Administración Local
Archena
6625
NPE: A-191222-6625
IV. Administración Local
Archena
6625 | Aprobación definitiva de la modificación de ordenanzas fiscales para el ejercicio 2023. |
Transcurrido el plazo de exposición pública del acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Archena de fecha 14 de octubre de 2022, aprobando la modificación de determinadas Ordenanzas Fiscales, sin que se haya producido reclamación alguna, se eleva a definitivo éste, por lo que, para dar cumplimiento a lo preceptuado en el art. 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales se publica íntegramente el texto de las modificaciones introducidas:
IMPUESTOS:
1- IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES.
Eliminación de la bonificación de la cuota resultante del IBI a las parcelas integradas dentro de las delimitaciones del P.P. “Cañada de la Morra Norte”.
4- IMPUESTO SOBRE CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.
Artículo 5.2. “5.º Exenciones, Reducciones y Bonificaciones” queda como sigue;
Apartado 2. - “Bonificación del 95% de la cuota resultante por la incorporación de sistemas para aprovechamiento térmico o eléctrico de energía solar”.
Apartado 3. Bonificación del 90% por “adaptación de viviendas que favorezcan las condiciones de acceso y habitabilidad a los discapacitados”
Apartado 4. - “Bonificación del 100% de la cuota resultante para las construcciones e instalaciones en los polígonos industriales”. y “Bonificación de un 50% la cuota del ICIO de obras mayores y menores”.
TASAS:
3.- TASA SOBRE PRESTACIÓN DEL SERVICIO RELATIVO A ACTUACIONES URBANÍSTICAS.
Se aplicará una reducción del 50% a las tasas de expedientes de obras mayores y menores.
8.- TASA POR LA REALIZACIÓN DEL SERVICIO DE AUTORIZACIÓN DE ACOMETIDAS DE ALCANTARILLADO Y DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES, SUMINISTRO DOMICILIARIO DE AGUAS Y MANTENIMIENTO DE CONTADORES.
Canon mantenimiento de redes. Único mensual, 2,50 euros/mes.
DISPOSICIÓN COMÚN A TODAS LAS ORDENANZAS ANTERIORES:
Disposición Adicional: Todas las modificaciones entrarán en vigor el 1 de enero de 2023, manteniéndose vigente hasta tanto no se acuerde su modificación o derogación.
Contra las modificaciones de las Ordenanzas publicadas, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde la fecha siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, conforme a lo previsto en el art. 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Archena, 7 de diciembre de 2022. La Alcaldesa-Presidenta, Patricia Fernández López.
NPE: A-191222-6625