Región de Murcia

Aprobación definitiva del Reglamento del Registro Municipal de Uniones de Hecho del Excmo. Ayuntamiento de Cieza (Murcia).

Borm Nº 124, miércoles 1 de junio de 2011

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Cieza

Nº de Publicación:

8834

NPE: A-010611-8834

TEXTO

IV. Administración Local

Cieza

8834 Aprobación definitiva del Reglamento del Registro Municipal de Uniones de Hecho del Excmo. Ayuntamiento de Cieza (Murcia).

El Ayuntamiento Pleno de Cieza, en sesión celebrada el día 29 de marzo de 2011, aprobó inicialmente el Reglamento del Registro Municipal de Uniones de Hecho de este Excmo. Ayuntamiento.

Publicado anuncio en el BORM n.º 81, de fecha 8 de abril de 2011, sometiendo el mismo a información pública y audiencia a los interesados, por plazo de 30 días, para que pudieran presentarse reclamaciones o sugerencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, sin que éstas se hayan producido, se entiende aprobado definitivamente el citado Reglamento, publicándose su texto íntegramente, en virtud del artículo 70.2 de la Ley 7/1985.

Contra el citado acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Cieza, 25 de mayo de 2011.—El Concejal Delegado de Administración General, Joaquín Ruiz Abellán.


REGLAMENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE UNIONES DE HECHO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CIEZA (MURCIA)


Exposición de motivos.

La regulación municipal de las Uniones de Hecho o Uniones no Matrimoniales nace de una realidad social y que al carecer de un régimen legal aplicable, merece su reconocimiento y protección por el Ayuntamiento en igualdad de trato que las uniones matrimoniales, siempre que la singularidad de ambas instituciones no justifique un tratamiento legal diferenciado. La existencia de uniones no matrimoniales son una manifestación del libre derecho constitucional al desarrollo de la personalidad (artículo 10.1 C.E.), y derivada esencialmente del carácter social y plural de nuestra Constitución.

Aunque no exista constitucionalmente una regulación expresa de las uniones no matrimoniales, ya el artículo 39 de la Constitución asegura a través de los poderes públicos la protección social, económica y jurídica de la familia, en la que tanto se incluye la derivada del matrimonio como la no matrimonial. El concepto de familia tiene un extenso alcance, por incluir no sólo la derivada de la pareja, como aquélla en la que existan descendientes o parientes a su cargo, tanto sea heterosexual como la homosexual, e incluso la monoparental.

La convivencia no matrimonial presupone una comunidad de vida, sin formalidades legales, que tiene una vocación estable con vínculos de afectividad, permanencia y dependencia recíproca.

Artículo 1. Creación, naturaleza.

El Ayuntamiento de Cieza, en el ejercicio de su competencia municipal de prestación de servicios de promoción social y de satisfacción de las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 25 y 28 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, crea el Registro Municipal de Uniones de Hecho, modificando así lo dispuesto en los acuerdos adoptados por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesiones celebradas los días 28 de enero de 2000 y 24 de febrero de 2000, sobre creación del Registro Municipal de Uniones Civiles, que tendrá carácter administrativo y se regirá por las normas contenidas en el presente Reglamento y las disposiciones municipales, autonómicas o estatales que, en lo sucesivo, la desarrollen o la modifiquen. En el Registro Municipal de Uniones de Hecho se inscribirán las uniones de hecho estables de aquellas personas que lo soliciten expresamente y que cumplan con los requisitos exigidos en el presente Reglamento.

Artículo 2. Concepto de unión de hecho.

Se considerará unión de hecho a los efectos del presente Reglamento, la efectiva convivencia de dos personas en pareja, de forma libre, pública y notoria, vinculadas de forma estable, al menos, durante un período ininterrumpido de seis meses, existiendo una relación afectiva, con independencia de su orientación sexual.

Artículo 3. Ámbito de aplicación.

Tendrán acceso al Registro Municipal aquellas uniones de hecho que cumplan con los requisitos establecidos en el presente Reglamento siempre que los dos miembros de la pareja estén empadronados en el municipio.

