Administración Local
Cartagena
6633
NPE: A-170410-6633
IV. Administración Local
Cartagena
6633 | Aprobación definitiva del Plan Especial de edificio en plaza San Francisco n.º 22. |
En la sesión celebrada por el Excmo. Ayuntamiento Pleno el día ocho de marzo de dos mil diez, se adoptó el acuerdo de aprobación definitiva del Plan Especial de Edificio situado en Plaza San Francisco n.º 22, en el ámbito del Plan Especial de Ordenación y Protección del Casco Histórico de Cartagena, presentado por la mercantil MANGANORTE INMOBILIARIA SA.
ÍNDICE
MEMORIA DESCRIPTIVA Y JUSTIFICATIVA
NATURALEZA Y ÁMBITO DE LA ACTUACIÓN
ANTECEDENTES
OBJETO. OPORTUNIDAD DEL PLAN ESPECIAL
EFECTOS
PLANOS
Se incorporan en el presente documento los planos necesarios para especificar formalmente las condiciones de la futura construcción:
- Plano de situación y emplazamiento
- Planos de fachadas y sección con definición formal y descripción de materiales a utilizar
- Plano de cubierta
NORMAS ESPECIFICAS
Las normas establecidas en el presente documento tendrán carácter VINCULANTE para la construcción que se desarrolle en su ámbito de actuación.
CUBIERTA
Se atendrá a la definición formal y características de materiales establecidas en los planos del presente documento.
CORNISA
La coronación de la construcción y el elemento de cornisa intermedia existente se ajustará a lo establecido en los planos de alzados y sección del presente documento, realizándose en modo idéntico a la existente y resaltando el énfasis pretendido mediante los retranqueos propuestos para el cuerpo definido por las dos últimas plantas.
FACHADAS
Tanto los materiales como los elementos de fachada, definición y dimensiones de huecos, balcones, carpintería, cerrajería y ornamentación se atendrán a la definición formal y características de materiales establecidas en los planos del presente documento y serán, como se indicó anteriormente, vinculantes.
Se mantendrá la fachada catalogada en plantas baja, primera y segunda, restaurándola en su totalidad y sustituyendo los elementos precisos (carpinterías de madera esencialmente), que se repondrán con las mismas características de los elementos originales.
RÓTULOS
Se ajustarán a lo establecido en el art. 221 del PEOPCH excepto en lo referente al punto a) ya que no se establecerá como necesaria su semejanza con los rótulos de carácter modernista de principios de siglo.
INSTALACIONES
Se ajustarán a lo establecido en el art. 123 del PEOPCH.
PLAN DE ACTUACIÓN
ESTUDIO ECONÓMICO
Cumplimiento de los anexos II y III de la Orden de la Consejería de Desarrollo Sostenible y Ordenación del Territorio de 12 de noviembre de 2007 por la que se hacen públicos los criterios de aplicación del trámite de evaluación ambiental estratégica a determinados tipos de instrumentos de planeamiento urbanístico.
Contra esta resolución se podrá interponer recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, ante este Excmo. Ayuntamiento en el plazo de un mes, a partir de la publicación del presente, o bien interponer directamente, recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
El presente edicto servirá de notificación a aquellas personas interesadas en el expediente y cuyo domicilio resulte desconocido.
Cartagena a 15 de marzo de 2010.—El Gerente de Urbanismo, Jacinto Martínez Moncada.
NPE: A-170410-6633