalización del ejercicio en cuestión.
Los aspirantes para su identificación deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad o en su defecto, pasaporte o carnet de conducir.
La no presentación de un/a aspirante, a cualquiera de las pruebas en el momento de ser llamados/as, determinará automáticamente el decaimiento de sus derechos a participar en la misma y sucesivas, quedando excluido/a, en consecuencia, del procedimiento selectivo. No obstante, en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor que hayan impedido la presentación de los/as aspirantes en el momento previsto, siempre que esté debidamente justificado y así lo aprecie el Tribunal, se podrá examinar a los/as aspirantes afectados/as por estas circunstancias, siempre que no haya finalizado la prueba correspondiente o, de haber finalizado, cuando no entorpezca el desarrollo de la convocatoria sin perjuicio para el interés general o de terceros.
Para propiciar el anonimato en la calificación del ejercicio, los aspirantes, antes de iniciar el ejercicio a realizar, introducirán en un sobre su nombre y apellidos y D.N.I., y una clave alfanumérica que facilitará el Tribunal, y que será entregado cerrado junto con el ejercicio realizado. En el ejercicio realizado sólo se podrá poner en todos los folios la clave alfanumérica.
Los ejercicios serán calificados a puerta cerrada por el Tribunal Calificador.
5.1. Fase de oposición.
La fase de oposición consistirá en la realización de un ejercicio que a su vez tendrá dos pruebas, en las que habrá que realizar una parte teórica y un caso práctico, con el fin de comprobar el conocimiento teórico y la capacidad de los aspirantes para desempeñar las funciones y tareas que son propias de un Pedagogo/a.
5.1.1. Primera prueba.
Consistirá en contestar un cuestionario tipo-test con respuestas alternativas, planteado por el Tribunal Calificador inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, sobre las materias del temario (materias comunes y específicas), contenido en el Anexo I de las bases. Además, se incluirá un 10% adicional de preguntas reservas que computarán por su orden si resultaran anuladas por el Tribunal alguna de las preguntas iniciales.
El cuestionario tendrá 100 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, de las que solo una será correcta. El ejercicio se realizará en el tiempo máximo de 90 minutos.
Los criterios de corrección y calificación de este ejercicio serán los siguientes:
- Las respuestas correctas tendrán una puntuación de: 0,20 puntos.
- Las respuestas erróneas penalizarán con: 0,10 puntos.
- Las preguntas sin contestar no penalizarán.
Será preciso para considerar superada esta prueba que el aspirante obtenga como mínimo 10 puntos. Al aspirante que no supere esta prueba, no le será corregida la segunda prueba, y quedará eliminado del proceso selectivo.
5.1.2. Segunda prueba.
Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de carácter práctico que contendrá 20 preguntas tipo test, que versarán sobre la parte específica del temario (que figura en el Anexo I de estas bases), y que guardarán relación con las tareas y cometidos propios de la plaza a desempeñar, durante un tiempo que no podrá exceder de 60 minutos.
Por cada pregunta del cuestionario se propondrán tres alternativas, siendo solo una de ellas correcta. Además, se incluirá un 10% adicional, de preguntas reservas que computarán por su orden si resultaran anuladas por el Tribunal algunas de las preguntas iniciales.
El cuestionario de carácter práctico será planteado por el Tribunal Calificador inmediatamente antes del comienzo del ejercicio. Los criterios de corrección y calificación de este ejercicio serán los siguientes:
- Las respuestas correctas tendrán una puntuación de: 0,50 puntos.
- Las respuestas erróneas penalizarán con: 0,25 puntos.
- Las preguntas sin contestar no penalizarán.
Será preciso para considerar superada esta prueba que el aspirante obtenga como mínimo 5 puntos. El aspirante que no supere esta prueba quedará eliminado del proceso selectivo.
