Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios en la ludoteca de verano.

Borm Nº 292, jueves 19 de diciembre de 2013

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Jumilla

Nº de Publicación:

18120

NPE: A-191213-18120

TEXTO

IV. Administración Local

Jumilla

18120 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios en la ludoteca de verano.

El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Jumilla, en sesión extraordinaria de 15 de octubre de 2013, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios en la Ludoteca de Verano.

No habiéndose presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público iniciado con la publicación en el BORM n.º 248, de 25 de octubre de 2013, del anuncio de aprobación provisional, ésta queda elevada a definitiva y se hace pública para general conocimiento la nueva redacción de los artículos modificados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

La presente modificación entrará en vigor el 1 de enero de 2014, y en caso de no ser esto posible por no haberse publicado oficialmente, al día siguiente de su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

Contra este Acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales y los artículos 10.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Jumilla, 10 de diciembre de 2013.—El Alcalde, Enrique Jiménez Sánchez.

ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LA LUDOTECA DE VERANO

Artículo 3.- Cuantía.

La cuantía del precio público regulado en esta Ordenanza será de 30,55 €

Artículo 4.- Exenciones y bonificaciones.

Estará exento de pago, previa solicitud del interesado, el servicio que se preste a menores pertenecientes a unidades de convivencia en las que la totalidad de sus miembros se encuentren en situación de desempleo o perciban pensiones de la Seguridad Social de importes inferiores a la pensión mínima.

El derecho a la exención se declarará por Resolución de la Concejal Delegada de Hacienda, previa acreditación del cumplimiento de los requisitos señalados, para lo cual el solicitante deberá aportar, junto con la correspondiente instancia, la siguiente documentación:

- Certificado o volante de empadronamiento en el que figuren todos los miembros de la unidad de convivencia.

- Respecto de cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayor de edad:

* Para acreditar la situación de desempleo: Vida laboral o certificado expedido por el correspondiente Servicio Público de Empleo en el que se haga constar la situación de dicha persona como demandante de empleo. En el caso de carecer de afiliación a la Seguridad Social, certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de esta circunstancia.

* Para acreditar la percepción de pensiones de la Seguridad Social de importe inferior a la pensión mínima: Certificado de pensiones expedido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

La fecha de estos documentos no podrá ser superior en 10 días a la fecha de presentación de la solicitud de exención



NPE: A-191213-18120