Administración Local
Alhama de Murcia
3640
NPE: A-070619-3640
IV. Administración Local
Alhama de Murcia
3640 | Aprobación definitiva de ordenanza reguladora de precios públicos. |
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el 26 de marzo de 2019 aprobó inicialmente la Modificación de la Ordenanza reguladora de precios públicos. Habiendo sido sometida a información pública por plazo de 30 días, mediante anuncio publicado en el BORM n.º 89, de 17 de abril de 2019 y no habiéndose formulado alegaciones dentro del plazo establecido al efecto, y en virtud de lo contemplado en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, procede la aprobación definitiva de dicha modificación insertándose a continuación su texto íntegro según dispone el artículo 70.2 de la mencionada Ley:
“Artículo 7. Entradas y usos de instalaciones deportivas.
Con el objeto de fomentar, reconocer y valorar socialmente la acción voluntaria, y en base a lo establecido en los artículo 19 y 23 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de voluntariado, se aplicará una bonificación de 50% de todos los precios públicos previstos en este artículo para aquellas personas que durante el año anterior al año en curso hayan realizado al menos 40 horas de voluntariado en alguna de las actividades propuestas desde el Servicio municipal de voluntariado. Para acceder a esta bonificación deberá acreditarse la realización de la actividad de voluntariado por mediación del Servicio municipal de voluntariado, así como el número de horas realizadas mediante la obtención del correspondiente documento expedido por el Servicio municipal de voluntariado que acredite ambos aspectos.
7.1) Instalaciones Cubiertas (Salas, Pabellones y Piscinas)
Instalación Uso Indiv./€ Uso Colect./€
- Gimnasio 3’20 --
- Saunas 4’20 8’40
- Jacuzzi 6’30 12’70
- Salas polivalente o de usos múltiples 3’20 --
- Pistas polideportivas centrales -- 20’00
- Pistas polideportivas medias -- 12’00
- Salas de Tenis de Mesa 4’20 --
- Rocódromo 4’50 3’20 --
- Rocódromo con licencia federativa 2’50 2’00 --
- Piscina cubierta, una hora -- 305’60
- Una calle de natación, una hora -- 52’70
- Baño adultos, piscina cubierta 3’20 --
- Baño niño/jubilado, piscina cubierta 2’10 --
- Otras, hasta 8 250
Los usos colectivos de estas instalaciones, no excederán de 20 personas en las pistas, o de 10 personas en las salas.
7.2) Instalaciones al Aire Libre (Pistas Polideportivas, Pistas de Tenis, Frontones, Pistas Atletismo, Campos de Fútbol. Piscinas, etc.
Instalación Sin Luz/€ Con Luz/€
- Pistas de Tenis 3’00 5’50
- Frontones 4’00 6’50
- Pistas polideportivas 12’00 17’00
- Campos de Fútbol-7, césped 25’00 30’00
- Campos de Fútbol-11, césped 52’00 63’00
- Piscina de Verano, Adultos 2’50 ---
- Piscina de Verano, Niños 2’00 ---
- Piscina de Verano, Jubilados 2’00 ---
- Pista Pádel, (sesiones 1 1,5 hora) 8’50 12’00 10’50 16’00
- Otras, hasta 65 90
Las tarifas expresadas se aplicarán siempre por hora o fracción, en todas aquellas tasas donde no se recoja expresamente.
Los pagos de los cursos en instalaciones deportivas se realizarán durante los primeros cinco días del inicio de cada actividad. El impago de las cuotas en dicho periodo dará lugar a la pérdida de la plaza.
7.3) Bonos.
En instalaciones se entiende éstas como descuentos por el número de usos que se gestionan a través de BONOS o ABONADOS.
Bonos Precio/euros
- Bono Gimnasio
- 15 sesiones 38’40
- 30 sesiones 67’20
- Anual 180’00
- Bono piscina cubierta
- 25 baños adultos 64’00
- 50 baños adultos 112’00
- 10 baños infantil 16’80
- 10 baños jubilados 16’80
- Bono piscina verano
- 10 baños adultos 20’00
- 10 baños niños 16’00
- 10 baños jubilados 16’00
- Abonados deportivos
- Pago mensual y tarjeta tarifa plana, hasta 47’40
- Bono pista fútbol 7, 10 sesiones (1 hora) 200’00
- Bono frontón, 25 sesiones (1 hora) 80’00
- Bono pista tenis, 25 sesiones (1 hora) 60’00
- Bono pista polideportiva, 20 sesiones (1 hora) 192’00
- Bono pista pabellones cubiertos
- Pista central, 10 sesiones (1 hora) 160’00
- Pista transversal, 20 sesiones (1 hora) 192’00
- Bono pista pádel, 50 sesiones (Media hora) 160’00
- Bono pista tenis, 25 sesiones (Una hora) 60’00
- Bono rocódromo
- 15 sesiones (1 hora) 30’00 38’40
- 30 sesiones (1 hora) 52’50 67’20
- Anual 140’00
- Otros, hasta 120’00
Estarán exentas del pago de tasas por el uso de instalaciones deportivas las entidades deportivas de ámbito local que participen en competiciones federadas, y que utilicen las mismas para el desarrollo de estas competiciones o sus consecuentes entrenamientos.
Las entidades deportivas de ámbito local que desarrollen escuelas deportivas no federadas para adultos, tendrán una bonificación del 50% en el uso de la instalación correspondiente.
Los bonos para el Rocódromo solo podrán adquirirse por usuarios con licencia federativa.
Los bonos no incluyen el uso de instalaciones al aire libre con luz y deberán abonar el suplemento correspondiente en caso de utilizar la instalación con luz.”
Alhama de Murcia, 27 de mayo de 2019.—La Alcaldesa, María Dolores Guevara Cava
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