Región de Murcia

Corrección de error en anuncio de aprobación definitiva de la modificación de las ordenanzas fiscales de impuestos, tasas y precios públicos del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, para el ejercicio 2014, publicado con el número 18693.

Borm Nº 4, martes 7 de enero de 2014

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Cartagena

Nº de Publicación:

178

Análisis:

NPE: A-070114-178

TEXTO

IV. Administración Local

Cartagena

178 Corrección de error en anuncio de aprobación definitiva de la modificación de las ordenanzas fiscales de impuestos, tasas y precios públicos del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, para el ejercicio 2014, publicado con el número 18693.

Advertido error en la publicación número 18693, aparecida en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 301, de fecha 31 de diciembre de 2013, se rectifica de oficio los siguiente:


La página número 51572 debe quedar como sigue:


“Artículo 6.º Exenciones.

Estarán exentos de pago los cursos y actividades que se realicen para el personal del Ayuntamiento de Cartagena o bien aunque también vayan dirigidas a personal externo al Ayuntamiento, éstas se realicen en colaboración con otras Administraciones, organismos o entidades públicas con los cuales existan convenios o mecanismos de colaboración mutua en el área formativa.

V.- Disposición final

La presente Ordenanza entrará en vigor el día siguiente al de la publicación de su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.”

Se acuerda la imposición, aplicación y exacción de los tributos recogidos en la presente Ordenanza, en la forma prevista en la misma, a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en ejercicios sucesivos hasta que se apruebe su modificación o derogación.

Lo que se hace público para general conocimiento, con la indicación de que contra el acuerdo de aprobación definitiva, los interesados a que se refiere el artículo 18 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo pueden, en su caso, interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia, en el plazo de dos meses a partir del siguiente día de la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de acuerdo con lo que dispone el artículo 19 del mencionado Texto Legal.

Cartagena, 30 de diciembre de 2013.—La Concejal Delegada del Área de Hacienda y Personal, Fátima Suanzes Caamaño.



NPE: A-070114-178