Región de Murcia

Aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Actuación UA-1 del (PERI-3).

Borm Nº 97, lunes 29 de abril de 2019

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Cieza

Nº de Publicación:

2563

NPE: A-290419-2563

TEXTO

IV. Administración Local

Cieza

2563 Aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Actuación UA-1 del (PERI-3).

Por Resolución del alcalde, de 9 de abril de 2019, se ha aprobado definitivamente el Proyecto de urbanización de la Unidad de Actuación UA-1, del Plan Especial de Reforma Interior n.º 3 (PERI-3) presentado por la Junta de Compensación y redactado por los arquitectos Antonio Fernández Esteve y Abelardo Salmerón Pinar y los ingenieros técnicos industriales Pascual Herrera Ortega e Ismael Ruiz Martínez. Expediente GEN-PLAN/2019/16.

Con objeto de responder de las responsabilidades de urbanización previstas en el artículo 185 de la Ley 13/2015, de 30 de marzo, de ordenación territorial y urbanística de la Región de Murcia (LOTURM), se establece como importe de la garantía que habrá de constituir la Junta de Compensación, antes de la firma del acta de replanteo y en todo caso antes del inicio de las obras de urbanización, la cantidad de 129 960,58 €, correspondiente al 10% de los gastos previstos en el documento «Regularización de propiedades del Proyecto de Reparcelación de la U.A.-1 del PERI 3 de Cieza», según dispone el artículo 186.2.a de la LOTURM.

Conforme a lo establecido en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo máximo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, y sin perjuicio de la formulación de cualquier otro que se estime procedente, podrá interponerse –previamente al contencioso-administrativo– recurso de reposición ante el Alcalde, en el plazo de un mes, computado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiéndose, en este caso, interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que el de reposición sea resuelto expresamente o desestimado presuntamente por el transcurso de un mes desde su interposición sin que se le haya notificado resolución expresa.

Cieza, 10 de abril de 2019.—El Alcalde, Pascual Lucas Díaz

NPE: A-290419-2563