Administración Local
Cieza
4312
NPE: A-240824-4312
IV. Administración Local
Cieza
4312 | Convocatoria y bases del proceso de selección para la provisión de una plaza de Técnico/a de Gestión, como funcionario/a de carrera, por el sistema de oposición, turno libre. |
La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cieza, en sesión de fecha 19 de agosto de 2024, ha acordado convocar un proceso de selección para la provisión en propiedad como funcionario/a de carrera, de una plaza de Técnico/a de Gestión, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2023, que se regirán por las siguientes
Bases reguladoras del proceso de selección convocado por el Ayuntamiento de Cieza para la provisión en propiedad como funcionario/a de carrera, de una plaza de Técnico/a de Gestión.
Primera.- Objeto.
Es objeto de las presentes bases la regulación del proceso de selección convocado para la provisión en propiedad, mediante el sistema de oposición, turno libre, de 1 plaza de Técnico/a de Gestión, vacante en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2023, dotada con los emolumentos correspondientes al grupo/subgrupo A/A2, con la clasificación y denominación siguiente:
· Grupo/subgrupo: A/A2 (art. 76 del TR de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por RD Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con la DT 3.ª).
· Escala: Administración General.
· Subescala: De Gestión.
· Código PT: 006-FUN-2018 (Programa 4320A Fomento y Promoción del Turismo).
Segunda.- Normativa aplicable.
El proceso de selección se ajustará a lo dispuesto en las presentes Bases y, en lo no previsto en ellas, le será de aplicación lo establecido en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015 (en adelante TREBEP), de 30 de octubre, Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, R.D. Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen local, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y normas complementarias; R.D. 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección del personal funcionario de la Administración Local; supletoriamente por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, sobre Reglamento General de Ingreso de Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado; por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y demás legislación concordante que resulte de aplicación.
Las bases se publicarán integras en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y un extracto de las mismas en el Boletín Oficial del Estado. Las bases serán expuestas en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el portal web municipal (www.cieza.es), en el apartado de empleo público, así como todos los actos relativos a los procesos de selección.
Tercera.- Requisitos y condiciones generales de los aspirantes.
Los aspirantes, deberán reunir el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y durante todo el proceso selectivo, los siguientes requisitos:
1. Tener nacionalidad española o encontrarse en alguno de los supuestos habilitantes previstos en el artículo 57 del TREBEP. En este último caso, deberá acreditarse el dominio escrito y hablado del idioma castellano.
2. Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3. Estar en posesión de un título de Grado universitario o equivalente o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. A tal efecto, quienes superen las pruebas podrán ser sometidos/as a reconocimiento por los servicios médicos del Servicio de Prevención del Ayuntamiento de Cieza antes de su nombramiento.
5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Cuarta.- Solicitudes.
4.1- Forma y presentación.
Las solicitudes para tomar parte en el proceso selectivo, cuyo modelo se facilitará en el Ayuntamiento de Cieza y podrán ser descargadas en la web municipal (http://www.cieza.es, en el apartado Empleo Público), se presentarán en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado:
. En el portal de empleo público: http://cieza.convoca.online.
. En el Registro electrónico del Ayuntamiento.
. O en cualquiera de las formas que determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4.2.- Documentos que deben acompañar la solicitud.
Los aspirantes deberán acompañar a su solicitud los documentos siguientes:
. Copia del DNI o Pasaporte.
. Resguardo acreditativo del pago de la cantidad de 35,50 € en concepto de Tasa por presentación de solicitud para participar en pruebas selectivas de personal, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza municipal que regula las Tasas por prestación de servicios administrativos de carácter general. La falta de pago en plazo de la tasa correspondiente no será subsanable y determinará la exclusión del aspirante.
El pago de la tasa podrá realizarse con la carta de pago facilitada al efecto por el Ayuntamiento de Cieza:
. En las entidades financieras colaboradoras del Ayuntamiento.
. En la sede electrónica del Ayuntamiento de Cieza (pago tributos on line), mediante tarjeta bancaria.
