Región de Murcia

Resolución oferta de empleo público 2023.

Borm Nº 276, miércoles 29 de noviembre de 2023

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Caravaca de la Cruz

Nº de Publicación:

6839

NPE: A-291123-6839

TEXTO

IV. Administración Local

Caravaca de la Cruz

6839 Resolución oferta de empleo público 2023.

Por Resolución de Alcaldía número 3.694, de fecha 15 de noviembre de 2023, se ha aprobado la Resolución de la Alcaldía siguiente:

Considerando.- Que el Informe de la Responsable de Recursos Humanos, de fecha 10 de octubre de 2023, csv: HZAAMRKR9FTQCMUUE3M7, establece:

“Que en el año 2022 hubo diez bajas de empleados fijos (personal funcionario) en el Excmo. Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz, en los siguientes sectores, ámbitos, cuerpos o categorías:

- Una plaza de Ordenanza, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Subalterno, Grupo E.

- Una plaza de Educadora Infantil, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, Grupo C, Subgrupo C2.

- Una plaza de Auxiliar Administrativo, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo C, Subgrupo C2.

- Una plaza de Administrativo, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Administrativo, Grupo C, Subgrupo C1.

- Una plaza de Técnico de Administración General, perteneciente a la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Clase Superior, Grupo A, Subgrupo A1.

- Dos plazas de Agente, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo C, Subgrupo C1.

- Una plaza de Subinspector, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Grupo B.

- Una plaza de Ingeniero de Caminos, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, Grupo A, Subgrupo A1.

- Una plaza de Auxiliar Técnico de Jardinería, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Personal de Oficios, Grupo C, Subgrupo C1

Considerando.- Que la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, dedica su artículo 20 a la regularización de las ofertas de empleo público o instrumentos similares limitando la incorporación de nuevo personal, y en concreto, y a lo que a nosotros interesa, establece la siguiente regulación:

“Dos. 1. La Oferta de Empleo Público se articulará a través de las siguientes tasas de reposición de efectivos:

a) En los sectores prioritarios la tasa será del 120 por cien y en los demás sectores del 110 por cien.

b) Las entidades locales que tuvieran amortizada su deuda financiera a 31 de diciembre del ejercicio anterior tendrán un 120 por cien de tasa en todos los sectores.

c) La tasa será del 125 por ciento para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuerpos de Policía Autonómica y Policías Locales, que se considerarán también sectores prioritarios.

d) La tasa específica, en los términos previstos en el apartado dos.4.

Considerando.- Que las diez bajas producidas en 2022 corresponden a empleados fijos, y a sectores de carácter prioritario, excepto las plazas de Educadora Infantil y Auxiliar Técnico de Jardinería, que pertenecen a sectores de carácter no prioritario, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 20.Dos.3 de la LGPE 2023.

Considerando.- Que en función de las diez bajas producidas se podrá reponer el 125% de las bajas producida en la categoría de Agente de Policía y Subinspector, el 120% de las de Ordenanza, Auxiliar Administrativo, Técnico de Administración General, Administrativo e Ingeniero de Caminos y el 110% de las dos bajas producidas en las categorías de Educadora Infantil y Auxiliar Técnico de Jardinería; en definitiva, podrá ofertarse DOCE PLAZAS, debiendo aplicarse a estas mismas plazas o, a otras plazas correspondientes a sectores considerados prioritarios.

Considerando.- Que se pretende proponer aprobar la Oferta de Empleo Público 2023 con las siguientes plazas:

1 plaza de Educadora Infantil.

2 plazas de Conserje, perteneciente a sectores de carácter prioritario (letra ñ. las relacionadas con la atención a los ciudadanos en los servicios públicos.

1 plaza de Auxiliar Administrativo, perteneciente a sectores de carácter prioritario (letra e y ñ. Asesoramiento jurídico y gestión de los recursos públicos y las relacionadas con la atención a los ciudadanos en los servicios públicos.

1 plaza de TAG, perteneciente a sectores de carácter prioritario (letra e. Asesoramiento jurídico y gestión de los recursos públicos

2 plazas de Agente policía, perteneciente a sectores de carácter prioritario (letra Dos. c

2 plazas de Administrativo, perteneciente a sectores de carácter prioritario (letra e y ñ. Asesoramiento jurídico y gestión de los recursos públicos, y las relacionadas con la atención a los ciudadanos en los servicios públicos.