5.2. El Tribunal Calificador publicará las plantillas de respuestas con las respuestas correctas, y se expondrá el resultado provisional por códigos de identificación. Al día siguiente y a la hora que determine el Tribunal, se abrirán en acto público los sobres con los códigos alfanuméricos a fin de identificar a los aspirantes, publicándose ese mismo día el resultado en la página web municipal y en el tablón de anuncios, con la mencionada identificación, concediéndose un plazo de reclamaciones de cinco días naturales.
Los/las aspirantes podrán examinar su ejercicio a continuación de la identificación de códigos de aspirantes y dentro de la misma sesión.
Las alegaciones deberán dirigirse al Tribunal Calificador.
Quedarán automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.
Transcurrido el plazo de reclamaciones, se publicará el listado con la puntuación definitiva de los aspirantes. Contra dicho acto del Tribunal, sólo cabrá la interposición de los recursos administrativos correspondientes que no interrumpirán ni afectarán a la continuación del procedimiento.
Sexta.- Calificación final.
6.1. La calificación final del proceso selectivo de la oposición vendrá determinada por la suma de las calificaciones obtenidas en cada una de las pruebas del ejercicio que hayan sido superadas.
Con carácter simultáneo a la exposición de la calificación final del proceso selectivo, el Tribunal declarará aprobado/a en el proceso selectivo y elevará a la Junta de Gobierno Local la propuesta de nombramiento como funcionarios/a de carrera, con la denominación Pedagogo/a; perteneciente al Grupo A; Subgrupo A1; Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón, a favor del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación, para que formule el nombramiento pertinente.
En caso de empate, el orden se establecerá ateniéndose al siguiente criterio:
- Mayor puntuación obtenida en la segunda prueba del ejercicio (supuesto práctico).
- Si se mantuviera dicho empate, el Tribunal realizará en acto público un sorteo.
6.2. El/la candidato/a propuesto/a para su nombramiento estará obligados a presentar, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la calificación final, todos los documentos acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria, así como en la base general cuarta, de las bases generales que rigen esta convocatoria.
Dicho plazo podrá ser prorrogado por causas justificadas y previa resolución motivada.
Si dentro del plazo indicado no presentase la documentación, o no reuniera los requisitos exigidos, salvo causas de fuerza mayor, el/la aspirante seleccionado/a no podrá ser nombrado y quedarían anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.
En este caso, la Junta de Gobierno Local, previa propuesta por el Tribunal reunido al efecto, resolverá el nombramiento a favor del/de la aspirante que figurara en el puesto inmediato inferior en el orden decreciente de calificaciones que hubiera aprobado los dos ejercicios. En la misma forma actuará en caso de renuncia del/de la aspirante propuesto.
Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento, debiendo, en este caso, presentar la certificación del Ministerio, Corporación u Organismo Público de que dependa, acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.
Séptima.- Constitución y funcionamiento de una bolsa de empleo.
Se formará una bolsa de empleo con aquellos opositores que hubieran aprobado la oposición, con la finalidad de cubrir las sustituciones con ocasión de vacaciones, permisos y demás eventualidades, de aquel que resultara nombrado funcionario/a de carrera como consecuencia del presente proceso selectivo, o para cualquier otra modalidad de contratación prevista en la normativa vigente.
El Acuerdo de la Alcaldía por la que se apruebe la bolsa de trabajo será publicada en el tablón de anuncios y página web del Ayuntamiento.
La relación de la bolsa de trabajo se realizará en función del total de las puntuaciones obtenidas y ordenadas de modo decreciente por el Tribunal, aplicando sucesivamente los siguientes criterios:
1.- Mayor puntuación en el proceso selectivo. En caso de empate, se aplicarán las mismas reglas establecidas en estas bases.
2.- El llamamiento se realizará por riguroso orden de puntuación, a través de cualquier medio de contacto de los que se haga constar en la instancia (mediante escrito al domicilio señalado para notificaciones, llamada telefónica, correo electrónico, o cualquier otro).
