Región de Murcia

Anuncio y publicación del acuerdo de Pleno sobre establecimiento de precio público por realización de la actividad escuela multideporte y sus normas reguladoras, en el municipio de Alguazas.

Borm Nº 174, viernes 30 de julio de 2021

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Alguazas

Nº de Publicación:

5132

NPE: A-300721-5132

TEXTO

IV. Administración Local

Alguazas

5132 Anuncio y publicación del acuerdo de Pleno sobre establecimiento de precio público por realización de la actividad escuela multideporte y sus normas reguladoras, en el municipio de Alguazas.

El Pleno de este Ayuntamiento, en reunión celebrada de forma extraordinaria el día 28 de junio de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:

“En uso de las atribuciones otorgadas por los artículos 41 y 127 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento considera necesario y oportuno establecer y ordenar determinados precios públicos para financiar las actividades deportivas, como en este caso, la Escuela Multideporte 2021, que va a ponerse en marcha por la Concejalía de Deportes, dirigida a la población joven del municipio de entre 10 y 15 años.

El fin que se persigue con la ordenación de este precio público, no es otro que el reunir fondos para el sostenimiento o mantenimiento del citado servicio.

Todo ello sobre la base de que no concurre ninguna de las circunstancias especificadas en la letra b) del artículo 20.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y por lo tanto, procede el establecimiento de esta figura.

Vista la Memoria Económico-Financiera y el Acuerdo regulador del precio público para actividades deportivas por el Técnico de deportes del Ayuntamiento de Alguazas con fecha de 22-06-2021.

Visto el Informe jurídico de Secretaría de fecha 22-06-2021.

Visto el Informe de Tesorería sobre la regularidad de dicho precio público, de fecha 22-06-2021.

Por todo lo expuesto, se adoptan los siguientes acuerdos:

Primero.- Aprobar la imposición y establecimiento de Precio Público por la realización de la Escuela Multideporte, conforme a lo siguiente:

Concepto Tarifa
Escuela Multideporte 2021 80,00€

Segundo.- Aprobar las normas reguladoras de la gestión del Precio Público, incluidas como ANEXO al presente acuerdo.

Tercero.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Región de Murcia


Anexo

Normas reguladoras del precio público para la prestación del servicio de la escuela multideporte 2021, organizadas por la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Alguazas

Artículo 1. Fundamentación.

De conformidad con lo previsto en los artículos 127 y 41 del Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en el ejercicio de la potestad reglamentaria reconocida al Ayuntamiento de Alguazas, se establece el precio público para la prestación del servicio de la Escuela Multideporte, organizada por la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Alguazas.

Artículo 2. Naturaleza y objeto.

Tendrán la consideración de precio público las contraprestaciones pecuniarias, de carácter no tributario, que se satisfagan por la prestación del servicio de la Escuela Multideporte organizada por la Concejalía de Deportes, cuyas características técnicas, quedan expuestas en la Memoria económica-financiera.

Artículo 3. Obligados al pago.

1. Están obligados al pago de los precios públicos regulados en esta norma, aquellos que soliciten la inscripción y resulten seleccionados para realizar la Escuela Multideporte, descrita en el art. 2.º de las presentes normas, que se promueva por la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Alguazas.

2. Las cuotas líquidas por la efectividad de estos precios públicos recaerán sobre los padres, tutores o encargados de los/as participantes menores de edad, así como de los propios adultos que resulten seleccionados.

3. El obligado al pago deberá:

a) Formalizar cuantas declaraciones y comunicaciones se le exijan para cada precio público.

b) Facilitar la práctica de comprobaciones e inspecciones, así como la entrega de los datos, antecedentes y justificantes que le sean solicitados.

c) Declarar el domicilio a todos los efectos se estimará subsistente el último domicilio consignado por aquéllos, en cualquier documento de naturaleza tributaria, mientras no se dé conocimiento de otro al Ayuntamiento o este no lo rectifique mediante comprobación.

Artículo 4. Obligación al pago.

La obligación de pagar el precio público regulado en la presente norma, nace en el momento de ser seleccionado en la actividad para la cual presentó la correspondiente inscripción, con independencia de su real prestación, si la falta de ésta fuera imputable al solicitante.

Artículo 5. Cuantía.

1. La tarifa del precio público regulado en estas normas, será las que se aprueben conjunta e inseparablemente con la convocatoria de realización de la actividad Escuela Multideporte.

2. Se establece la siguiente tarifa:

Concepto Tarifa
Escuela Multideporte 2021 149,72€


Artículo 6. Gestión y cobro.

1. Los interesados en ser beneficiarios de los servicios mencionados que reúnan los requisitos exigidos en cada convocatoria, presentarán en la Concejalía de Deportes la solicitud de inscripción en los modelos oficiales, acompañados de la documentación que en cada caso se exija. Igualmente, deberán comunicar a esta Concejalía cualquier variación que se produzca posteriormente.

2. El importe del precio público deberá ser ingresado en las cuentas corrientes del Ayuntamiento de Alguazas que en las bases de cada convocatoria se especifiquen y dentro de los plazos fijados en dicha convocatoria.

3. Las adjudicaciones de plaza se realizarán por orden de inscripción y abono del correspondiente precio público.

4. Se establecerá el sistema de lista de espera para el acceso a las plazas, siempre que la demanda supere a la oferta.

5. Tendrán preferencia para ocupar las plazas ofertadas durante el periodo de inscripción, los vecinos empadronados en el municipio.

6. Los menores necesitan obligatoriamente autorización de los tutores para la actividad.

7. Las actividades quedan sujetas a modificaciones de última hora por exigencias meteorológicas o de organización, por causa justificada.

8. Desde la Concejalía de Deportes se informará oportuna y públicamente de las características básicas (horarios, contenidos previstos, fecha de inicio, material necesario, personal responsable, etc.) de las actividades que se organicen al amparo de estas normas. Esta información estará disponible en la web www.alguazas.es y alguazas.reservae.es, donde los jóvenes interesados podrán inscribirse y descargar toda la información.

Artículo 7. Bonificaciones.

Por las razones sociales justificadas y descritas en la memoria económica-financiera, se establece para todos los usuarios inscritos una bonificación del 46,57% sobre la tarifa fijada en el artículo 5 del presente acuerdo.

Artículo 8. Devoluciones.

Cuando por causas imputables al Ayuntamiento de Alguazas, el servicio no se preste, se procederá a la devolución del importe correspondiente. En caso contrario, únicamente procederá la devolución del precio público si ésta se solicita con la suficiente antelación y la plaza se ocupa de forma efectiva por otra persona.

Para proceder a la devolución, la solicitud debe acompañarse del original del justificante de ingreso y del certificado de titularidad bancaria de la cuenta corriente donde realizar la devolución.

Artículo 9. Infracciones y sanciones.

En todo lo relativo a la calificación de infracciones tributarias, así como de las sanciones que a las mismas correspondan en cada caso, se estará a lo dispuesto en los artículos 77 y siguientes de la Ley General Tributaria

Disposición final.

Las presentes normas reguladoras entrarán en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y comenzarán a aplicarse a partir del mismo, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresa”.

Contra el presente acto cabe interponer, de acuerdo con lo que establece el artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, recurso preceptivo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó, previamente a la interposición, en su caso, de recurso contencioso-administrativo.

Alguazas, 15 de julio de 2021. La Alcaldesa-Presidenta, Silvia Ruiz Serna.

NPE: A-300721-5132