Artículo 4. Requisitos personales.

4.1. Son requisitos necesarios para practicar la inscripción:

* Ser mayor de edad.

* Tener plena capacidad de obrar.

* Estar domiciliado en el término municipal en los seis meses anteriores a la solicitud de inscripción, en el mismo domicilio ambos solicitantes.

4.2. No habrá lugar a la inscripción de unión de hecho en donde concurran alguna de las siguientes condiciones:

* Ser alguno de los solicitantes menor de edad.

* Haber contraído matrimonio alguno de los solicitantes con otra persona, excepto cuando se haya decretado judicialmente su separación, nulidad o divorcio.

* La solicitud de unión de hecho en la que uno de los miembros tenga relación de convivencia estable con otra persona distinta o que tenga constituida una unión de hecho ya inscrita.

* Ser parientes en línea recta por consanguinidad o adopción.

* Ser parientes colaterales por consanguinidad o adopción hasta el tercer grado, inclusive.

4.3. En ningún caso podrá pactarse una unión de hecho con carácter temporal o someterse a condición.

Artículo 5. Inscripción y anotaciones.

En el Libro de Registro se practicarán los siguientes asientos:

- Principal

- Marginal

- Baja

5.1. La inscripción principal es aquélla que deja constancia de la existencia de la unión de hecho y debe recoger los datos personales suficientes para la correcta identificación de sus miembros, la fecha de resolución en que se acuerde la inscripción y el número de expediente administrativo abierto para cada unión de hecho.

5.2. El procedimiento se iniciará siempre a instancia de las personas que pretendan formar la unión de hecho, mediante la correspondiente solicitud dirigida al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente según modelo que se contiene en el Anexo I del presente Reglamento, la cual se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de Cieza, firmada por ambos solicitantes y constará de los siguientes datos:

* Nombre y apellidos de los solicitantes.

* Lugar y fecha de nacimiento de los solicitantes.

* Número del D.N.I., N.I.E. o Pasaporte de los solicitantes.

* Domicilio de los solicitantes.

A la solicitud se acompañarán los siguientes documentos:

® Fotocopia compulsada del D.N.I., N.I.E. o Pasaporte de cada solicitante.

® Certificación o fe de estado civil de cada solicitante.

® Autorización para acceder a los datos del Padrón Municipal, donde se acredite la condición de vecinos del municipio en el que aparezcan inscritos ambos miembros de la pareja en el mismo domicilio, con una antigüedad mínima de seis meses, no admitiéndose otro medio, para acreditar tal circunstancia que el certificado emitido por este Ayuntamiento, en los términos establecidos por el Decreto 1960/1986, de 11 de julio, de Población y Demarcación Territorial.

® Declaración responsable de los solicitantes de no tener una relación de parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta, o en línea colateral por consanguinidad o adopción dentro del tercer grado.

® Declaración de los miembros de la pareja de que no forman pareja estable con otra persona de manera simultánea.

® En caso de que alguno de los solicitantes hubiera contraído matrimonio anteriormente con otra persona, copia compulsada de la resolución judicial que hubiera declarado su separación, nulidad o divorcio.

5.3. Para cada solicitud de inscripción principal de una unión de hecho, se abrirá un expediente administrativo que se compondrá de la solicitud y resto de documentación que se acompañe a ésta o se presente posteriormente.

5.4. La inscripción en este Registro no constituirá calificación jurídica de actos o documentos, sino mera constatación de la declaración de voluntad de los comparecientes y de sus compromisos, salvo disposición normativa de rango superior.

Artículo 6. Inscripciones Marginales.

6.1. Podrán ser objeto de inscripción marginal:

—Los pactos notariales que los miembros de la pareja de hecho hayan realizado sobre sus relaciones económicas, durante su convivencia y sobre la liquidación de las mismas.

—El nacimiento de los hijos comunes, las adopciones y otros hechos y circunstancias que resulten relevantes y afecten a la unión extramatrimonial.