La renuncia supondrá que los interesados pasarán a integrarse en el último puesto de la bolsa de trabajo, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias que impidan el desempeño del puesto y que sean debidamente acreditadas:
a) Parto, descanso por maternidad o situaciones similares.
b) Estar trabajando para el propio Ayuntamiento o cualquier Administración Pública.
c) Enfermedad del/de la aspirante por un período y circunstancias equivalentes a las que determina la incapacidad temporal.
d) Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
e) Por cuidado de familiares, en los supuestos y términos previstos en la normativa vigente.
En estos casos se respetará el orden del/de la aspirante para los próximos ofrecimientos de trabajo, siempre que se justificasen las situaciones anteriores en el plazo máximo de tres días hábiles desde que se hizo el ofrecimiento del puesto de trabajo.
En todo caso, los integrantes de la bolsa de trabajo únicamente serán titulares de una expectativa de derecho a ser contratados temporalmente, por orden de puntuación, para casos de vacantes que lo precisen, y mientras no se realice otro procedimiento selectivo para cubrir la plaza.
El Acuerdo de la Alcaldía por la que se apruebe la bolsa de trabajo será publicado en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento.
Se establece una vigencia de la bolsa de tres años, a contar desde la finalización del presente proceso, una vez publicado el orden de puntuaciones obtenidas, que podrá prorrogarse por el tiempo imprescindible para el proceso selectivo de creación de una nueva bolsa.
Octava.- Presentación de documentos.
Será conforme a lo establecido en la Base General Décima.
Novena.- Nombramiento como funcionario/a de carrera.
Será conforme a lo establecido en la Base General Undécima.
Décima.- Incidencias e impugnación.
Será conforme a lo establecido en la Base General Duodécima.
Decimoprimera.- Datos de carácter personal.
El tratamiento de los datos personales se llevará a cabo según lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en los artículos 23 y 24 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Datos de Carácter personal, mientras continúen vigentes, así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de esta última Ley Orgánica, en lo que resulte de aplicación.
Anexo I
Temario
Materias comunes
Tema 1.- La Constitución española de 1978. Estructura y contenido esencial. La reforma constitucional.
Tema 2.- Los derechos y deberes fundamentales. La protección y suspensión de los derechos fundamentales.
Tema 3.- La Corona. Atribuciones según la Constitución.
Tema 4.- Las Cortes Generales. Composición y funciones. Regulación y funcionamiento de las Cámaras: los reglamentos parlamentarios. Órganos de control dependientes de las Cortes Generales: el Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas.
Tema 5.- El Gobierno en el sistema constitucional español. El Presidente del Gobierno. El control parlamentario del Gobierno. El Gobierno: composición, organización y funciones.
Tema 6.- El Poder Judicial. Regulación constitucional de la justicia. La Ley Orgánica del Poder Judicial. La organización de la Administración de Justicia de España: órdenes jurisdiccionales, clases de órganos jurisdiccionales y sus funciones.
Tema 7.- El Tribunal Constitucional en la Constitución y en su Ley Orgánica. Composición, designación y organización. Funciones del Tribunal Constitucional.
Tema 8.- La organización territorial del Estado. Naturaleza jurídica y principios. Los Estatutos de Autonomía. La organización política y administrativa de las Comunidades Autónomas. La reforma de los Estatutos de Autonomía. El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia.
Tema 9.- El sistema de la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas. Las relaciones entre el Estado y las Comunidades Autónomas.
Tema 10.- La Administración Local: entidades que la integran. El marco competencial de las entidades locales.
Tema 11.- El municipio: concepto y elementos. El término municipal. Alteraciones de términos municipales. La población municipal. El padrón de habitantes. El estatuto de los vecinos.
Tema 12.- La organización municipal. Órganos necesarios. Órganos complementarios. Funcionamiento de los órganos colegiados de las entidades locales. Estatuto de los miembros electivos de las corporaciones locales. Los grupos políticos y los concejales no adscritos. Potestad normativa de las entidades locales.
