Administración Local
Campos del Río
20444
NPE: A-301209-20444
IV. Administración Local
Campos del Río
20444 | Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora en ocupaciones privativas o aprovechamientos especiales del dominio público local. |
Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Campos del Río de fecha 20 de noviembre de 2009, aprobando la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora en ocupaciones privativas o aprovechamientos especiales del dominio público local, sin que se haya producido reclamación alguna, se eleva a definitivo ésta, por lo que, para dar cumplimiento a lo preceptuado en el art. 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se publica íntegramente el texto de las modificaciones introducidas:
A.-) Por la utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con puestos en el mercado semanal:
1.-) Zona de puestos fijos:
Reserva de puestos: 50 € /año.
Ocupación vía pública: 1 €./ metro lineal/ día.
2.-) Zona de puestos libres:
Cuota fija: 2 €/ día de mercado.
Ocupación de vía pública: 1,5 €/metro lineal/día.
B.-) Por la utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con puestos, casetas, barracas, espectáculos o atracciones,:
3 €./metro lineal /día.
C.-) Por la utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública con mesas o sillas con finalidad lucrativa:
2 €./ metro lineal / día.
D.-) Por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público, por entrada de vehículos a través de aceras y reserva de la vía pública para aparcamiento exclusivo:
60 €./año.
E.-) Por la utilización privativa o aprovechamiento especial de la vía pública mediante la ocupación realizada con mercancías, escombros, materiales, vallas, andamios y otras instalaciones análogas: 1,5 €./ metro lineal /día.
La presente ordenanza, con su modificación entrará en vigor el 1 de enero de 2010, comenzando su aplicación una vez publicada en el B.O.R.M., manteniéndose vigente hasta tanto no se acuerde su modificación o derogación”.
Contra las modificaciones de la Ordenanza publicada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, conforme a lo previsto en el art. 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
NPE: A-301209-20444