—Aquellas modificaciones que, sin disolver la unión de hecho, afecten a los datos de la inscripción principal, siempre que se acrediten y se consideren pertinentes por el órgano municipal competente.

6.2. Esta anotación se hará en extracto, haciendo referencia al documento que le sirva de soporte y al expediente administrativo de la unión, donde se archivará.

6.3. La inscripción marginal se solicitará mediante la correspondiente instancia dirigida al Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Cieza, según modelo contenido en el Anexo II del presente Reglamento.

Las modificaciones de los datos personales, el nacimiento de los hijos comunes o adopciones se acreditarán mediante la documentación oficial necesaria.

Los pactos notariales de los miembros de la unión de hecho sobre sus relaciones económicas durante su convivencia y sobre la liquidación de las mismas se acreditarán mediante los contratos reguladores de las relaciones personales y patrimoniales, que se presentarán en documento privado o público.

6.4. Las solicitudes de inscripción marginal así como la documentación que se acompañe se unirán al expediente principal.

Artículo 7. Inscripción de baja en la convivencia.

7.1. La inscripción de baja es aquélla que tiene por objeto declarar la extinción de una unión de hecho en el Registro Municipal de Uniones de Hecho, por uno de los siguientes motivos:

- De común acuerdo de los miembros de la unión de hecho.

- Por decisión unilateral de uno de los miembros de la unión, notificada al otro por cualquier medio que deje constancia fehaciente de la recepción por aquél o su representante, así como de la fecha de recepción, de la identidad y del contenido de la decisión.

- Por muerte de uno o ambos miembros de la unión de hecho.

- Por separación de hecho de más de seis meses de los miembros de la unión de hecho.

- Por matrimonio de uno o ambos miembros de la unión de hecho.

7.2. La baja de inscripción se formulará por escrito, mediante comparecencia, según modelo que se contiene en el Anexo III del presente Reglamento, aportando la documentación que justifique la concurrencia de alguna de las causas de extinción de la pareja de hecho, firmada por el solicitante o solicitantes, y dirigida al Alcalde.

7.3. También se podrá llevar a cabo la inscripción de la extinción, de oficio por este Ayuntamiento en los casos de tener conocimiento del fallecimiento de uno o ambos miembros de la pareja o por incumplimiento sobrevenido de alguno de los requisitos necesarios para su inscripción, siempre que lo acredite documentalmente.

7.4. No se reconocerá la existencia de otra pareja de hecho mientras no se hubiese producido la disolución de la anterior por la concurrencia de alguno de los supuestos descritos.

Artículo 8. Procedimiento de Inscripción.

8.1. Presentada la solicitud de inscripción principal, marginal o de baja, si se apreciara cualquier carencia o defecto en la solicitud o en la documentación presentada, se requerirá a los interesados para que, en el plazo máximo de diez días, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, advirtiéndoles que si no lo hicieran así, se procederá a declarar la caducidad del procedimiento.

El plazo del requerimiento se podrá ampliar hasta cinco días más, a petición del interesado o a instancia de la Administración cuando resulte oportuno y adecuado a los fines previstos.

8.2. Completa la documentación, el encargado del Registro elaborará una propuesta de resolución al Alcalde, que en el plazo máximo de tres meses desde su recepción, dictará resolución motivada sobre la concesión o denegación de la solicitud de inscripción, entendiéndose la misma desestimada si no se hubiese dictado en el citado plazo.

8.3. Estimada la solicitud, se procederá a extender el correspondiente asiento en el Libro de Registro.

8.4. La desestimación se notificará al solicitante que figure en primer término en la solicitud de inscripción.

Artículo 9.- Confidencialidad del Registro, Certificaciones y Efectos.

9.1. Los datos que de las uniones de hecho consten inscritos en el Registro serán confidenciales y sólo podrán ser utilizados por el Excmo. Ayuntamiento de Cieza para sus relaciones administrativas con los miembros de la pareja, no pudiendo en ningún caso hacerlos públicos o comunicados a persona o institución alguna, sino a instancia de cualquiera de los miembros de la pareja o a requerimiento de los Jueces y Tribunales de Justicia con las limitaciones y en los términos establecidos en la legislación vigente.