Tema 13.- La Unión Europea: origen y evolución. El proceso de integración de España. Instituciones y Organismos de la Unión Europea: composición, funcionamiento y competencias. La Unión económica y monetaria.
Tema 14. La Administración Pública: concepto. El Derecho Administrativo: concepto y contenidos. La Administración Pública y el Derecho. El principio de legalidad en la Administración. Potestades regladas y discrecionales: discrecionalidad y conceptos jurídicos indeterminados. Límites de la discrecionalidad. Control judicial de la discrecionalidad. La desviación de poder.
Tema 15.- El acto administrativo. Concepto. Elementos. Clases. Requisitos: la motivación y forma.
Tema 16.- La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. Condiciones. La notificación: contenido, plazo y práctica. La notificación defectuosa. La publicación. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.
Tema 17.- La ejecutividad de los actos administrativos: el principio de autotutela ejecutiva. La ejecución forzosa de los actos administrativos: sus medios y principios de utilización. La coacción administrativa directa. La vía de hecho.
Tema 18.- La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La acción de nulidad, procedimiento, límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o, de hecho.
Tema 19.- Disposiciones generales sobre el procedimiento administrativo. Los medios electrónicos aplicados al procedimiento administrativo común. La iniciación del procedimiento: clases, subsanación y mejora de solicitudes. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros administrativos. Términos y plazos: cómputo, ampliación y tramitación de urgencia. Ordenación. Instrucción: intervención de los interesados, prueba e informes.
Tema 20-. Terminación del procedimiento. La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa: principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad. La tramitación simplificada del procedimiento administrativo común.
Tema 21.- Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos. Procedimientos sustitutivos de los recursos administrativos: conciliación, mediación y arbitraje.
Tema 22.- La Jurisdicción contencioso-administrativa. Naturaleza, extensión y límites. Órganos de la jurisdicción y sus competencias. Las partes: legitimación. El objeto del recurso contencioso administrativo. Causas de inadmisibilidad.
Tema 23.- El procedimiento en primera o única instancia. Medidas cautelares. La sentencia: recursos contra sentencias. La ejecución de la sentencia. Procedimientos especiales. Tema 31. La potestad sancionadora: concepto y significado. Principios del ejercicio de la potestad sancionadora. Especialidades del procedimiento en materia sancionadora. Medidas sancionadoras administrativas. Especial referencia a la potestad sancionadora local.
Tema 24.- Los contratos del sector público: las Directivas Europeas en materia de contratación pública. Objeto y ámbito de la Ley de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos del Sector Público. Contratos sujetos a regulación armonizada. Régimen jurídico de los contratos administrativos y los de derecho privado; los actos separables. Los principios generales de la contratación del sector público: racionalidad, libertad de pactos y contenido mínimo, perfección y forma, el régimen de invalidez de los contratos y el recurso especial en materia de contratación.
Tema 25.- La responsabilidad de la Administración Pública. Presupuestos de responsabilidad. Daños resarcibles. La acción de responsabilidad. La responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas.
Tema 26.- El patrimonio de las Administraciones Públicas. El dominio público, concepto, naturaleza y elementos. Afectación y mutación demanial. Régimen jurídico del dominio público. Régimen de las autorizaciones y concesiones demaniales. El patrimonio privado de las Administraciones Públicas. Régimen jurídico. Potestades de la Administración y régimen de adquisición, uso y enajenación. La cesión de bienes y derechos patrimoniales. Utilización de los bienes patrimoniales.
Tema 27.- Plan general municipal de ordenación de Mazarrón: disposiciones generales. Clasificación general de los usos: uso residencial, uso económico industrial y terciario, uso de equipamientos, uso de espacios libres. División urbanística del territorio y general del suelo. Zonificaciones y aptitudes urbanísticas.