La carta de pago podrá obtenerse, hasta las 14:00 horas del día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
. En la oficina del Departamento de Gestión de Recursos, sita en C/ Paseo n.º 2, tfno.: 968760800, ext.: 1413
. Solicitándola a la dirección de correo electrónico autoliquidaciones@cieza.es, indicando los siguientes datos:
. Asunto: solicitud de carta de pago para participar en el proceso de selección de una plaza de TÉCNICO/A DE GESTIÓN.
. Nombre y apellidos.
. D.N.I.
. Domicilio.
. Código postal y localidad.
. Dirección de correo electrónico en el que se quiere recibir la carta de pago.
4.3.- Protección de datos.
A efectos del cumplimiento de la normativa de protección de datos personales y garantía de derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por el órgano competente para el desarrollo del proceso selectivo. Su cumplimentación será obligatoria para la admisión al proceso selectivo.
La participación en el proceso selectivo supone el consentimiento por parte de la persona aspirante, del tratamiento de sus datos de carácter personal recogidos en la solicitud y referidos a nombre y apellidos, DNI y nivel de formación, para su publicación en Boletines, Tablones de Anuncios, página web y en general cualquier medio que se utilice para la comunicación de los resultados parciales o definitivos del proceso selectivo y, en general, de aquellos datos que sean necesarios para la correcta preparación y ejecución de las pruebas correspondientes al proceso selectivo por parte del órgano de selección.
El proceso selectivo está regido por el principio de publicidad por lo que no se admitirá la solicitud si la persona aspirante no consiente la cesión de sus datos con el contenido y para los fines indicados en el párrafo anterior.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano competente dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, determinando el lugar y fecha de comienzo del primer ejercicio y composición del Tribunal calificador, que se publicará en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, constando en ella el nombre y apellidos de los aspirantes excluidos y la causa de la exclusión, estableciendo un plazo de 10 días hábiles para la subsanación de posibles defectos, de conformidad con el art. 68.1 de la Ley 39/2015. Si transcurrido dicho plazo no se hubiere formulado reclamación alguna, la lista provisional pasará a definitiva sin necesidad de nueva publicación. En caso contrario las reclamaciones serán aceptadas o rechazadas en la Resolución que apruebe la lista definitiva, que se expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como los sucesivos actos relacionados con las pruebas selectivas.
Toda la información relativa a este proceso de selección, también podrá consultarse en el portal municipal http://www.cieza.es, en el apartado de Empleo Público.
Sexta.- Tribunal de Calificación.
Los miembros del Tribunal que se constituirá para la valoración del proceso selectivo serán designados por la Concejalía de Recursos Humanos. Junto con los titulares serán nombrados los respectivos suplentes, quienes podrán actuar indistintamente.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes indistintamente, siendo necesaria, en todo caso, la asistencia del Presidente y del Secretario. En el supuesto en que no concurran o, posteriormente, se ausenten el Presidente o el Secretario, será de aplicación lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del artículo 19 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Las decisiones del Tribunal se adoptarán por mayoría.
Las personas designadas para actuar como miembros del Tribunal, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 23 de la Ley 40/2015, deberán abstenerse de formar parte de aquél. Los aspirantes podrán recusarlas, por las mismas causas, en la forma prevista en el art. 24 de la Ley 40/2015.
El Tribunal podrá contar con asesores especialistas, limitándose a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. Asimismo, el Tribunal podrá valerse de la actividad de personal auxiliar durante el desarrollo del proceso selectivo, si fuese necesario.
A efectos de percepción de asistencias por los miembros del Tribunal, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002 de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio o, en su caso disposición posterior que modifique las anteriores.
