Región de Murcia

Padrones fiscales de centro de estancias diurnas y centro de estancias de discapacitados, octubre/2021.

Borm Nº 293, martes 21 de diciembre de 2021

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Alhama de Murcia

Nº de Publicación:

7581

NPE: A-211221-7581

TEXTO

IV. Administración Local

Alhama de Murcia

7581 Padrones fiscales de centro de estancias diurnas y centro de estancias de discapacitados, octubre/2021.

La Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Alhama de Murcia,

Hace saber: Que se encuentran expuestos al público en la Oficina de Atención al Contribuyente sita en Pza. Américas, 6 Bj, de esta Localidad los Padrones fiscales de los siguientes conceptos y períodos:

CONCEPTO PERIODO
CENTRO DE ESTANCIAS DIURNAS OCTUBRE 2021
CENTRO DE ESTANDIAS DISCAPACITADOS

Durante el plazo de quince días, contado a partir del siguiente a aquel en el que se publique el presente edicto en el “Boletín Oficial de la Región de Murcia”, con el objeto de que los interesados puedan examinarlo durante el mencionado plazo.

Contra los mismos, los interesados podrán interponer el recurso de reposición regulado en los artículos 108 de la Ley 7/85, de 28 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, ante la Alcaldesa en el plazo de un mes, computado desde el día siguiente a la finalización del periodo de exposición pública.

Los contribuyentes afectados por los mismos podrán realizar el pago de sus deudas, en período voluntario, durante el plazo de dos meses a contar desde la publicación en el BORM del presente Edicto.

- Oficinas de Atención al Contribuyente, sitas en:

· Pza. Américas núm. 6 Bj, de 9 a 14 horas de lunes a viernes y martes de 16 a 18,30 horas.

· Condado de Alhama, centro comercial “Al-Kasar”, de 9 a 13,30 horas de lunes a viernes.

Donde además podrán solicitar un duplicado de dicho documento en caso de no haberlo recibido.

- Entidades Colaboradoras: indicadas en el documento de ingreso que se remitirá a los contribuyentes.

Transcurrido el plazo indicado se iniciará el período ejecutivo, procediéndose al cobro de las cuotas no satisfechas con los recargos establecidos en el art. 28 de la Ley General Tributaria, intereses de demora y las costas del procedimiento, con los efectos señalados en el art. 161 de la citada Ley.

Lo que se hace público para general conocimiento en cumplimiento de lo previsto en el art. 102 de la Ley General Tributaria y 24 del Reglamento General de Recaudación, produciendo el presente anuncio iguales efectos que la notificación individual a cada interesado.

En Alhama de Murcia, 9 de diciembre de 2021. La Alcaldesa-Presidenta, M.ª Dolores Guevara Cava.

NPE: A-211221-7581