Administración Local
Blanca
12358
NPE: A-080812-12358
IV. Administración Local
Blanca
| 12358 | Aprobación definitiva de la modificación de varias ordenanzas reguladoras de tasas municipales. |
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, como así consta en Certificado de Secretaria de fecha 3 de agosto de 2012, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de 21 de junio de 2012 del Ayuntamiento de Blanca sobre la modificación de varias Ordenanzas Reguladoras de Tasas municipales, haciéndose público el texto de las modificaciones, en cumplimiento del artículo 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales:
1.º- “Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación del servicio de suministro de agua potable”
Artículo 7.- El importe de esta tasa, no excede en su conjunto, del coste previsible de esta actividad administrativa, para cuya determinación se ha tenido en cuenta los informes técnico-económico a que hace referencia el artículo 25 del RD legislativo 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el TRLRHL:
Las tarifas son la que siguen:
| TARIFAS | Núcleo urbano | Huerta | Industrial | Nuevos Residenciales |
| Cuota de servicio (€, abonado /bimestre) | 9,00 | 14,00 | 14,00 | 14,00 |
| Cuota de consumo (€ m3, abonado/bimestre) | 0,700 | 1,050 | 1,150 | 1,050 |
| Cuota de conservación de acometidas (€,ab/bimestre) | 1,200 | 1,550 | 1,850 | 1,800 |
| Cuotas de conservación de contadores (€,ab/bimestre) | 1,150 | 1,350 | 1,725 | 1,250 |
2.º- “Ordenanza reguladora de la Tasa por utilización de acometidas, servicios de alcantarillado y depuración de aguas residuales”
Artículo 6.- Constituye la base imponible de esta Tasa:
2.- En el servicio de alcantarillado, el importe del recibo de agua potable compuesto por los dos sumandos de cuota de servicio más la cuota de consumo.
En Blanca, 3 de agosto de 2012.—El Alcalde, Rafael Laorden Carrasco
NPE: A-080812-12358