Región de Murcia

Aprobación definitiva de modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de casas de baño, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos.

Borm Nº 18, miércoles 23 de enero de 2013

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Calasparra

Nº de Publicación:

1021

NPE: A-230113-1021

TEXTO

IV. Administración Local

Calasparra

1021 Aprobación definitiva de modificación de ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación de los servicios de casas de baño, duchas, piscinas, instalaciones deportivas y otros servicios análogos.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de fecha 29-11-2012 sobre la modificación de la Ordenanza fiscal Reguladora de la Tasa por la Prestación de los Servicios de Casas de Baño, Duchas, Piscinas, Instalaciones Deportivas y Otros Servicios Análogos, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Artículo 6. Cuota Tributaria

La cuota tributaria se determinará en aplicación de las siguientes

Tarifas

???CONCEPTO IMPORTE €
I. PISCINA  
Entrada niño 2,00
Entrada adulto 3,00
Entrada pensionista (sólo titular) 2,00
Bono baño niño 7 baños 11,50
Bono baño niño 15 baños 22,50
Bono baño niño 30 baños 42,00
Bono baño adulto 7 baños 17,25
Bono baño adulto 15 baños 33,75
Bono baño adulto 30 baños 63,00
Bono baño 3ª Edad 7 baños 11,50
Bono baño 3ª Edad 15 baños 22,50
Bono baño 3ª Edad 30 baños 42,00
II. ESCUELAS DEPORTIVAS (por mes)  
Fútbol 17,00
Baloncesto 17,00
Gimnasia Rítmica 17,00
Orientación 25,00
Tenis 17,00
Fútbol Sala 17,00
Aerobic infantil, juvenil 17,00
Escuela Polideportiva 17,00
Escuela de Atletismo 17,00
Ajedrez 17,00
Balomnano y voleibol 17,00
Tenis de mesa 17,00
Montañismo 17,00
Ciclismo 17,00
Spining 19,00
Pilates 19,00
Musculacion 19,00
Tenis adultos 19,00
Gimnasia de mantenimiento 19,00
Aerobic 19,00
Yoga 19,00
Aguagim 24,00
Sesión individual en actividades de adultos 3,00
Natación 1 mes 24,00
DESCUENTOS ESCUELAS DEPORTIVAS  
50% Becas. Pensionistas
?5% por pago anual anticipado
III. INSTALACIONES (por hora).  
Pista de tenis sin luz 1,50
Pista de tenis con luz 2,50
Pista de baloncesto sin luz 5,00
Pista de baloncesto con luz 7,00
Pista polideportiva sin luz 7,00
Pista polideportiva con luz 14,00
Campo de fútbol sin luz 32,00
Campo de fútbol con luz 58,00
Campo F-7 sin luz 20,00
Campo F-7 con luz 26,00
IV. INSTALACIONES (por hora y media).  
Pista de pádel sin luz 7,00
Pista de pádel con luz 10,00
V. PABELLÓN (por hora).  
Pista completa sin luz 14,00
Pista completa con luz 20,00
Pista transversal sin luz 5,00
Pista transversal con luz 7,00
VI. OTROS.  
Alquiler de raquetas de padel 1,00

Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

En Calasparra, a 17 de enero de 2013.—El Alcalde, Jesús Navarro Jiménez



NPE: A-230113-1021