Administración Local
Fuente Álamo de Murcia
1306
NPE: A-230217-1306
IV. Administración Local
Fuente Álamo de Murcia
1306 | Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de servicios o la realización de actividades de la competencia local y de la disposición adicional de la Ordenanza reguladora de los precios públicos. |
Habiéndose elevado a definitivos los acuerdos provisionales adoptados por el Pleno de la Corporación, en sesión de fecha 2 de diciembre de 2016, sobre modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación de servicios o la realización de actividades de la competencia local y de la Disposición Adicional de la Ordenanza reguladora de los Precios Públicos de este Ayuntamiento, por no haberse presentado reclamaciones en los períodos de exposición pública correspondientes, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril., reguladora de las Bases de Régimen Local, respectivamente, se publican íntegramente los acuerdos definitivos conforme al siguiente detalle:
Primero.- Se modifica el Artículo 5 de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por la prestación de servicios o la realización de actividades de la competencia local, eliminando los apartados 1.A.1 y 2 del mismo, quedando con la siguiente redacción:
“Artículo 5. -
La cuota tributaria de ésta tasa se exigirá con arreglo a la siguiente tarifa:
A.- INSTALACIONES CULTURALES | |
* Auditorio municipal, por entrada venta anticipada | 06,00 |
* Auditorio municipal, por cada entrada venta taquilla | 07,00 |
* Salón actos Casa Cultura, por entrada venta anticipada | 03,00 |
* Salón actos Casa Cultura, por entrada venta taquilla | 03,00 |
* Sala de exposiciones Casa de la Cultura, por día | 18,00 |
B.- USO DE INSTALACIONES MUNICIPALES PARA CELEBRACIONES | |
* Por celebración de matrimonios civiles | 100,00” |
Segundo.- Se modifica la disposición adicional de la Ordenanza reguladora de los Precios Públicos de este Ayuntamiento, introduciendo un nuevo apartado 7 con el siguiente contenido:
“7. – Pabellón Polideportivo “Javier Gómez Noya” y Polideportivo “Cuatro Vientos”.
PABELLÓN “JAVIER GÓMEZ NOYA” | LUZ NATURAL | LUZ ARTIFICIAL |
Pista Polideportiva, por hora o fracción | 10,00 € | 15,00 € |
POLIDEPORTIVO “CUATRO VIENTOS” | LUZ NATURAL | LUZ ARTIFICIAL |
Campo de Fútbol 11, por hora o fracción | 15,00 € | 25,00 € |
Campo de fútbol 7, por hora o fracción | 10,00 € | 15,00 € |
Campo de fútbol 5, por hora o fracción | 10,00 € | 15,00 € |
Pista de Tenis, por hora o fracción | 2,00 € | 4,00 € |
Fuente Álamo de Murcia, 9 de febrero de 2017.—El Alcalde-Presidente, Antonio Jesús García Conesa
NPE: A-230217-1306