El órgano de selección podrá requerir a las personas aspirantes, en cualquier momento del proceso, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos en las Bases. En caso de constatarse que alguna de las personas aspirantes no reúna uno o varios de los requisitos, el órgano de selección, previa audiencia de la persona interesada, deberá emitir propuesta motivada de exclusión del proceso selectivo, dirigida al órgano que hubiera aprobado la relación definitiva de aspirantes admitidos/as, comunicando, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el/la aspirante en su solicitud de participación a los efectos pertinentes. Contra la resolución de dicho órgano podrán interponerse los recursos administrativos que procedan.
Séptima.- Fases del proceso selectivo.-
El proceso selectivo constará de cuatro pruebas eliminatorias:
1. Prueba Teórica: cuestionario de preguntas tipo test.
2. Prueba Teórica: desarrollo de temas.
3. Prueba de idioma (inglés).
4. Prueba práctica.
1.- Prueba teórica: cuestionario de preguntas tipo test (máximo 10 puntos).
Consistirá en contestar un cuestionario de 80 preguntas sobre el temario contenido en el Anexo a las presentes Bases, con cuatro respuestas alternativas sobre el temario contenido en el Anexo de las presentes Bases. El tiempo para la realización de esta prueba será de 90 minutos.
Esta prueba se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener la calificación mínima de 5 puntos para superarlo y pasar a la siguiente prueba. El sistema de puntuación penalizará las respuestas erróneas: por cada respuesta errónea, se restará 0,04 puntos, no penalizando las preguntas dejadas en blanco.
Se incluirán preguntas de reserva que habrán de contestarse para, en caso de anulación de alguna de ellas, sustituir a las preguntas anuladas.
En esta prueba se valorará los conocimientos de los aspirantes en relación con el temario contenido en el Anexo.
2.- Prueba teórica: desarrollo de temas (máximo 20 puntos).
Consistirá en desarrollar por escrito dos temas de los Grupos II y III del temario de la parte específica contenido en el Anexo (un tema de cada grupo), extraídos por sorteo. De cada grupo se extraerán 2 temas, eligiendo el opositor un tema para desarrollar de cada grupo.
El tiempo para la realización de esta prueba será de 2 horas y 15 minutos.
Esta prueba se calificará de 0 a 20 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que obtengan una puntuación inferior a 10 puntos, no pasando a la siguiente prueba.
3.- Prueba de idioma (máximo 20 puntos).
Se realizará una prueba en inglés (nivel B1) sobre un tema propuesto por el Tribunal relacionado con el temario.
Esta prueba se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener la calificación mínima de 10 puntos para superarlo y pasar a la siguiente prueba.
4.- Prueba práctica (máximo 30 puntos).
Consistirá en la resolución de uno o varios supuestos prácticos, que versarán sobre el temario y/o funciones de la plaza objeto de la convocatoria del proceso de selección. El tiempo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal.
Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario obtener la calificación mínima de 15 puntos para superarl?o.
En este ejercicio se valorará, el contenido técnico, la idoneidad y corrección de la argumentación y solución propuesta, la calidad de su contenido, la claridad en la exposición y adecuada estructuración, la corrección ortográfica, gramatical y capacidad de expresión escrita, así como cualquier otro criterio que relacionado con el contenido de la prueba establezca el tribunal de selección y sea comunicado previamente a las personas aspirantes.
Octava.- Calificación final del proceso selectivo.
La calificación final del proceso selectivo será la resultante de la suma final de las calificaciones obtenidas en las dos fases del proceso selectivo.
En el supuesto de que se produzca empate en la puntuación final, se atenderá a estos criterios de desempate por este orden de prelación:
. Mayor puntuación obtenida en el ejercicio práctico.
. Mayor puntuación obtenida en el ejercicio teórico (desarrollo).
. Mayor puntuación obtenida en la prueba de idioma.
. Mayor puntuación obtenida en el ejercicio teórico (test).
Las calificaciones provisionales del proceso selectivo serán publicadas por el órgano de selección.
Contra las calificaciones provisionales podrá presentarse reclamación por las personas interesadas en el plazo de cuatro días hábiles, contados a partir del día siguiente a su publicación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Cieza y en el portal web municipal, en el apartado de empleo público.
