Región de Murcia

Aprobación definitiva del proyecto de expropiación por el procedimiento de tasación conjunta y procedimiento de ocupación directa de los terrenos necesarios para la ejecución del vial SG-V6 del P.G.M.O. de comunicación de ambas márgenes del río Guadalentín en el tramo comprendido desde la nueva glorieta de San Diego hasta el Huerto de La Rueda (Ronda Central, Fase II).

Borm Nº 88, martes 18 de abril de 2017

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Lorca

Nº de Publicación:

2797

NPE: A-180417-2797

TEXTO

IV. Administración Local

Lorca

2797 Aprobación definitiva del proyecto de expropiación por el procedimiento de tasación conjunta y procedimiento de ocupación directa de los terrenos necesarios para la ejecución del vial SG-V6 del P.G.M.O. de comunicación de ambas márgenes del río Guadalentín en el tramo comprendido desde la nueva glorieta de San Diego hasta el Huerto de La Rueda (Ronda Central, Fase II).

En Sesión Ordinaria celebrada por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Lorca el día 27 de marzo de 2017, se acordó la Aprobación Definitiva del Proyecto de Expropiación por el procedimiento de tasación conjunta y procedimiento de ocupación directa de los terrenos necesarios para la ejecución del vial SG-V6 del P.G.M.O. de comunicación de ambas márgenes del río Guadalentín en el tramo comprendido desde la nueva glorieta de San Diego hasta el Huerto de la Rueda (Ronda Central, Fase II), seguido bajo el número de expediente EXP 04/16 en el Área de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Lorca.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos de que los interesados puedan examinar el expediente en el plazo de VEINTE DÍAS, a contar desde el día siguiente al de la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, advirtiéndoles de que si durante dicho plazo no han manifestado expresamente su disconformidad con la Hoja de Aprecio Municipal, se entenderá que la aceptan y quedará definitivamente fijado el justiprecio.

Contra los anteriores acuerdos que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer directamente Recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de DOS MESES, a contar desde el día siguiente a aquel en que sea notificada la Resolución, de conformidad con lo establecido en el Art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, según lo dispuesto en los artículos 107 y 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre (de aplicación en virtud de la Disposición Transitoria Tercera apartado a) de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común), podrá formularse con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el mismo órgano que adoptó los acuerdos, en el plazo de UN MES, a contar desde el día siguiente a aquel en que se reciba la notificación. De formularse recurso de reposición potestativo, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la Resolución expresa del recurso de reposición, o en que deba entenderse desestimado por silencio administrativo. Sin perjuicio de formular cualquier otro recurso que estime procedente.

Esta publicación se realiza a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

En el Anexo del presente anuncio se incluye la relación de titulares, cuotas de propiedad a expropiar y valoración de las mismas.

El expediente se encuentra de manifiesto en el Servicio de Planeamiento y Gestión del Área de Urbanismo, sito en Complejo La Merced, de esta localidad.

Lorca, 3 de abril de 2017.—La Concejal Delegada de Urbanismo, M.ª Saturnina Martínez Pérez.


AVISO: Este anuncio contiene uno o más anexos que no se muestran aquí. Acceda a la versión del anuncio en PDF para verlos


NPE: A-180417-2797