Región de Murcia

Anuncio de aprobación definitiva de modificación presupuestaria n.º 8/2023, mediante el procedimiento de transferencias de crédito entre aplicaciones con distinta área de gasto.

Borm Nº 124, miércoles 31 de mayo de 2023

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Archena

Nº de Publicación:

3434

NPE: A-310523-3434

TEXTO

IV. Administración Local

Archena

3434 Anuncio de aprobación definitiva de modificación presupuestaria n.º 8/2023, mediante el procedimiento de transferencias de crédito entre aplicaciones con distinta área de gasto.

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 28 de abril de 2023, acordó la aprobación inicial del expediente de modificación presupuestaria nº 8 del vigente Presupuesto del ejercicio 2022 prorrogado para el 2023, mediante el procedimiento de transferencias de crédito entre aplicaciones presupuestarias con distintas áreas de gasto, publicado en el BORM de fecha 3 de mayo de 2023, número 100.

Considerándose aprobado definitivamente el expediente, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del artículo 179.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, cuyo resumen por capítulos es:

Partidas a aumentar.

Partidas a Aumentar. Concepto. Importe.
334.22610 Promoción cultural. Actividades culturales. 40.000,00
338.22610 Fiestas populares y festejos. Fiestas Corpus 160.000,00
338.22612 Fiestas populares y festejos. Otros festejos. 15.000,00
342.22102 Instalaciones deportivas. Combustible. Piscina cubierta. 15.000,00
450.22103 Admón. Gral. Infraestructuras. Combustibles y carburantes. 10.000,00
240.000,00

Partidas a disminuir:

Partidas a Disminuir. Concepto. Importe.
925.22614 Atención a los Ciudadanos. Covid-19 240.000,00
240.000,00

Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, las personas interesadas podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art. 113.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Archena, mayo de 2023. La Alcaldesa-Presidenta, Patricia Fernández López.

NPE: A-310523-3434