Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación de los Estatutos del Consorcio Administrativo La Manga Consorcio.

Borm Nº 289, viernes 16 de diciembre de 2022

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Cartagena

Nº de Publicación:

6561

NPE: A-161222-6561

TEXTO

IV. Administración Local

Cartagena

6561 Aprobación definitiva de la modificación de los Estatutos del Consorcio Administrativo La Manga Consorcio.

Por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento de Cartagena, en sesión de Pleno celebrada el día 28 de julio de 2022, se adoptó acuerdo de modificación de los Estatutos del Consorcio Administrativo La Manga Consorcio, a petición de sesión de su Consejo General celebrado el día 19 de abril de 2022, del que forma parte como miembro del mismo, el cual está adscrito a dicha Administración municipal.

A los efectos de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, según lo establecido en el artículo 119 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, se abrió plazo de información pública y audiencia a los interesados por plazo de treinta días para la presentación de reclamaciones y sugerencias. En el caso de que no se hubiera presentado ninguna reclamación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.

Una vez transcurrido dicho plazo, tras publicación en el BORM n.º 185 de 11-08-2022 y en el Tablón Municipal de Edictos, anuncio 2022-IFSAN/84, sin que se hayan presentado reclamaciones ni sugerencias, queda definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional, conforme a lo establecido en el citado artículo 49 LRBRL.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el presente acuerdo de aprobación definitiva entrará en vigor una vez publicado completamente su texto y haya transcurrido el plazo previsto en el artículo 65.2 de dicha Ley.

En cumplimiento a lo previsto, se publica el texto íntegro del acuerdo, contra el que podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, a partir de su publicación, en el plazo de dos meses ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, conforme a lo establecido en los artículos 10.1 b) y 46 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

TEXTO DEL ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL CONSORCIO ADMINISTRATIVO LA MANGA CONSORCIO

Se da nueva redacción al artículo 1 de los Estatutos en los siguientes términos:

“Artículo 1. Constitución y régimen de adscripción.

1. Los Ayuntamientos de Cartagena y San Javier, al amparo de lo dispuesto en los artículos 118 y siguientes de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, 57 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, artículo 76.2 de la Ley 6/1988, de Régimen Local de la Región de Murcia, y demás normativa concordante, se consorcian para efectuar, en el ámbito territorial formado por las poblaciones de Las Barracas, Los Belones, Cabo de Palos, Cala Reona, Cobaticas, Islas Menores, Mar de Cristal, Playa Honda y La Manga del Mar Menor, la cooperación técnica, económica y administrativa en materia de los servicios públicos y actividades de interés local que se presten o se desarrollen en el área descrita o que puedan prestarse o desarrollarse en el futuro, con exclusión de aquellos que impliquen ejercicio de autoridad.

2. Podrán incorporarse al Consorcio entidades públicas con competencias en la materia objeto del Consorcio, y entidades privadas sin ánimo de lucro que persigan fines de interés público, concurrentes con los de las Administraciones Públicas consorciadas, y previo acuerdo del Consejo General y cumplimiento de la vigente normativa de régimen jurídico del sector público y de régimen local.

3. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, de acuerdo con los criterios establecidos, ordenados por prioridad en su aplicación y referidos a la situación en el primer día del ejercicio presupuestario, el Consorcio quedará adscrito, en cada ejercicio presupuestario y por todo este periodo, al Ayuntamiento de Cartagena. Cualquier cambio de adscripción se realizará conforme a lo previsto en dicha norma.”

Se añaden los apartados 8 y 9 al artículo 3 Fines del Consorcio:

“8. El impulso y desarrollo turístico en el ámbito territorial de actuación del Consorcio.

9. Coordinación en materia turística con los Ayuntamientos de Cartagena y San Javier, así como con cualesquiera otras entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro con fines turísticos”.

Se da nueva redacción al apartado 1 del artículo 6 Domicilio:

“1. El Consorcio tendrá su domicilio en Gran Vía de La Manga, km 1’4 Edificio Stella Maris, Bajo, 30380 La Manga del Mar Menor.”


Cartagena, 5 de octubre de 2022. La Alcaldesa-Presidenta, Noelia María Arroyo Hernández.

NPE: A-161222-6561