Administración Local
Caravaca de la Cruz
10330
NPE: A-040712-10330
IV. Administración Local
Caravaca de la Cruz
10330 | Aprobación definitiva de la Modificación Puntual no Estructural n.º 72 del PGMO de Caravaca de la Cruz. |
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de junio de 2012, aprobó definitivamente la Modificación Puntual No Estructural nº 72 del Plan General Municipal de Ordenación de Caravaca de la Cruz. “Adecuación de los apartados 1 y 2 del Art.º 5.32 “Escaleras” a la normativa técnica vigente”.
“Se aprueba el siguiente texto para los apartados 1 y 2 del artículo 5.32 “Escaleras”, de las Normas Urbanísticas del Plan General.
Artículo 5.32 Escaleras.
1.- Los peldaños de las escaleras de los espacios comunes, en edificios de viviendas de nueva construcción, se adecuarán a las dimensiones establecidas en las normas sectoriales vigentes. En los casos de edificios existentes se permitirá reducir el ancho de los peldaños para la autorización de instalación de ascensores en los casos y con las condiciones que se recogen en la normativa sectorial vigente.
2.- Las huellas y contrahuellas se adaptarán en sus dimensiones y uniformidad a las condiciones establecidas en las normativa sectorial vigente”.
Haciendo saber a las personas interesadas que contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que lo adoptó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel al de la presente publicación, conforme a lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente al de la presente publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro que estimen oportuno.
Asimismo, y de conformidad con lo establecido en artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente publicación se realiza a los efectos de los posibles interesados desconocidos o de ignorado domicilio, o que intentada la notificación no se haya podido practicar.
Caravaca de la Cruz, 29 de junio de 2012.—El Alcalde, Domingo Aranda Muñoz
NPE: A-040712-10330