Administración Local
Fuente de Álamo de Murcia
3566
NPE: A-200315-3566
IV. Administración Local
Fuente de Álamo de Murcia
3566 | Aprobación definitiva del Programa Actuación y Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación I de Balsapintada. |
Por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 4 de marzo de 2015, se acordó aprobar definitivamente el Programa de Actuación y el Proyecto de Reparcelación de la Unidad de Actuación I de Balsapintada, redactado por el Arquitecto don Alberto y don José Amorós Martínez y promovido por doña Josefa Alba Iniesta.
Lo que se hace público para general conocimiento, significando que, de conformidad con lo establecido por el art. 52 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, la presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el art. 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Igualmente podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación, de conformidad con los arts. 107 y 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. De formularse recurso de reposición potestativo, el plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo se contará a partir del día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso de reposición o en que éste deba entenderse desestimado por silencio administrativo.
El presente anuncio servirá de notificación a aquellos interesados en el expediente que sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación o, intentada esta, no se hubiese podido practicar, conforme a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Fuente Álamo de Murcia, 9 de marzo de 2015.—La Alcaldesa en funciones, María Isabel Martínez Olmedo
NPE: A-200315-3566