Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal 3.3.0 reguladora de la tasa por prestación de servicios de instalaciones deportivas.

Borm Nº 218, sábado 20 de septiembre de 2014

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Cieza

Nº de Publicación:

11778

NPE: A-200914-11778

TEXTO

IV. Administración Local

Cieza

11778 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza fiscal 3.3.0 reguladora de la tasa por prestación de servicios de instalaciones deportivas.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el 9 de Septiembre de 2014, ha elevado a definitivo el acuerdo provisional de 7 de julio de 2014 relativo al expediente GEN-RECU/2014/174 de imposición de la nueva instalación deportiva denominada “Piscina municipal cubierta climatizada” y la modificación de la Ordenanza Fiscal 3.3.0 reguladora de la Tasa por prestación de servicios de instalaciones deportivas, una vez finalizado el plazo de exposición pública y resueltas las reclamaciones presentadas.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 4 del art. 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, se publica el texto íntegro de las modificaciones a que se refiere el acuerdo definitivo, que permanecerá vigente hasta tanto no se produzca su derogación o modificación.

Contra esta aprobación definitiva sólo cabe el recurso contencioso-administrativo, que se podrá interponer a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.

Texto de la modificación de la Ordenanza 3.3.0 reguladora de la Tasa por prestación de servicios de instalaciones deportivas

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Artículo 2.

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3.- ….…

d) Piscina municipal cubierta climatizada

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5.- …….

e) Desarrollo de actividades de Entidades y Centros de discapacitados locales, con excepción de las desarrolladas en la instalación señalada en el punto 5 del artículo 7.

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Artículo 5.

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c) Categoría de pensionista.- Pertenecerán a la misma todos los sujetos pasivos que tengan reconocida una pensión, no incluidos en el apartado anterior, con edad superior a 65 años, o menor de esta edad si la pensión es de viudedad. En el caso específico de la piscina municipal cubierta climatizada, esta categoría será aplicable atendiendo a la edad de los pensionistas, distinguiendo si el mismo es mayor o menor de 65 años, con independencia del tipo de pensión.

……………

h) Categoría deportista federado o deportista federado acuático.- La categoría de deportista federado será aplicable a los sujetos pasivos en posesión de licencia federativa en vigor expedida por cualquier federación reconocida por el Consejo Superior de Deportes. La categoría de deportista federado acuático será aplicable a los sujetos pasivos en posesión de licencia federativa en vigor expedida por las federaciones de natación, triatlón o submarinismo.

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Artículo 7.

………….

5.- Piscina municipal cubierta climatizada

Categoría general Categorías de familia numerosa especial y pensionistas mayores de 65 años Categorías de familia numerosa general, pensionistas menores de 65 años y discapacitados Categoría de deportistas federados acuáticos Categoría de deportistas federados
1.- Cuota por abono mensual con derecho a cualquiera de las actividades incluidas en el programa con plazas disponibles, excepto las incluidas en cursos con monitor 30 21 27 21 27
2.- Cuota mensual por cursos con monitor, incluidos los de natación, de dos días a la semana 22 15,40 19,80
3.- Cuota mensual por cursos con monitor, incluidos los de natación, de un día a la semana 15 10,50 13,50
4.- Cuota de baño libre, de una hora, para mayores de 12 años 3 2,10 2,70
5.- Cuota de baño libre, de una hora, para niños hasta 12 años 2 1,40 1,80
6.- Cuota por bono de 10 baños libres, de una hora cada uno, para mayores de 12 años 25 17,50 22,50
7.- Cuota por bono de 10 baños libres, de una hora cada uno, para niños hasta 12 años 15 10,50 13,50
8.- Cuota por sesión de natación escolar con monitor 1
9.- Cuota por sesión de natación escolar sin monitor 0,50

……….

Cieza, 11 de septiembre de 2014.—El Alcalde, Antonio Tamayo González



NPE: A-200914-11778