Administración Local
Beniel
4615
NPE: A-250820-4615
IV. Administración Local
Beniel
4615 | Aprobación definitiva de modificación de ordenanza fiscal. |
Habida cuenta que el Pleno del Ayuntamiento de Beniel, en sesión celebrada el día 21.05.20, adoptó acuerdo de aprobar la modificación de las Ordenanzas Fiscales reguladoras de los Tributos vigentes en este Ayuntamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, y habiéndose elevado a definitivo dicho acuerdo, a continuación se transcriben íntegramente las modificaciones efectuadas:
“N.º 9 tasa por la ocupación de la vía pública con puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo situados en terrenos de uso público local.
Se introduce nueva Disposición Transitoria Única, cuya redacción queda como sigue a continuación:
Disposición transitoria única.
1.- Con motivo de los perjuicios económicos producidos como consecuencia de la declaración del estado de alarma por la emergencia sanitaria COVID-19, se suspende la aplicación de la Tasa establecidas en esta Ordenanza Fiscal por el concepto de tasa por ocupación de la vía pública con mesas y sillas, durante el periodo comprendido desde el inicio de la declaración del estado de alarma y hasta el 31 de diciembre de 2020”.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, contra la modificación de las referenciadas ordenanzas se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación de este edicto en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”.
En Beniel, a 14 de agosto de 2020. La Alcaldesa-Presidenta, M.ª Carmen Morales Ferrando.
NPE: A-250820-4615