Administración Local
Alhama de Murcia
1856
NPE: A-290319-1856
IV. Administración Local
Alhama de Murcia
1856 | Aprobación definitiva del Estudio de Detalle de la Parcela R-2.2.1 del Plan Parcial del Sector US 14-02-01“Condado de Alhama”, presentado por la Mercantil Alhama First Propety Investment S.L. |
La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 26 de febrero de 2019, adoptó el acuerdo de Aprobar definitivamente el Estudio de Detalle de la Parcela denominada R-2.2.1 del Plan Parcial del Sector US 14-02-01“Condado de Alhama”, presentado por la mercantil Alhama First Property Investment, S.L. (C.I.F. nº B-88144951).
Dicho Estudio de Detalle no está sometido a evaluación de impacto ambiental, ni ordinaria ni simplificada, en los términos recogidos en la Ley 21/13, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, aplicable en virtud de lo dispuesto en los arts. 83 y 84, y Disposición Adicional Primera de la Ley 13/15, de 30 de marzo de Ordenación Territorial y Urbanística de la Región de Murcia
La normativa urbanística de dicho Estudio de Detalle es la que se reproduce a continuación:
IV. CONDICIONES URBANÍSTICAS
La parcela R-2.2.1 del Plan Parcial Sector US14-02-01, “Condado de Alhama” de Alhama de Murcia, corresponde a la manzana que se considera como ámbito de actuación del presente Estudio de Detalle.
El índice de Edificabilidad global previsto para esta parcela es de 0.458 m²(t)m²(s), teniendo en cuenta la superficie total de la parcela (30.220,62 m²), resultando una superficie total edificable de 13.841,04 m²(t); este índice de edificabilidad está reflejado en el título de propiedad de la finca resultante de la segregación apareciendo como parte integrante del complejo inmobiliario privado.
DATOS GENERALES
Parcela registra’ | 30.220,62 m² |
Viales principales | 7.676,97 m² |
Parcelas brutas | 22.543,65 m² |
Edificabilidad | 13.841,04 m² |
Viales y aceras | 5.630,21 m² |
Parcelas netas | 16.913,44 m² |
La tipología de edificación que se pretende establecer en la parcela será tanto unifamiliar aislada y agrupada, como residencial colectiva en bloque con piscinas comunitarias; tal y como se puede ver en los planos de ordenación; ambos recogidos en el plan parcial citándose:
- Vivienda en edificación colectiva: responden a la tipología en bloque aislado, el uso fundamental es de residencial con las características de colectivo, entendiendo a tal efecto la posibilidad de elementos comunes o comunitarios y la posesión en proindiviso de la parcela inicial, sin que esto excluya la posibilidad de ciertas áreas privativas vinculadas a unidades habitables, debiendo siempre existir las áreas comunitarias mínimas que permitan la accesibilidad a todos los elementos provenientes de la división horizontal.
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NPE: A-290319-1856