Tema 28.- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Tema 29.- El Presupuesto General de las Entidades Locales: concepto y contenido. La elaboración y aprobación del Presupuesto General. La prórroga presupuestaria. La liquidación del presupuesto. Tramitación. Los remanentes de crédito. El remanente de tesorería: concepto y cálculo. Estabilidad Presupuestaria y sostenibilidad financiera. Principios generales. La tesorería de las Entidades Locales.
Tema 30.- La gestión, liquidación y recaudación de los recursos de las Haciendas Locales. La devolución de ingresos indebidos. El procedimiento de recaudación en período voluntario y ejecutivo. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria dictados por las Entidades Locales, en municipios de régimen común y de gran población. La gestión y recaudación de recursos por cuenta de otros entes públicos.
Tema 31.- El personal al servicio de las Entidades Locales: Clases y régimen jurídico. Los instrumentos de organización del personal: plantillas y relaciones de puestos de trabajo. Los instrumentos reguladores de los recursos humanos: la oferta de empleo, los planes de empleo y otros sistemas de racionalización.
Tema 32.- El acceso a los empleos locales: principios reguladores. Requisitos. Sistemas selectivos. La extinción de la condición de empleado público. Régimen de provisión de puestos de trabajo: sistemas de provisión. Las situaciones administrativas de los funcionarios locales.
Tema 33.- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Tema 34.- La relación estatutaria. Los derechos individuales. Retribuciones. El régimen de la Seguridad Social. Derechos colectivos. Sindicación y representación. El derecho a la huelga. La negociación colectiva.
Tema 35.- Los deberes de los funcionarios locales. El régimen disciplinario. El régimen de responsabilidad civil, penal y patrimonial. El régimen de incompatibilidades. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
Tema. 36.- La sede electrónica. La identificación y autenticación de las personas físicas y jurídicas para las diferentes actuaciones en la gestión electrónica. El documento electrónico. El expediente electrónico. Las normas técnicas de interoperabilidad y seguridad.
La Red SARA. La Plataforma de Interoperabilidad. Medidas estratégicas para la implantación de la administración electrónica en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Materias específicas
Tema 1.- Educación y Pedagogía. Evolución histórica de los conceptos. Características del fenómeno educativo. Funciones básicas de la educación. El perfil del pedagogo en los diferentes contextos de intervención.
Tema 2.- Los distintos contextos educativos. La educación no formal, informal y formal. Definición. Conceptos básicos. Evolución del contexto educativo en la actualidad.
Tema 3.- Los sistemas y modelo didácticos. Los modelos didácticos individualizados, personalizados, socializados y por descubrimiento. Principios de los distintos modelos. Aplicaciones prácticas.
Tema 4.- La autonomía pedagógica. Organización y funcionamiento. Órganos: tipos y funciones.
Tema 5.- Los nuevos modelos pedagógicos. Metodologías horizontales y pedagogías activas como elementos de construcción de un modelo educativo integral.
Tema 6.- El proceso de identificación y de valoración de las necesidades educativas especiales de los alumnos/as. Decisiones de escolarización. La evaluación del proceso educativo.
Tema 7.- La orientación en el proceso educativo de los alumnos y de las alumnas con necesidades educativas especiales. Estructura, organización y función de la orientación de estos alumnos.
Tema 8.- Fundamentos biológicos del comportamiento. Genética y conducta. Bases neuronales de la conducta. Estructura y funcionamiento del sistema nervioso. Métodos de exploración cerebral.
Tema 9.- La investigación social. Principales paradigmas. Técnicas, principios y métodos. Técnicas de análisis de datos cualitativos y cuantitativos.
Tema 10.- Desarrollo evolutivo del niño de los 0 a los 6 años. Características psicológicas. Desarrollo afectivo, cognitivo, moral, etc.
Tema 11.- Desarrollo evolutivo del niño de los 6 a los 12 años. Características psicológicas. Desarrollo afectivo, cognitivo, moral, etc.
Tema 12.- La adolescencia: características psicológicas y sociales. Implicaciones para la intervención educativa.
