Administración Local
Blanca
11551
NPE: A-201115-11551
IV. Administración Local
Blanca
11551 | Aprobación definitiva de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por la prestación de servicios urbanísticos. |
Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Blanca en sesión del 10 de septiembre de 2015, mediante el que se aprobó la modificación de las ordenanzas fiscales que abajo se detallan, sin que se haya producido alegación alguna, se eleva a definitivo de manera automática el mismo, por lo que para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se publica íntegramente el texto:
2.º- Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de las tasas por la prestación de servicios urbanísticos.
Anexo I - Tarifas
Epígrafe 1 - Trámites Generales
CLAVE | HECHO IMPONIBLE | IMPORTE |
1.1 | Tasa General para solicitudes varias, no previstas en apartados posteriores | 20 € |
1.2 | Cedula Urbanística | 35 € |
1.3 | Otros Certificados Urbanísticos de los Servicios Técnicos | 25 € |
Epígrafe 2 - Autorizaciones urbanísticas: licencias, y comunicaciones previas
CLAVE | HECHO IMPONIBLE | IMPORTE* |
2.1 | Tasa Licencias de obra | 0,5% del presupuesto o modulo Icio** |
2.2 | Tasa por Declaración responsable de obras y otras actuaciones urbanísticas | 0,5% del presupuesto o modulo Icio** |
2.3 | Tasa Comunicación previa de obra menor | 0,5% del presupuesto o modulo Icio** |
2.4 | Tasa Declaración responsable de obra vinculada a actividades | 0,5% del presupuesto o modulo Icio** |
2.5 | Prorroga de plazos de licencia/declaración responsable/ comunicación previa | 35 € |
2.6 | Transmisión de licencia/declaración responsable/ comunicación previa | 35 € |
2.7 | Tira de cuerdas, actas de recepción, y demás actuaciones análogas | 95 € |
* Se fija una tasa mínima de 10 euros
** Se aplicará como regla general el importe resultante de aplicación de los módulos previstos en la Ordenanza Fiscal del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras, y en su defecto, o dar un resultado superior a estos, el presupuesto.
Epígrafe 3 - Licencias de Primera Ocupación y Cedulas de habitabilidad
CLAVE | HECHO IMPONIBLE | IMPORTE |
3.1 | Por Primera Ocupación de Edificaciones | 45 € |
3.2 | Por Primera Ocupación de Edificaciones de carácter plurifamiliar o con diferentes construcciones que forman independientes | Tasa base 45 € más 30 € por vivienda/construcción independiente. |
3.3 | Por Cedula de habitabilidad (Segunda y posteriores ocupaciones) | 30 € |
3.4 | Informe Habitabilidad para Reagrupación Familiar y similares | 25 € |
Epígrafe 4 - Licencias de Segregación, complejos inmobiliarios y propiedad horizontal
CLAVE | HECHO IMPONIBLE | IMPORTE |
4.1 | Licencia de Segregación | Tasa base 25 €, más 15 € por finca segregada |
4.2 | Autorización / Modificación de complejo inmobilario y/o propiedad horizontal* | Tasa base 30 €, más 20 € por unidad. |
* Sólo cuando se otorga de manera independiente de una licencia de obra
Epígrafe 5 - Ruinas, y estado de construcciones
CLAVE | HECHO IMPONIBLE | IMPORTE |
5.1 | Por expediente de declaración de ruina | 150 € |
5.2 | Por emisión de informe vinculado a la declaración de obra nueva, o antigüedad | 30 € |
5.3 | Declaración de fuera de la ordenación o análogo a los efectos del Art.20.4 del TR Ley Suelo | 50 € |
Epígrafe 6 - Autorización excepcional de uso
CLAVE | HECHO IMPONIBLE | IMPORTE |
6.1 | Tramitación de autorización de uso excepcional (Art.86 TRLSRM) | 150 € |
Epígrafe 7 - Tramitación de instrumentos de planeamiento, gestión, etc
CLAVE | HECHO IMPONIBLE | IMPORTE |
7.1 | Tramitación de expedientes de planteamiento promovidos por particulares (modificación del PGOU, programas de actuación urbanística, planes parciales y planes especiales, estudio de detalle y cualesquiera otros que contemple la legislación del suelo), así como la delimitación de polígonos y unidades de actuación | 300€ |
7.2 | Tramitación de estatutos y juntas de compensación | 200€ |
7.3 | Restantes supuestos de expedientes de gestión | 150€ |
Epígrafe 8 - Expedición de copias y documentos urbanísticos.
CLAVE | HECHO IMPONIBLE | IMPORTE |
8.1 | Copia digital de planes, estudios detalle, etc | 12,50 € |
8.2 | Copia digital de proyectos urbanización, reparcelación, proyectos técnicos, etc | 12,50 € |
Contra los presentes acuerdos podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Blanca a 27 de octubre de 2015.—El Alcalde, Pedro L. Molina Cano
NPE: A-201115-11551