Región de Murcia

Aprobación definitiva de la Modificación Puntual n.º 3 del Plan Especial de Ordenación y Protección del Conjunto Histórico de Cartagena, ”Campus Urbano de Cartagena”.

Borm Nº 40, viernes 18 de febrero de 2011

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Cartagena

Nº de Publicación:

2464

NPE: A-180211-2464

TEXTO

IV. Administración Local

Cartagena

2464 Aprobación definitiva de la Modificación Puntual n.º 3 del Plan Especial de Ordenación y Protección del Conjunto Histórico de Cartagena, ”Campus Urbano de Cartagena”.

En la sesión celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el día diez de enero de dos mil once, se adoptó el acuerdo de aprobación definitiva de la Modificación Puntual nº 3 del Plan Especial de Ordenación y Protección del Conjunto Histórico de Cartagena (PEOPCHC),”Campus de Excelencia Internacional UPCT, Campus Urbano de Cartagena” redactado por los Técnicos de la Gerencia de Urbanismo.

ÍNDICE

1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1. NATURALEZA Y ÁMBITO

1.2. EFECTOS

2. MEMORIA

2.1. ANTECEDENTES

2.2. NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE LA MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN Y PROTECCIÓN DEL CONJUNTO HISTÓRICO

2.3. OBJETO DE LA MODIFICACIÓN

2.4. DESCRIPCIÓN DE LA PROPUESTA

2.4.1. DESCRIPCIÓN PORMENORIZADA

2.5. SITUACIÓN CATASTRAL

3. RÉGIMEN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

4. PLANOS

Se modifican los planos:

O.11. Régimen Urbanístico de la edificación y construcciones existentes

O.12. Intervenciones programadas

O.21. Ordenación general de usos

O.31. Ordenación General de la edificación

5. NORMAS URBANÍSTICAS

Las modificaciones que afectan a las Normas Urbanísticas del Plan Especial de Ordenación y Protección del Conjunto Histórico, PEOP, son las siguientes:

5.1 NORMAS URBANÍSTICAS GENERALES

Se modifican los siguientes artículos:

Artículo 96. Fondo edificable

Artículo 100. Número de Plantas

Artículo 130. Condiciones generales

Artículo 96.

Se añade al punto 2 un nuevo apartado d).

Donde dice:

Artículo 96. Fondo edificable

...

2. Con carácter particular, el área en contacto con el Ensanche se ajustará a lo prevenido en las Normas Urbanísticas del PGMO (4.2.2. VC3) que señalan un fondo edificable máximo de 13 metros, aunque el patio de manzana puede ser ocupado totalmente para usos no residenciales. Se indican las siguientes especialidades:

a) La parcela 05 de la manzana 76428 queda afectado por la norma E1(Vc3) del Plan General. Su aprovechamiento viene fijado por la longitud de fachada y 13 metros de fondo edificable, que podrán ser ordenados mediante Estudio de Detalle. La altura es la especificada en el Plan General.

b) Las parcelas 11, 12 y 13 de la manzana 80429 podrán aplicar lo prevenido en el artículo 4.2.8 de las Normas del Plan General vigente, relativo a los Estudios de Detalle.

c) Con respecto a la situación y régimen aplicable a los edificios, construcciones y cuerpos de edificación que exceden de los fondos definidos en este artículo, se estará a lo especificado en estas Normas Urbanísticas.

Se sustituye por:

Artículo 96. Fondo edificable

...

2. Con carácter particular, el área en contacto con el Ensanche se ajustará a lo prevenido en las Normas Urbanísticas del PGMO (4.2.2. VC3) que señalan un fondo edificable máximo de 13 metros, aunque el patio de manzana puede ser ocupado totalmente para usos no residenciales. Se indican las siguientes especialidades:

a) La parcela 05 de la manzana 76428 queda afectado por la norma E1(Vc3) del Plan General. Su aprovechamiento viene fijado por la longitud de fachada y 13 metros de fondo edificable, que podrán ser ordenados mediante Estudio de Detalle. La altura es la especificada en el Plan General.

b) Las parcelas 11, 12 y 13 de la manzana 80429 podrán aplicar lo prevenido en el artículo 4.2.8 de las Normas del Plan General vigente, relativo a los Estudios de Detalle.

c) Con respecto a la situación y régimen aplicable a los edificios, construcciones y cuerpos de edificación que exceden de los fondos definidos en este artículo, se estará a lo especificado en estas Normas Urbanísticas.

d). En las parcelas con equipamientos se estará a lo especificado en el Plan General.

Artículo 100.

Se modifica el apartado 4.

Donde dice:

Artículo 100. Número de Plantas

...

4. En las parcelas con equipamientos se estará a lo especificado en el Plan General. En todo caso, se reconoce la posibilidad de materializar un aprovechamiento suplementario equivalente al 15% del existente.

Se sustituye por:

Artículo 100. Número de Plantas

...

4. En las parcelas con equipamientos se estará a lo especificado en el Plan General.

Artículo 130.

Se modifica el apartado 3.

Donde dice:

Artículo 130. Condiciones generales

...

3. En los equipamientos existente antes de la aprobación del Plan, en el caso de ampliación el aprovechamiento final materializable será autorizable por la Comisión Técnica al caso. No obstante, la ocupación en planta no podrá exceder el 80%.

Se sustituye por:

Artículo 130. Condiciones generales

...

3. En los equipamientos existente antes de la aprobación del Plan, en el caso de ampliación el aprovechamiento final materializable será autorizable por la Comisión Técnica al caso.