Tema 13.- Los problemas de comportamiento en el ámbito educativo. Análisis de los factores que intervienen desde una perspectiva interactiva. Características. El papel de los educadores en la prevención de los problemas de comportamiento.
Tema 14.- La educación infantil y primaria: finalidades y estructuras. El desarrollo social, motor y afectivo en este periodo. Pensamiento concreto. Implicaciones en el aprendizaje. La educación secundaria obligatoria y postobligatoria. Finalidad y estructura.
Tema 15.- La educación secundaria obligatoria y postobligatoria. Finalidad y estructura. El desarrollo cognitivo y aprendizaje en este proceso.
Tema 16.- La educación de adultos. Bases conceptuales del diagnóstico pedagógico de personas adultas. Los proyectos y los programas de educación para la salud. La evaluación de proyectos y programas.
Tema 17.- Educación para la convivencia. Actividades cooperativas, democráticas y cívicas.
Tema 18.- La atención y estimulación temprana. Concepto, fundamentos y aspectos principales.
Tema 19.- La atención temprana ante las dificultades y trastornos del aprendizaje. Identificación temprana, valoración y agentes implicados.
Tema 20.- Educación y atención a la diversidad. El modelo de educación inclusiva. Definición. Características. Principios y modelos. Implicaciones educativas. Creación de un ambiente de aprendizaje inclusivo y seguro.
Tema 21.- Los recursos materiales y personales para la atención de los alumnos/as con necesidades educativas especiales.
Tema 22.- Habilidades y hábitos de autonomía para alumnos/as con discapacidad. Transición a la vida activa.
Tema 23.- Carencias y separaciones afectivas: teoría del vínculo. Carencias ambientales. Repercusiones en la vida del sujeto.
Tema 24.- Personas mayores: cambios característicos, habilidades intelectuales, memoria, aprendizaje y sexualidad. La demencia senil. Percepción social de la persona mayor. Plan Gerontológico Nacional.
Tema 25.- Personas mayores: recursos e intervención desde los Servicios Sociales Generales.
Tema 26.- Diagnóstico y evaluación psicopedagógica. Concepto, principios, fases y aspectos que conlleva. Normas deontológicas. Principales técnicas y elementos del desarrollo, de las aptitudes y capacidades, personalidad, inteligencia, etc.
Tema 27.- Legislación y normativa básica en materia de educación.
Tema 28.- La educación especial en el marco de la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOMLOE).
Tema 29.- Innovación educativa y nuevas tecnologías. Procedimientos educativos con las Tecnologías de la Información y el Conocimiento.
Tema 30.- La orientación educativa. Diferentes modelos y programas. Principales técnicas. Asesoramiento técnico.
Tema 31.- El concepto de bienestar social. Origen y desarrollo del Estado de Bienestar. Los Servicios Sociales en el Estado de Bienestar. El Estado de Bienestar en la sociedad actual.
Tema 32.- Competencias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de Servicios Sociales. La Ley de Servicios Sociales de la Región de Murcia.
Tema 33.- La Consejería de Sanidad y Política Social de la Región de Murcia: estructura y competencias. El Instituto Murciano de Acción Social (IMAS): competencias y funciones. El Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO).
Tema 34.- Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
Tema 35.- El maltrato infantil. Situaciones de desprotección infantil. Situaciones de riesgo y situaciones de desamparo. Protocolos básicos de actuación ante el maltrato infantil.
Tema 36.- El abuso sexual infantil. Concepto y tipologías. Niveles de prevención. Indicadores. Tratamiento legal del abuso sexual en la infancia. Evaluación, tratamiento e intervención con víctimas y agresores.
Tema 37.- El acoso escolar o bulling. Concepto, indicadores, factores de riesgo y consecuencias.
Tema 38.- La atención y prevención contra el acoso y ciberacoso en la infancia y adolescencia para familias y educadores. Información, sensibilización, prevención, intervención y recursos didácticos. Nuevas formas de maltrato infantil y nuevas tecnologías de la información (ciberacoso, sexting, etc.).
