Región de Murcia

Anuncio y publicación del acuerdo de Junta de Gobierno Local sobre establecimiento de los precios públicos por el uso de la instalación deportiva municipal de pádel, en el municipio de Alguazas.

Borm Nº 2, martes 4 de enero de 2022

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Alguazas

Nº de Publicación:

55

NPE: A-040122-55

TEXTO

IV. Administración Local

Alguazas

55 Anuncio y publicación del acuerdo de Junta de Gobierno Local sobre establecimiento de los precios públicos por el uso de la instalación deportiva municipal de pádel, en el municipio de Alguazas.

La Junta de Gobierno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada de forma ordinaria el día 16 de noviembre de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:

“En uso de las atribuciones otorgadas por los artículos 41 y 127 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento considera necesario y oportuno establecer y ordenar determinados precios públicos para uso de las instalaciones deportivas municipales, como en este caso, de las pistas de pádel.

El fin que se persigue con la ordenación de este precio público, no es otro que el reunir fondos para el sostenimiento o mantenimiento del citado servicio.

Todo ello sobre la base de que no concurre ninguna de las circunstancias especificadas en la letra b) del artículo 20.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y por lo tanto, procede el establecimiento de esta figura.

Vista la Memoria Económico-Financiera y el Acuerdo regulador del precio público para actividades deportivas por la Técnico de deportes del Ayuntamiento de Alguazas con fecha de 10-11-2021.

Visto el Informe jurídico de Secretaría de fecha 11-11-2021.

Visto el Informe de Tesorería sobre la regularidad de dicho precio público, de fecha 11-11-2021.

Por todo lo expuesto, se adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.- Aprobar la imposición y establecimiento de Precio Público por la utilización de las pistas de pádel.

1. Se establece el siguiente precio público para el uso de la instalación:

PRECIO/HORA PISTA DE PÁDEL
LUZ NATURAL 6,00 €
LUZ ARTIFICIAL 8,00 €

BONOS DE 10 SESIONES DE PÁDEL (1 sesión/1 hora)
LUZ NATURAL 50,00 €
LUZ ARTIFICIAL 70,00 €

Segundo.- Aprobar las normas reguladoras de la gestión del Precio Público, incluidas como ANEXO al presente Acuerdo.

Tercero.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.


ANEXO I

Normas reguladoras del precio público para la utilización de las pistas de pádel municipales, pertenecientes a la Concejalía de Deportes del ayuntamiento de Alguazas

Artículo 1. Fundamentación.

De conformidad con lo previsto en los artículos 127 y 41 del texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en el ejercicio de la potestad reglamentaria reconocida al Ayuntamiento de Alguazas, se establece el precio público para la utilización de las pistas de pádel municipales, pertenecientes a la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Alguazas.

Artículo 2. Naturaleza y objeto.

Tendrán la consideración de Precio Público las contraprestaciones pecuniarias, de carácter no tributario, que se satisfagan por la prestación del servicio destinado a la utilización de las pistas de pádel, todo ello organizado por la Concejalía de Deportes, cuyas características técnicas, quedan expuestas en la Memoria económica-financiera.

Artículo 3. Obligados al pago.

1. Están obligados al pago de los precios públicos regulados en esta Norma, aquellos que soliciten la reserva y posterior uso de las pistas de pádel, descrita en el art. 2.º de las presentes Normas, que se promueva por la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Alguazas.

2. Las cuotas líquidas por la efectividad de estos precios públicos recaerán sobre los padres, tutores o encargados de los/as participantes menores de edad, así como de los propios adultos que resulten seleccionados.

3. El obligado al pago deberá:

a) Formalizar cuantas declaraciones y comunicaciones se le exijan para cada precio público.

b) Facilitar la práctica de comprobaciones e inspecciones, así como la entrega de los datos, antecedentes y justificantes que le sean solicitados.

c) Declarar el domicilio a todos los efectos se estimará subsistente el último domicilio consignado por aquéllos, en cualquier documento de naturaleza tributaria, mientras no se dé conocimiento de otro al Ayuntamiento o éste no lo rectifique mediante comprobación.

Artículo 4. Obligación al pago.

Queda obligado al pago de los precios públicos por uso de instalaciones deportivas municipales (pádel), toda persona física o jurídica, en adelante, usuario, que voluntariamente y previa solicitud reserve la pista de pádel.

Artículo 5. Cuantía.

1. Se establece el siguiente precio público para el uso de la instalación:

PRECIO/HORA PISTA DE PÁDEL
LUZ NATURAL 6,00 €
LUZ ARTIFICIAL 8,00 €


2. Se establecen las siguientes bonificaciones de carácter general sobre el anterior precio público:

BONOS DE 10 SESIONES DE PÁDEL (1 sesión/1 hora)
LUZ NATURAL 50,00 €
LUZ ARTIFICIAL 70,00 €

Artículo 6. Gestión y cobro.

Para hacer el pago del precio público para utilización de las pistas de pádel, se podrá efectuar de las siguientes formas:

a) A través de la plataforma web de la Concejalía de Deportes, mediante tarjeta de crédito o débito (alguazas.reservae.es), además del pago, desde dicha plataforma, se podrá reservar la instalación el día y la hora deseada.

b) Mediante la Oficina Virtual Tributaria del Ayuntamiento de Alguazas, a través de carta de pago o mediante tarjeta de crédito o débito (https://alguazas.tributoslocales.es/300070/AALGUAZAS), una vez realizado el pago, deberá ponerse en contacto con la Concejalía de Deportes (609 201 423, deportes@alguazas.es) para llevar a cabo la reserva de la instalación el día y hora deseada.

Artículo 7. Devoluciones.

De conformidad con lo establecido en artículo 26.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: “cuando por causas no imputables al sujeto pasivo, el servicio público, la actividad administrativa o el derecho a la utilización o aprovechamiento del dominio público no se preste o desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente”.

Artículo 8. Normas de modificación de reserva.

Para poder modificar una reserva de la instalación con carácter previo a su disfrute, será necesario con 15 días de antelación ponerse en contacto con la Concejalía de Deportes de forma presencial o por email, con indicación del día en el que desea usar la instalación no disfrutada.

La instalación del pádel no utilizada por inclemencias meteorológicas o análogas, se podrán canjear por otro día, durante los 30 días siguientes a la incidencia.

Artículo 9. Infracciones y sanciones.

En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la Ley General Tributaria.

Disposición Final

Las presentes Normas Reguladoras entrarán en vigor el día de su aprobación por Junta de Gobierno Local y comenzarán a aplicarse a partir del mismo, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa”.

Contra el presente acto cabe interponer, de acuerdo con lo que establece el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, recurso preceptivo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, previamente a la interposición, en su caso, de recurso contencioso-administrativo.

Alguazas, 18 de noviembre de 2021. La Alcaldesa-Presidenta, Silvia Ruiz Serna.

NPE: A-040122-55