5.2 NORMAS URBANÍSTICAS PARTICULARES DE LAS ÁREAS DE INTERVENCIÓN

Se modifican las normas de la siguiente área de intervención:

Área de Intervención CA-6 (San José)

Se modifican las normas de la siguiente unidad de ordenación:

Unidad de Ordenación UO2 del Área de Intervención CA-6 (San José)

Se crea una Unidad de Ordenación:

Unidad de Actuación UO5 del Área de Intervención CA-6 (San José)

5.2.1 Determinaciones Generales del área de intervención CA-6 (San José)

Donde dice:
















Se sustituye por:





















5.2.2 Área de Intervención CA-6. Unidad de actuación UO2.

Donde dice:




























































Se sustituye por:












?






























Plano. Unidad de Ordenación CA-6 / UO2









































5.2.3. Área de Intervención CA-6. Unidad de actuación UO5.

Se crea la norma urbanística particular de la unidad de ordenación:


















Plano. Unidad de Ordenación CA-6 / UO5












5.3. NORMAS URBANÍSTICAS PARTICULARES DE PARCELA.

En la página 190 de 197, del Documento Original del PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN Y PROTECCIÓN DEL CONJUNTO HISTÓRICO DE CARTAGENA.

DONDE DICE:

Manzana: 84405

E84405-C: Calle Sor Francisca Armendáriz, s/n // RU: Conservación - Renovación // RP: Sin protección // EI: - // EB: - // ZA: Zona A

NP: B+6 // UG: Dotacional. E. Genérico // SG: Ejecución Directa

SE SUSTITUYE POR:

Manzana: 84405

E84405-C: Calle Sor Francisca Armendáriz, s/n // RU: Fuera de Ordenación, por estar en unidad de O. que así lo exige// RP: Sin protección // EI: - // EB: - // ZA: Zona A

NP: Según lo determinado en el Área de Intervención correspondiente // UG: Dotacional. E. Educativo universitario // SG: Según lo determinado en el Area de intervención CA-6. Unidad UO-5

En la página 190 de 197, del Documento Original del PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN Y PROTECCIÓN DEL CONJUNTO HISTÓRICO DE CARTAGENA.

DONDE DICE:

Manzana: 84405

E84405-E: Cerro de San José, - // RU: Espacio público // RP: Espacio Natural de Interés // EI: - // EB: - // ZA: Ver Normativa Particular del Área de Intervención

NP: - (espacio público) // UG: Dotacional. Espacio libre público // SG: Espacio público ya obtenido

SE SUSTITUYE POR:

Manzana: 84405

E84405-E: Cerro de San José, - // RU: Espacio público // RP: Espacio Natural de Interés // EI: - // EB: - // ZA: Ver Normativa Particular del Area de Intervención

NP: - (espacio público) // UG: Dotacional. E. Educativo universitario // SG: Espacio público ya obtenido

En la página 191 de 197, del Documento Original del PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN Y PROTECCIÓN DEL CONJUNTO HISTÓRICO DE CARTAGENA.

DONDE DICE:

Manzana: 84424

E84424-01: Paseo Alfonso XIII, 38 // RU: Conservación - Renovación // RP: Sin protección // EI: - // EB: - // ZA: Sin zona

NP: B+2 // UG: Dotacional. E. Educativo universitario // SG: Ejecución Directa

SE SUSTITUYE POR:

Manzana: 84424

E84424-01: Paseo Alfonso XIII, 38 // RU: Conservación - Renovación // RP: Sin protección // EI: - // EB: - // ZA: Sin zona

NP: Según necesidades funcionales // UG: Dotacional. E. Educativo universitario // SG: Ejecución Directa

En la página 191 de 197, del Documento Original del PLAN ESPECIAL DE ORDENACIÓN Y PROTECCIÓN DEL CONJUNTO HISTÓRICO DE CARTAGENA.

DONDE DICE:

Manzana: 84424

E84424-02 Paseo Alfonso XIII, 40 // RU: Conservación - Renovación // RP: Sin protección // EI: - // EB: - // ZA: Sin zona

NP: B+2 // UG: Dotacional. E. Educativo universitario // SG: Ejecución Directa

SE SUSTITUYE POR:

Manzana: 84424

E84424-02: Paseo Alfonso XIII, 40 // RU: Conservación - Renovación // RP: Sin protección // EI: - // EB: - // ZA: Sin zona

NP: Según necesidades funcionales // UG: Dotacional. E. Educativo universitario // SG: Ejecución Directa

6. PLAN DE ACTUACIONES Y ESTUDIO ECONÓMICO

6.1 PLAN DE ACTUACIÓN

6.2 ESTUDIO ECONÓMICO FINANCIERO

7. CONCLUSIÓN

Anexo I. Documentos de adhesión a la propuesta de la Universidad Politécnica de Cartagena al campus de excelencia internacional.

Anexo II. Resolución de la convocatoria correspondiente al año 2009. mención de calidad. Programa campus de excelencia internacional.

Contra esta resolución podrá interponer Recurso de Reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante este Excmo. Ayuntamiento en el plazo de un mes, a partir de la publicación del presente, o bien interponer directamente, recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

El presente Edicto servirá de notificación a aquellas personas interesadas en el expediente y cuyo domicilio resulte desconocido.

Cartagena, 31 de enero de 2011.—El Gerente de Urbanismo, Jacinto Martínez Moncada.



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NPE: A-180211-2464