Administración Local
Lorquí
6208
NPE: A-110917-6208
IV. Administración Local
Lorquí
6208 | Aprobación definitiva de la ordenanza reguladora de la tasa por asistencias y estancias de hogares y residencias de ancianos, guarderías infantiles, albergues y otros establecimientos de naturaleza análoga. |
El Pleno del Ayuntamiento de Lorquí, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de julio de 2017, aprobó inicialmente la modificación de la siguiente Ordenanza: Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa de Asistencias y Estancias de Hogares y Residencias de Ancianos, Guarderías Infantiles, Albergues y Otros establecimientos de naturaleza análoga, ordenanza que a continuación se detalla, habiéndose publicado anuncio en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia” de 26 de julio de 2017 sin que se hayan producido alegaciones, por lo que, transcurrido el periodo de exposición pública, el acuerdo de aprobación provisional se entiende definitivamente adoptado de conformidad con lo dispuesto en el art. 17.3 del RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el art. 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, siendo la modificación de las ordenanzas la que a continuación se transcribe:
Ordenanza reguladora de la tasa por asistencias y estancias de hogares y residencias de ancianos, guarderías infantiles, albergues y otros establecimientos de naturaleza análoga
“Artículo 6. Cuota tributaria. La cantidad a liquidar y exigir por esta tasa se obtendrá de aplicar las siguientes cantidades fijas:
- Cuota de inscripción: 37,42 €
- Cuota de comedor; 64,15 €
- Cuota de comedor por días: 5,35 €/día
- Cuota de asistencia: 108,34 €?
- Cuota por reserva de plaza: 37,42 €
El pago de la cuota de comedor de los bebes (a partir de los 4 meses) será del 50%. A partir de la utilización del comedor se abonará la totalidad de lo establecido en la ordenanza.
Se entiende por reserva de plaza la cuota aplicable a los niños que han nacido en el año natural pero que no han cumplido la edad al comienzo del curso (octubre, noviembre y diciembre).
El Ayuntamiento podrá conceder becas a los niños cuyos padres o tutores tengan una precaria situación económica, o por circunstancias especiales que en ellos concurran, mediante Resolución de la Alcaldía, previa propuesta de la Comisión de Bienestar Social”.
Lo que se hace público haciendo saber que la aprobación de la ordenanza es definitiva y pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro que se estime pertinente.
Lorquí, 8 de septiembre de 2017.—El Alcalde, Joaquín Hernández Gomariz
NPE: A-110917-6208