Administración Local
Archena
5731
NPE: A-160921-5731
IV. Administración Local
Archena
5731 | Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito al Presupuesto Municipal de 2021. |
De conformidad con lo establecido en el artículo 169 del T.R.L.R.H.L., aprobado por R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público el expediente de modificación de crédito al Presupuesto Municipal de 2021, en la Modalidad de Crédito Extraordinario y Suplemento de Crédito, aprobado inicialmente en el Pleno del 30 de julio de 2021 y publicado en el BORM de fecha 10 de agosto de 2021 número 183, y que se considera aprobado definitivamente al no haberse presentado reclamaciones, cuyo resumen por capítulos es:
1. OPERACIONES DE CAPITAL (INVERSIONES)
MODALIDAD: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS Y SUPLEMENTO DE CRÉDITO
El expediente de modificación de créditos del Presupuesto en vigor adopta modalidad de Créditos Extraordinarios y Suplemento de Crédito, financiado con bajas de otras aplicaciones presupuestarias, de acuerdo con el siguiente detalle:
Partidas a crear:
PARTIDA | DENOMINACIÓN | IMPORTE | |
1622 | 62209 | Gestión Residuos Sólidos Urbanos. Punto Limpio. | 48.000,00 |
231 | 61908 | Rehabilitación Edif. SS.SS y Mujer | 46.000,00 |
336 | 78002 | Subv. Protección Patrimonio-Histórico-Artístico. | 2.517,72 |
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS | 96.517,72 |
Partidas a aumentar:
PARTIDA DENOMINACIÓN IMPORTE
PARTIDA | DENOMINACIÓN | IMPORTE | |
164 | 60900 | Reparación y Ampliación del Cementerio | 3.000,00 |
920 | 624 | Admón. Gral. Elementos de Transporte | 12.000,00 |
450 | 62701 | Proyectos Técnicos | 12.000,00 |
342 | 61903 | Instalaciones deportivas. Adecuación Piscina Municipal | 50.000,00 |
SUPLEMENTO DE CRÉDITO | 77.000,00 |
TOTAL EXPEDIENTE: 173.517,72
FINANCIACIÓN:
Esta modificación se financia con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
Partidas a disminuir:
PARTIDA DENOMINACIÓN IMPORTE
PARTIDA | DENOMINACIÓN | IMPORTE |
151. 60001 | Adquisición de Terrenos | 10.000,00 |
454. 61911 | Reparación Camino Acequia de Molina | 26.000,00 |
450. 61990 | Reconocimiento Extrajudicial de Crédito | 10.000,00 |
151. 60905 | Muro de La Algaida | 27.517,72 |
459. 61912 | Inversiones Cofinanciadas | 80.000,00 |
924. 62901 | Presupuestos Participativos | 20.000,00 |
TOTAL DISMINUCIÓN | 173.517,52 |
TOTAL EXPEDIENTE: 173.517,72
2. OPERACIONES CORRIENTES. (BIENES Y SERVICIOS Y TRANSFERENCIAS).
MODALIDAD: CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS Y SUPLEMENTO DE CRÉDITO
El expediente de modificación de créditos del Presupuesto en vigor adopta modalidad de Créditos Extraordinarios y Suplemento de Crédito, financiado con bajas de otras aplicaciones presupuestarias, de acuerdo con el siguiente detalle:
Partidas a crear:
PARTIDA DENOMINACIÓN IMPORTE
PARTIDA | DENOMINACIÓN | IMPORTE | |
163. | 22619 | Limpieza viaria. Otros Gastos. Extraordinarios | 72.000,00 |
171 | 22618 | Parques y Jardines. Otros Gastos Extraordinarios | 72.000,00 |
920 | 202 | Arrendamientos Edificios y otras construcciones | 6.000,00 |
CRÉDITOS EXTRAORDINARIOS | 150.000,00 |
Partidas a aumentar:
PARTIDA DENOMINACIÓN IMPORTE
PARTIDA | DENOMINACIÓN | IMPORTE | |
334 | 22699 | Concejalía de Cultura | 20.000,00 |
920 | 48901 | Asociaciones sin fines de lucro | 40.000,00 |
SUPLEMENTO DE CRÉDITO | 60,000,00 |
FINANCIACIÓN:
Esta modificación se financia con cargo a bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
Partidas a disminuir:
PARTIDA DENOMINACIÓN IMPORTE
PARTIDA | DENOMINACIÓN | IMPORTE |
925 22614 | Gastos COVID-19 | 210.000,00 |
TOTAL DISMINUCIÓN | 210.000,00 |
TOTAL EXPEDIENTE: 210.000,00
Contra esta aprobación definitiva, en virtud de lo dispuesto en el art. 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los arts. 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el art. 113.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Archena, septiembre de 2021. La Alcaldesa, Patricia Fernández López.
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