Administración Local
Blanca
10096
NPE: A-061015-10096
IV. Administración Local
Blanca
10096 | Aprobación definitiva de la modificación n.º 2 del Plan General Municipal de Ordenación de Blanca. |
Por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Blanca, en sesión celebrada de 10/09/2015, se ha aprobado definitivamente la Modificación n.º 2 del Plan General Municipal de Ordenación de Blanca de carácter no estructural, en relación a modificación de Normas Urbanísticas, regulando el uso funerario:
<<Art. I.4. 29.- Uso dotacional. Definición y clases.
………….
a) Equipamiento (E):
…………….
vii.(FU) Funerario y Mortuorio.
……………..
El Sistema de Equipamientos comprende las siguientes clases:
………..
g) (FU) Funerario y Mortuorio: Cementerios, Tanatorios, Crematorios, Salas de Velatorio, Empresas Funeraria y de Servicios fúnebres.>>
Conforme a lo establecido en el art. 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, contra el presente Acuerdo que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia en el plazo máximo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante, y, sin perjuicio de la formulación de cualquier otro que se estime procedente, podrá interponerse –previamente al contencioso-administrativo-recurso de reposición ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, computado desde el del día siguiente al de su publicación, no pudiéndose, en este caso, interponer el recurso contencioso- administrativo hasta que el de reposición sea resuelto expresamente o desestimado presuntamente por el transcurso de un mes desde su interposición sin que se le haya notificado resolución expresa.
El presente anuncio servirá de notificación a aquellos interesados desconocidos o cuyo paradero se ignore y a los que no se hubiere podido practicar, conforme lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.
En Blanca, a 24 de septiembre de 2015.—El Alcalde, Pedro L. Molina Cano
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