9.2. El contenido del Registro se acreditará mediante las correspondientes certificaciones municipales.

9.3. En aplicación de la normativa municipal y en la tramitación de todos los procedimientos, las parejas que formen uniones de hecho inscritas en el Registro Municipal, como tales, tendrán la misma consideración administrativa que la legislación vigente establezca para los matrimonios.

9.4. En ningún caso podrá invocarse el presente Reglamento del Registro de Uniones de Hecho o la inscripción en el registro, para eludir el cumplimiento de cualquier disposición que resulte aplicable.

Artículo 10.- El Registro Municipal de Uniones de Hecho.

10.1. El Registro Municipal de Uniones de Hecho podrá llevarse de forma manual o mediante soporte telemático, siempre a través del Libro de Registro, en el que se practicarán los asientos de inscripción regulados en el presente Reglamento.

10.2. En caso de llevarse de forma manual, el libro estará formado por hojas móviles, foliadas y selladas, que se encabezarán con las correspondientes diligencias de apertura y cierre.

Disposición adicional primera

Se aprueba, junto con este Reglamento, el modelo de solicitud de inscripción de constitución de una Unión de Hecho, el modelo de solicitud de inscripción marginal y el modelo de solicitud de baja.

Disposición adicional segunda

A la entrada en vigor del presente Reglamento, se incorporarán automáticamente al Registro Municipal de Uniones de Hecho del Excmo. Ayuntamiento de Cieza, las uniones de convivencia no matrimonial inscritas en el Registro Municipal de Uniones Civiles de este Ayuntamiento, sin que les sean exigibles para dicha incorporación, requisitos distintos de los que se les solicitaron en su día.

En lo demás y, a partir de la fecha de su incorporación, les serán de aplicación el resto de las disposiciones contenidas en este Reglamento, por las que se regirá el nuevo Registro.

Disposición final única

El presente Reglamento será objeto de publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, entrando en vigor una vez que haya transcurrido el plazo establecido en el artículo 65 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.




























ANEXO I

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN DE UNIÓN DE HECHO

DATOS PERSONALES

Nombre y apellidos: Don/Doña ..................................................... con D.N.I./N.I.E./Pasaporte: ......................... nacido/a en ............................................, el día ......., estado civil ........................, con domicilio en .......................................................... de Cieza, C.P.: 30530, Tfno. n.° ......................, correo electrónico ..................................

Nombre y apellidos: Don/doña ..................................................... con D.N.I./N.I.E./Pasaporte: .................... nacido/a en ................................................................., el día ........., estado civil ........................, con domicilio en ............................................................................ de Cieza, C.P.: 30530, Tfno. n.° ..................................., correo electrónico .................................

Exponen:

Que constituyen una Unión de hecho en los términos establecidos en el artículo 2 del Reglamento del Registro Municipal de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Cieza.

Que acompañan junto con la presente solicitud los siguientes documentos, para acreditar los requisitos exigidos para su inscripción en el correspondiente Registro:

- Fotocopia compulsada del D.N.I., N.I.E. o Pasaporte en vigor de cada miembro de la Unión.

- Acreditación de la emancipación, en su caso.

- Certificación o fe de estado civil de cada uno de los solicitantes.

- Autorización para acceder a los datos del Padrón Municipal de Habitantes, donde se acredite la condición de vecinos del municipio y la convivencia en el mismo domicilio, durante un período mínimo de seis meses.

- Declaración responsable de no tener una relación de parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta, o en línea colateral por consanguinidad o adopción dentro del tercer grado, así como de no formar pareja estable con otra persona de manera simultánea.

- En caso de que alguno de los solicitantes hubiera contraído matrimonio anteriormente con otra persona, copia compulsada de la resolución judicial que hubiera declarado su separación, nulidad o divorcio.

SOLICITAN:

Que se proceda a la inscripción de la Unión de Hecho en el Registro Municipal de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Cieza.

En ______________, a de _____________de.

