Administración Local
Cieza
11667
NPE: A-260610-11667
IV. Administración Local
Cieza
11667 | Aprobación definitiva modificación de la ordenanza municipal por la que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición en el término municipal de Cieza. |
El Ayuntamiento Pleno de Cieza, en sesión celebrada el día 25 de noviembre de 2008, aprobó inicialmente la siguiente modificación de la ordenanza municipal por la que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición en el término municipal de Cieza. Habiéndose sometido a información pública mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, n.º 37, de 15 de febrero de 2010 sin que se hayan presentado reclamaciones o sugerencias durante el plazo concedido al efecto, se considera definitivamente aprobada de conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 de la ley 7/1985.
Contra esta aprobación definitiva sólo cabe el recurso contencioso-administrativo, que se podrá interponer a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en la forma y plazos que establecen las normas reguladoras de dicha jurisdicción.
Primero: Sustituir el texto del artículo 6.1.b de la ordenanza municipal reguladora de la producción y gestión de residuos de por el siguiente texto:
“Residuos de obras menores 50 euros, salvo que los técnicos pueda apreciar por el volumen y las características de la obra, la necesidad de constituir una fianza de importe diferente.”
Segundo: Sustituir el primer párrafo del artículo 6.2 por el siguiente texto:
“La fianza será constituida por el solicitante a favor del ayuntamiento en el momento de solicitar la licencia de obras, de acuerdo con la valoración del volumen previsible de RCD incorporado a la documentación técnica de la solicitud de licencia de obras de derribo, de nueva construcción y/o de excavación y, en caso de que se demuestra la dificultad para prever el volumen de residuos, la cuantía de la fianza se calculará sobre la base de los porcentajes mencionados en el apartado anterior. La administración podrá requerir al solicitante cuando detecte algún defecto de la base de cálculo, la constitución del resto de la fianza correspondiente a la diferencia resultante de la base del presupuesto. La fianza podrá hacerse efectiva por el solicitante por los medios siguientes:”
Cieza a 13 de mayo de 2010.—El Alcalde, Antonio Tamayo González.
NPE: A-260610-11667