Tema 39.- Control de los contenidos digitales en internet. La regulación de los contenidos lícitos e ilícitos para la infancia y la adolescencia. Las redes sociales de carácter virtual y videojuegos. Orientación a los agentes socializadores.
Tema 40.- La atención a personas en situación de dependencia. Normativa reguladora.
Tema 41.- Adicciones y drogodependencias: conceptos fundamentales. Tipos. Intervención. Planes de prevención. Plan autonómico y Plan Nacional sobre Drogas.
Tema 42.- Trastornos generalizados del desarrollo. Autismo infantil, Asperger, Síndrome Rett, Trastorno desintegrativo infantil y trastorno del desarrollo no especificado.
Tema 43.- La terapia ocupacional: concepto, objetivos, contenidos y análisis de tareas. La práctica profesional, áreas de intervención y nuevos ámbitos de actuación.
Tema 44.- El juego. Teorías. Ludoterapia. El juego dirigido. Aplicaciones educativas. Educación para el ocio y el tiempo libre.
Tema 45.- Terapias cognitivas: objetivos y estrategias. Reestructuración cognitiva. Reducción y resolución de conflictos. Teorías sistémicas: terapias de redes.
Tema 46.- Violencia contra la mujer. Distintas formas de violencia contra la mujer. Estudios de incidencia y prevalencia. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Ley Orgánica 03/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Tema 47.- La aplicación de los principios de Igualdad de trato y no discriminación de forma transversal entre los órganos de la administración. La educación para la promoción de la igualdad de trato y la no discriminación de las personas. Programas coeducativos.
Tema 48.- La atención a las personas migrantes y otras personas en situación de necesidad social. Respuestas institucionales y respuestas centradas en el sujeto.
Tema 49.- La familia y su papel en el desarrollo afectivo y social. Apego familiar y parentalidad positiva. Funciones de la familia contemporánea. Estructura y cambio en la familia actual. Problemática en la familia actual. Estilos educativos familiares y efectos en los menores.
Tema 50.- Acogimiento familiar. Tipología, características fundamentales e intervención profesional.
Tema 51.- Mediación familiar, concepto, fases y modelos.
Tema 52.- Familias multiproblemáticas. Técnicas de intervención en familias disfuncionales en el contexto de los Servicios Sociales Generales. Separaciones, habilidades parentales deficitarias, estilos educativos inadecuados.
Tema 53.- Intervención psicosocial y psicoterapéutica con familias en cuyo seno existe violencia o riesgo de padecerla sobre los miembros, menores y adultos.
Tema 54.- El rol del pedagogo/psicopedagogo/a en la intervención psicosocial.
Tema 55.- El pedagogo como planificador, asesor y evaluador de la tarea educativa en centros de formación.
Tema 56.- El pedagogo como miembro de un equipo técnico y multidisciplinar. El pedagogo como consultor interno de su organización y centro de formación.
Tema 57.- La evaluación psicopedagógica. Principios básicos de evaluación psicopedagógica. La recogida de informaciones del contexto escolar, familiar y social. El Informe psicopedagógico.
Tema 58.- Adquisición y desarrollo del lenguaje. Diferentes teorías. Aprendizaje de la lectura y escritura. Alteraciones en el lenguaje.
Tema 59.- Atención, Memoria y Percepción. Estrategias de iniciación y mantenimiento de la atención y la memoria. Los procesos perceptivos.
Tema 60.- La enfermedad mental. Concepto, protocolo de coordinación sociosanitaria de la Región de Murcia. Intervención del pedagogo/a en el ámbito de la salud mental.
Tema 61.- Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Tema 62.- Dinámica del grupo clase. La adaptación al medio escolar. Negociación de roles en el aula.
Mazarrón, a 25 de febrero de 2025. El Alcalde-Presidente, Ginés Campillo Méndez.
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