Firma del interesado/a Firma del interesado/a

Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cieza

“De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter Personal, los datos personales recogidos en la presente instancia/formulario, serán incorporados y tratados en el sistema informático del Ayuntamiento de Cieza, y podrán ser cedidos de conformidad con la ley, pudiendo ejercer ante el mismo los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición”.

ANEXO II

SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN MARGINAL

DATOS PERSONALES

Nombre y apellidos: Don/Doña ........................................ con D.N.I./N.I.E./Pasaporte: .................... nacido/a en .............................................., el día ........, estado civil .................., con domicilio en ................................................................... de Cieza, C.P.: 30530, Tfno. n.° ...................., correo electrónico ..........................

Nombre y apellidos: Don/doña .........................................con D.N.I./N.I.E./Pasaporte: ............... nacido/a en ............................................................, el día ........., estado civil ................., con domicilio en ................................................................ de Cieza, C.P.: 30530, Tfno. n.° …………………, correo electrónico .................

EXPONEN:

Que constituyen una Unión de Hecho en los términos establecidos en el artículo 2 del Reglamento Regulador de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Cieza.

Que fueron inscritos como tal, con el n.°……….. /…………….. en el Registro Municipal de Uniones de Hecho, en fecha ………………….

Que solicita la práctica de la siguiente inscripción marginal: (señalar con una cruz donde corresponda):

- ( ) Modificación en los datos existentes en la inscripción principal, consistente en ………………………………………………………………………………………..

- ( ) El nacimiento de hijos comunes o adopciones.

- ( ) Otros hechos o circunstancias que resulten relevantes y afecten a la unión extramatrimonial consistentes en ……………………………………………………

………………………………………………………………………………………

En acreditación de lo anterior y para demostrar lo expuesto se aporta la siguiente documentación (se deberá aportar la documentación exigida en el artículo 6 del Reglamento):

SOLICITAN:

Que se proceda a la inscripción marginal solicitada en el expediente n.°

………….../…………. de la Unión de Hecho en el Registro Municipal de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Cieza.

En Cieza, a ...... de .................... de .........

Firma del interesado/a.- Firma del interesado/a

Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Cieza

“De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter Personal, los datos personales recogidos en la presente instancia/formulario, serán incorporados y tratados en el sistema informático del Ayuntamiento de Cieza, y podrán ser cedidos de conformidad con la ley, pudiendo ejercer ante el mismo los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición”.



ANEXO III

SOLICITUD DE BAJA DE UNIÓN DE HECHO

DATOS PERSONALES

Nombre y apellidos: Don/doña ..............................................................

con D.N.I./N.I.E./Pasaporte: .................... con domicilio en ....................................................................................................................... C.P.: 30530, Tfno. n.° ...................., correo electrónico .......................................

Nombre y apellidos: Don/doña .............................................................. con D.N.I./N.I.E./Pasaporte: ................... con domicilio en .................................................. C.P.:30530, Tfno. n.° .............., correo electrónico ....................

EXPONEN:

Que fueron inscritos como Unión de hecho con el n.° ………/…………. en el Registro Municipal de Uniones de Hecho, en fecha ………………., tras haberse tramitado el correspondiente expediente administrativo.

Que concurre la siguiente causa para acordar la baja de inscripción de la citada Unión de Hecho (señalar alguna de las causas establecidas en el artículo del Reglamento):

Que para demostrar la concurrencia de la misma se aporta la siguiente documentación:

SE SOLICITA:

Que se proceda a la inscripción de baja como unión de hecho en el Registro Municipal de Uniones de Hecho del Ayuntamiento de Cieza.

En Cieza, a ....... de ......................... de ........

Firma del interesado/a.- Firma del interesado/a.

Sr. Alcalde del Excmo. Ayuntamiento de Cieza.

“De conformidad con lo previsto en el artículo de la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter Personal, los datos personales recogidos en la presente instancia/formulado, serán incorporados y tratados en el sistema informático del Ayuntamiento de Cieza, y podrán ser cedidos de conformidad con la ley, pudiendo ejercer ante el mismo los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición”



NPE: A-010611-8834