Administración Local
Ceutí
2083
NPE: A-110211-2083
IV. Administración Local
Ceutí
2083 | Aprobación definitiva del texto refundido del Estudio de Detalle del Complejo Industrial Anukka Foods, S.A. |
El Pleno del Excmo. Ayuntamiento de Ceutí en sesión ordinaria celebrada el 27 de enero de 2011 acordó la aprobación definitiva del texto refundido del Estudio de Detalle del complejo industrial Anukka Food, S.A.
Dicho acuerdo pone fin a la vía administrativa, significándole que contra el mismo podrá interponer los recursos que a continuación se mencionan, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que, en su caso, estime procedente:
a) Recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acuerdo, ante la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Ceutí de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.
En el supuesto de interponer recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
b) Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de 2 meses a contar desde el día siguiente a la notificación del acuerdo ante el Juzgado de lo Contencioso–Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia según el art. 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, y el art. 194 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, el presente anuncio servirá de notificación para todos aquellos interesados en el expediente que sean desconocidos, se ignore el lugar de la notificación o intentada ésta, no se hubiese podido practicar.
Ceutí, 2 de febrero de 2011. —El Alcalde, Manuel González Solano.
NPE: A-110211-2083