1 plaza de Ingeniero Caminos, perteneciente a sectores de carácter prioritario (letra e. Asesoramiento jurídico y gestión de los recursos públicos

1 plaza de Auxiliar Técnico Jardinería.

1 plaza de Técnico de Gestión, perteneciente a sectores de carácter prioritario (letra e. Asesoramiento jurídico y gestión de los recursos públicos)

Plazas que no computan en la tasa de reposición por declaración de indefinido no fijo por sentencia judicial:

3 plazas de Controlador Zona Azul

1 plaza Encargado Zona Azul

Plazas por promoción interna:

1 plaza de Subinspector

2 plazas de Auxiliar Administrativo

2 plazas de Oficial de Primera Electricista

3 plazas de Administrativo

Considerando.- Que la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en su artículo 91.1 prevé que las Entidades Locales formularán públicamente su oferta de empleo, ajustándose a los criterios fijados en la normativa básica estatal. Añade el artículo 128.1 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local, que la Oferta de Empleo Público se aprobará y publicará en el plazo de un mes desde la aprobación del Presupuesto, ajustándose a la legislación básica del Estado sobre función pública y a los criterios que reglamentariamente se establezcan en desarrollo de la normativa básica estatal, para su debida coordinación con las ofertas de empleo del resto de las Administraciones Públicas.

Considerando.- Que el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que las necesidades de recursos humanos, con asignación presupuestaria, que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso serán objeto de la Oferta de Empleo Público -OEP, u otro instrumento similar de gestión de la provisión de las necesidades de personal, lo que comportará la obligación de convocar los correspondientes procesos selectivos para las plazas comprometidas, fijando el plazo máximo para la convocatoria de los mismos. En todo caso, la ejecución de la Oferta de Empleo Público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años; se aprobará anualmente por los órganos de Gobierno de las Administraciones Públicas y deberá ser publicada en el Diario Oficial correspondiente.

Considerando.- Que la aprobación de la OEP corresponde a la Alcaldía, en virtud de lo previsto en el artículo 22.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Considerando.- Que la propuesta, por aplicación de lo dispuesto en los artículos 36.3 y 37.1.c) y 37.1.l) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, será objeto de negociación previa en la respectiva mesa general de negociación, por afectar a materias comunes a personal funcionario y laboral.

En uso de las atribuciones que me confieren los artículos 21 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,

Resuelve:

Primero.- La aprobación de la siguiente Oferta de Empleo Público para el ejercicio 2023:

1. Plazas por tasa de reposición de efectivos:

FUNCIONARIOS DE CARRERA

SUBGRUPO ESCALA SUBESCALA CLASE CATEGORÍA VACANTES
C2 AE SE CE Educadora Infantil 1
E AG SU Conserje 2
C2 AG AUX Auxiliar Administrativo 1
A1 AG T SUP Técnico de Administración General 1
C1 AE SE POLICÍA LOCAL Agente 2
C1 AG AD Administrativo 2
A1 AE T SUP Ingeniero de Caminos 1
C1 AE SE PO Auxiliar Técnico Jardinería 1
A2 AG T M Técnico de Gestión 1

2. Plazas que no computan en la tasa de reposición de efectivos:

LABORAL FIJO

SUBGRUPO ESCALA SUBESCALA CLASE CATEGORÍA VACANTES
E AG SU Controlador Zona Azul 3
E AG SU Encargado Zona Azul 1


3. Plazas por promoción interna:

SUBGRUPO ESCALA SUBESCALA CLASE CATEGORÍA VACANTES
B AE SE POLICÍA LOCAL Subinspector 1
C2 AG AUX Auxiliar Administrativo 2
C1 AE SE PO Oficial Primera Electricista 2
C1 AG AD Administrativo 3


Segundo.- La Oferta de Empleo Público será publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, en el tablón de anuncios y web municipal, para general conocimiento e interposición de los recursos que, en su caso, los interesados consideren oportuno.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde, D. José Francisco García Fernández, en Caravaca de la Cruz, a fecha de firma electrónica.

En Caravaca de la Cruz, 17 de noviembre de 2023. El Alcalde, José Francisco García Fernández.

NPE: A-291123-6839