Región de Murcia

Aprobación definitiva de la expropiación de un terreno clasificado por el P.G.M.O. de Lorca como suelo urbanizable sin sectorizar especial huerta (S.U.Z.E Huerta) necesario para la mejora de accesos del colegio de El Consejero en Diputación de Parrilla cuya titularidad corresponde a don Mateo Arcas Molina y doña Ana Galera Menchón.

Borm Nº 171, lunes 25 de julio de 2016

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Lorca

Nº de Publicación:

6544

NPE: A-250716-6544

TEXTO

IV. Administración Local

Lorca

6544 Aprobación definitiva de la expropiación de un terreno clasificado por el P.G.M.O. de Lorca como suelo urbanizable sin sectorizar especial huerta (S.U.Z.E Huerta) necesario para la mejora de accesos del colegio de El Consejero en Diputación de Parrilla cuya titularidad corresponde a don Mateo Arcas Molina y doña Ana Galera Menchón.

En sesión ordinaria celebrada por el Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Lorca el día 4 de julio de 2016, se acordó la aprobación definitiva de la expropiación de un terreno clasificado por el P.G.M.O. de Lorca como suelo urbanizable sin sectorizar (S.U.Z.E. HUERTA) necesario para la mejora de accesos del Colegio de El Consejero en Diputación de Parrilla cuya titularidad corresponde a don Mateo Arcas Molina y doña Ana Galera Menchón, seguida bajo el número de expediente exp. 08/15 en el Área de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Lorca.

Lo que se hace público para general conocimiento y a los efectos de que los interesados puedan examinar el expediente en el plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, advirtiéndoles de que si durante dicho plazo no han manifestado expresamente su disconformidad con la Hoja de Aprecio Municipal, se entenderá que la aceptan y quedará definitivamente fijado el justiprecio.

Contra los anteriores acuerdos que ponen fin a la vía administrativa, cabe interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que sea notificada la Resolución, de conformidad con lo establecido en el Art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente, según lo dispuesto en los artículos 107 y 116 de la Ley 30/92, modificada por la Ley 57/2003, podrá formularse con carácter potestativo Recurso de Reposición ante el mismo órgano que adoptó los acuerdos, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que se reciba la notificación. De formularse recurso de reposición potestativo, el plazo para interponer el recurso Contencioso-Administrativo se contará a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la Resolución expresa del recurso de reposición, o en que deba entenderse desestimado por silencio administrativo. Sin perjuicio de formular cualquier otro recurso que estime procedente.

Esta publicación se realiza a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92 del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

En el Anexo del presente anuncio se incluye la relación de titulares, cuotas de propiedad a expropiar y valoración de las mismas.

El expediente se encuentra de manifiesto en el Servicio de Planeamiento y Gestión del Área de Urbanismo, sito en Complejo La Merced, de esta localidad.

Lorca, 13 de julio de 2016.—La Concejal Delegada de Urbanismo, María Saturnina Martínez Pérez

AVISO: Este anuncio contiene uno o más anexos que no se muestran aquí. Acceda a la versión del anuncio en PDF para verlos


NPE: A-250716-6544