Región de Murcia

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, el día 24 de noviembre de 2022, se aprueban las bases específicas que regirán los procesos selectivos de las plazas incluidas en el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de la oferta de empleo extraordinaria del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia de 2021.

Borm Nº 278, jueves 1 de diciembre de 2022

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Fuente Álamo de Murcia

Nº de Publicación:

6209

NPE: A-011222-6209

TEXTO

IV. Administración Local

Fuente Álamo de Murcia

6209 Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, el día 24 de noviembre de 2022, se aprueban las bases específicas que regirán los procesos selectivos de las plazas incluidas en el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de la oferta de empleo extraordinaria del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia de 2021.

Mediante Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local, en su sesión ordinaria celebrada el día 24 de noviembre de 2022, se han aprobado las siguientes:

“Bases específicas que regirán los procesos selectivos de las plazas incluidas en el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de la oferta de empleo extraordinaria del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia de 2021

Primera. Objeto de la convocatoria.

1.-Es objeto de esta convocatoria la provisión de 20 plazas incluidas en la Oferta de Empleo Público extraordinaria del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia, de fecha 14 de diciembre de 2021 (BORM nº 296 de 24 de diciembre de 2021), para su cobertura como personal laboral fijo mediante concurso de méritos dentro del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal, de acuerdo con lo previsto en la Disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, siendo las características de las plazas convocadas las que se indican a continuación:

Clasificación Dominación Grupo/Subgrupo Nº de plazas
Laboral fijo Fisioterapeuta A/A2 2
Laboral fijo Auxiliar Administrativo C/C2 5
Laboral fijo Monitor deportivo C/C2 5
Laboral fijo Peón AP 5
Laboral fijo Trabajador social A/A2 2
Laboral fijo Mediador social C/C1 1

2.- La convocatoria se regirá por las Bases Generales que regulan los procesos selectivos excepcionales de estabilización de empleo temporal del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia, aprobadas por la Junta de Gobierno Local, de fecha 24 de noviembre de 2022.

Segunda. Publicación de la convocatoria.

Las bases de la convocatoria se publicarán íntegras en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y un extracto de las mismas en el Boletín Oficial del Estado. Las bases serán expuestas en el tablón de edictos de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia y en la web municipal a efectos informativos.

Tercera.- Requisitos de los participantes.

1. Los requisitos generales que habrán de reunir los aspirantes se corresponden con los identificados en la base segunda de las bases generales, concretándose para la convocatoria que se exige a los aspirantes estar en posesión de los títulos siguientes, en atención a las previsiones establecidas en el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre:

Grupo/Subgrupo Dominación Titulación exigible
A/A2 Fisioterapeuta Grado en Fisioterapia (o equivalente)
C/C2 Auxiliar Administrativo Graduado en educación secundaria obligatoria ( o título equivalente)
C/C2 Monitor deportivo Graduado en educación secundaria obligatoria (o título equivalente)
AP Peón No se exige titulación mínima.
A/A2 Trabajador social Graduado en trabajo social (o título equivalente)
C/C1 Mediador social Título de bachiller o técnico (o título equivalente)

2.- Todos los requisitos exigidos deberán poseerse por los aspirantes al día que finalice el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.

Cuarta.- Plazo de presentación de instancias, admisión y publicaciones.

1. El plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, debiendo presentarse las instancias por medios electrónicos en atención a la previsión establecida en la base tercera de las bases generales y a través de los registros identificados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Las instancias para participar en la convocatoria se redactarán conforme al modelo que se publicará al efecto en el tablón de edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuente Álamo de Murcia y en la web municipal, debiendo acompañarse la documentación exigida en la base tercera de las bases generales.

3. Los listados de aspirantes admitidos y excluidos se publicarán en los términos previstos en la base cuarta de las bases generales. A este respecto, se concreta que el plazo para la presentación de alegaciones por los aspirantes que figuren como excluidos en el listado provisional será de diez días hábiles.

4. La totalidad de las publicaciones relativas a la tramitación del procedimiento selectivo se publicarán en el tablón de edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuente Álamo y en la web municipal, a excepción de aquellas publicaciones para las que se contenga previsión distinta en las bases generales.

Quinta.- Tribunal

1.- En cuanto a la composición y funcionamiento del tribunal de selección, se estará a lo previsto en la base quinta de las bases generales.

2-. El tribunal queda facultado para resolver las incidencias que puedan plantearse en la tramitación del procedimiento en los términos previstos en la base quinta de las bases generales.

Sexta.- Proceso selectivo.

1. De conformidad con el contenido de la base séptima de las bases generales, el sistema selectivo será el de concurso de méritos.

2. En cuanto a la puntuación y mecánica, se estará al contenido de las previsiones establecidas en la base séptima de las bases generales.

Séptima.- Nombramiento.

En atención a la propuesta que se realice por el tribunal de selección, se procederá a requerir a los aspirantes seleccionados para que presenten la documentación a la que hacen referencia la base novena de las bases generales y, previa validación de la documentación presentada, se procederá a realizar su nombramiento.

Octava. Recursos.

Las presentes bases específicas, así como cuantos actos administrativos se deriven de esta y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados par los interesados en los casos y en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas”.


Lo que se hace público de conformidad con lo establecido en el artº 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Fuente Álamo de Murcia, a 24 de noviembre de 2022. La Alcaldesa, Juana María Martínez García.

NPE: A-011222-6209