Administración Local
Fuente Álamo de Murcia
272
NPE: A-180119-272
IV. Administración Local
Fuente Álamo de Murcia
272 | Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. |
Habiéndose elevado a definitivo el acuerdo provisional adoptado por el Pleno de la Corporación, en sesión de fecha 25 de octubre de 2018, sobre modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica de este Ayuntamiento por no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se publica el texto íntegro de dicho acuerdo definitivo conforme al siguiente detalle:
Único.- En la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, sustituir el apartado 4 del artículo 5 por la siguiente redacción:
“4. Se establecen, con carácter rogado, a favor de los vehículos de primera matriculación, las siguientes bonificaciones de la cuota del Impuesto:
a) Bonificación del 75% cuando se trate de vehículos 100% eléctricos homologados.
b) Bonificación del 50% cuando se trate de vehículos híbridos homologados.
c) Bonificación del 50% cuando se trate de vehículos que, según su homologación, utilicen el gas como combustible.
Los interesados deberán solicitar la bonificación referida en modelo aprobado por el Ayuntamiento, acompañando la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos expresados.
Una vez concedida la bonificación, tendrá efecto en la cuota del año de su matriculación y durante los seis siguientes.
Para poder disfrutar de los beneficios fiscales a que se refiere este apartado, el sujeto pasivo beneficiario deberá estar al corriente en el pago de sus deudas con la Hacienda Municipal.”
En Fuente Álamo de Murcia, 8 de enero de 2019.—El Alcalde Presidente, Antonio Jesús García Conesa
NPE: A-180119-272