Región de Murcia

Aprobación de la modificación de ordenanza reguladora de precios públicos por prestación de servicios culturales y turísticos.

Borm Nº 154, jueves 4 de julio de 2024

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Jumilla

Nº de Publicación:

3440

NPE: A-040724-3440

TEXTO

IV. Administración Local

Jumilla

3440 Aprobación de la modificación de ordenanza reguladora de precios públicos por prestación de servicios culturales y turísticos.

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla, en sesión ordinaria de 24 de junio de 2024, ha acordado la aprobación de la modificación de la Ordenanza reguladora de Precios públicos por prestación de servicios culturales y turísticos (P04) Expte. 929968Y.

Los artículos 2 a 4 queda?n redactados de la siguiente forma:

“Artículo 2. Obligados al pago.

Están obligados al pago del precio público regulado en esta Ordenanza quienes se beneficien de servicios prestados o realizados por este Ayuntamiento.

No estará sujeta al pago del precio público aquella prestación en la que colabore el Ayuntamiento de Jumilla con otros colectivos o entidades. En este caso, se estará a lo establecido en el acuerdo, resolución o convenio que autorice la cesión del espacio.

Artículo 3. Cuantía.

1. Servicios turísticos del Castillo, Museos y otras visitas.

a) Entrada a Museos Municipales, Castillo y Casa de la Música:

1) Entradas individuales:

Castillo de Jumilla: 2,50 € por persona.

Sección Arqueología: 2,50 € por persona.

Sección Etnografía y Ciencias Naturales: 2,50 € por persona. Sección de Semana Santa: Gratuito.

Museo del Vino: 2,50 € por persona.

Casa de la Música y Legado de las Artes: 2,50 € por persona.

2) Entradas combinadas:

Bono de 8€ para la visita a 4 espacios culturales (Museos, Casa de la Música y Castillo). Puede ser personal o familiar, es decir, utilizado para la entrada de varias personas.

Billete de autobús municipal para la subida al Castillo: 1,00 € por persona. Este importe incluye subida y bajada.

No obstante, será gratuito el billete de autobús cuando el Ayuntamiento, mediante Resolución de la Concejalía competente o por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, a propuesta de dicha Concejalía, como aportación a la labor cultural y turística de otros colectivos o entidades, acuerde poner a disposición de los ciudadanos este servicio con el fin de facilitar el acceso a actividades culturales, educativas, de promoción turística o cualesquiera otras de interés general que se pudieran desarrollar.

2. Actividades culturales / turísticas:

- Visitas con cata a los espacios. El precio incluirá el importe de la entrada al espacio correspondiente, más el coste de lo que se ofrezca en la cata, dividido por el aforo de cada visita; lo cual se reflejará en el expediente de la actividad.

- Venta de catálogos y otras publicaciones. Con carácter general, las publicaciones se venderán al 100% del precio que resulte de dividir el coste de la edición de la publicación entre el número de ejemplares. En algún caso podrá rebajarse el porcentaje porque interese una mayor difusión. En estos casos, previo informe del Jefe del Servicio, la Junta de Gobierno será la que apruebe el proyecto de la publicación y a su vez, el porcentaje a aplicar sobre el coste.

- Venta de material de propaganda. Con carácter general, los objetos de propaganda se venderán al 150% del precio que resulte de dividir el coste de la edición de los mismos entre el número de ejemplares realizado. En estos casos, previo informe del Jefe del Servicio, la Junta de Gobierno será la que apruebe el proyecto de la publicación y a su vez, el porcentaje a aplicar sobre el coste.

Artículo 4. Exenciones y bonificaciones.

Se establecen entradas reducidas a 1,00€ por persona, para los siguientes grupos previa acreditación de la situación:

- Grupos de más de 10 personas.

- Miembros de familias numerosas o monoparentales de categoría general.

- Desempleados/as.

- Jubilados/as.

- Miembros de asociaciones de Amigos de los Museos.

Se establece entrada gratuita, previa acreditación de cada circunstancia (en su caso), para:

- Todos los martes.

- Miembros de familias numerosas o monoparentales de categoría especial.

- Menores de 16 años.

- Estudiantes con acreditación.

- Centros educativos.

- Investigadores (previa solicitud oficial)

- El Día Internacional de los Museos (18 de mayo).

- El Día internacional del Turismo (27 de septiembre).

- El Día del Enoturismo.

- En los casos en los que se establezca por Resolución de la Concejalía de Cultura.

- El acceso a exposiciones temporales será gratuito.”

En Jumilla, 25 de junio de 2024. La Alcaldesa, Severa González López.

NPE: A-040724-3440