Novena.- Relación final de aprobados/as del proceso selectivo.
Finalizado el proceso de selección, el órgano de selección publicará la relación de aprobados, no pudiendo superar el número de plazas convocadas y elevará dicha relación al órgano competente para su nombramiento como funcionario/a de carrera.
No obstante lo anterior, siempre que el órgano de selección haya propuesto el nombramiento de igual número de aspirantes que el de plazas convocadas, y con el fin de asegurar la cobertura de las mismas, cuando se produzcan renuncias de los/las aspirantes seleccionados/as o cuando de la documentación aportada por éstos/as se deduzca que no cumplen los requisitos exigidos o por circunstancias sobrevenidas se deduzca la imposibilidad de incorporación de alguno de los/las aspirantes, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano competente podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de las personas aspirantes que sigan al propuesto/a para su posible nombramiento como funcionarios/as de carrera.
Décima.- Presentación de documentos.
El aspirante propuesto presentará en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente en que se haga pública en el Tablón de Anuncios la relación de aprobados, los documentos originales o debidamente compulsados, acreditativos de reunir las condiciones de capacidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria.
Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados, no presentaran la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, perderán el derecho al nombramiento, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia.
Undécima.- Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas en todo lo no previsto en las presentes Bases, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente.
Duodécima.- Recursos.
Contra esta convocatoria y sus bases, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cieza, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de dicho orden jurisdiccional de Murcia, en el plazo de dos meses contado de la misma mane??ra.
Anexo
Temario
La actualización de las materias comprendidas en el temario quedará referida al día de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Grupo I
1. La Constitución española de 1978: Principios básicos. Derechos y deberes fundamentales, su garantía y suspensión.
2. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Constitucional. El recurso de amparo. Reforma de la Constitución.
3. La Administración Pública en el Estado Español. Clases de Administraciones y principios de actuación de la Administración Pública. Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, de Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia: los órganos institucionales de la CCAA y régimen jurídico.
4. El municipio. Concepto y elementos del municipio: población, territorio y organización. El Ayuntamiento: su composición y competencias. El Ayuntamiento Pleno. La Junta de Gobierno Local. El Alcalde: naturaleza del cargo, atribuciones y nombramiento. Los Tenientes de Alcalde.
5. La potestad normativa de las Entidades Locales. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación.
6. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: Los interesados en el procedimiento administrativo. Términos y plazos. El acto administrativo: concepto, clases, requisitos, eficacia, nulidad y anulabilidad.
7. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: La notificación y publicación de resoluciones y actos administrativos. El cómputo de plazos.
8. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: El procedimiento administrativo: principios generales y fases.
9. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común: Los recursos administrativos. Concepto, clases y régimen jurídico. El silencio administrativo.
10. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (I). Principios y reglas generales de la contratación pública. Partes en el contrato. El órgano de contratación y el empresario: la capacidad y solvencia. Objeto del contrato. Precio del contrato.
11. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (II). Preparación de los contratos: la selección del contratista. Adjudicación de los contratos. Procedimientos de adjudicación. Garantías exigibles en la contratación del sector público. Perfección y forma del contrato. Régimen de invalidez.
12. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (III). Ejecución y modificación de los contratos: Prerrogativas de la Administración. Revisión de precios. Extinción de los contratos. Cesión de contratos y subcontratación.
13. Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (IV). Clases de contratos administrativos: contrato de obras. Contrato de concesión de obras. Contrato de concesión de servicios. Contrato de suministro. Contrato de servicios.
14. Ley General de Subvenciones y su reglamento. Ámbito de aplicación y disposiciones comunes. Procedimiento de concesión. Gestión y justificación. Reintegro. Control financiero. Infracciones y sanciones administrativas.
15. Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público: derechos y deberes de los empleados públicos. Código de conducta. Adquisición y pérdida de la relación de servicio. Régimen disciplinario.
16. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Objeto y conceptos básicos. Derechos y obligaciones. Principios de la acción preventiva. Disciplinas que la integran.
17. El Presupuesto de las entidades locales: concepto, principios, elaboración, aprobación y liquidación.
18. Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
19. La Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia. Estructura y contenido. Disposiciones generales. Fomento de la actividad turística.
20. 2. La Ley 12/2013, de 20 de diciembre, de Turismo de la Región de Murcia. Derechos y obligaciones. Inspección de turismo. Disciplina turística.
Grupo II
21. Los establecimientos hoteleros en la Región de Murcia. Regulación y clasificación.
22. Los campamentos de turismo en la Región de Murcia. Regulación y clasificación.
23. Los alojamientos rurales en la Región de Murcia. Regulación y clasificación.
24. Los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia. Regulación y clasificación.
25. Los albergues turísticos y las empresas de turismo activo en la Región de Murcia. Regulación y clasificación.
26. Las agencias de viajes en la Región de Murcia. Regulación y clasificación.
27. La profesión de guía de turismo. El desarrollo de la actividad. Su regulación en la Región de Murcia.
28. Gestión de la Calidad en el sector turístico de la Región de Murcia. Sistemas de implantación y certificación de la calidad.
29. La gestión de la información turística regional. La Red de Oficinas de Turismo de la Región de Murcia. Política de Calidad.
30. Turismo sostenible: análisis y concepto. El turismo y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
31. La capacidad de carga turística.
32. Principales recursos naturales turísticos de la Región de Murcia.
33. Principales recursos turísticos religiosos de la Región de Murcia. Destinos y eventos.
34. Principales museos de la Región de Murcia.
35. Nexo, intranet red de oficinas de turismo Región Murcia.
36. Análisis de la situación turística en la Región de Murcia: oportunidades y amenazas.
37. Itinerarios ecoturísticos en la Región de Murcia. Vías verdes. Caminos de la Cruz de Caravaca.
38. Turismo y accesibilidad. La OMT y el turismo accesible para todos.
Grupo III
39. Principales elementos turísticos del casco urbano de Cieza. Ruta urbana.
40. Principales recursos naturales turísticos de Cieza.
41. Principales recursos turísticos religiosos de Cieza.
42. La Semana Santa de Cieza.
43. Museos de Cieza.
44. Arte y cultura islámica en Cieza como recurso turístico. Principales elementos. Museo Siyâsa de Cieza. Despoblado de Medina Siyâsa.
45. Cieza: Feria y fiestas patronales. Las Fiestas del Escudo “La Invasión”.Descripción general y actividades principales.
46. El Cañón de Almadenes como recurso turístico.
47. Arte rupestre en Cieza. Principales elementos.
48. La cueva de la Serreta.
49. El yacimiento de Bolvax.
50. La floración en Cieza. Descripción general como recurso turístico.
51. Situación geográfica de Cieza y principales vías de comunicación y transporte.
52. Turismo activo. Senderos señalizados GR y PR en Cieza.
53. Turismo fluvial. Principales actividades y destinos para turismo fluvial en el río Segura.
54. El Valle de Ricote como destino turístico. Descripción y principales recursos.
55. Cieza. Sistema Calidad Q (ICTE).
56. Cieza. Sistema Calidad ISO 9001.
57. Cieza. Norma S de Sostenibilidad (ICTE).
58. El SICTED en Cieza.
59. Segitur: Destinos Turísticos Inteligentes. Cieza.
60. Eje de Gobernanza de un Destino Turístico Inteligente.
61. Recursos turísticos de Cieza.
62. Agenda 2030 Cieza: el turismo y los objetivos de desarrollo sostenible.
63. Historia de Cieza.
64. El marco geográfico de Cieza. Aspectos físicos y humanos: relieve, clima, hidrología, vegetación y evolución demográfica.
65. Bienes de interés cultural en Cieza.
Cieza, 19 de agosto de 2024. El Alcalde, Tomás Rubio Carrillo.
NPE: A-240824-4312