Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora a la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

Borm Nº 17, viernes 22 de enero de 2016

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Aledo

Nº de Publicación:

387

NPE: A-220116-387

TEXTO

IV. Administración Local

Aledo

387 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora a la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda aprobado definitivamente el Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de fecha 30 de noviembre de 2015, de aprobación inicial de la modificación de la “Ordenanza Reguladora de la Tasa por Suministro y Acometida de Agua Potable en Aledo”, en su artículo 6 y Disposición Final, cuyo texto de la modificación se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, que permanecerá vigente hasta tanto no se produzca derogación o modificación.

Modificación de la ordenanza reguladora a la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

………

7.7. Tarifa por ocupación o aprovechamiento de terrenos de uso público en mercado semanal.

Los puestos, vehículos, automóviles, furgonetas, etc., establecidos en terrenos de uso público para la venta de artículos alimenticios y no alimenticios, salvo los que se encuentran clasificados en los apartados siguientes, pagarán al mes por metro lineal o fracción superior a 0,50 metros………………………5,00 €/mes.

La Tasa mínima a abonar para cualquier puesto no podrá ser en ningún caso inferior a 30 €/mes.

Los mismos puestos o vehículos anteriormente mencionados, cuando se trate de ocupaciones eventuales, pagarán por metro lineal o fracción superior a 0,50 m. al día……………………………………………………………………….1,50 € día.

La tasa mínima a abonar para cualquier puesto no podrá ser en ningún caso inferior a 10 €/día.

7.12. Tasa por utilización del Centro Sociocultural.

Sala de Música...... 3,00 €/día.

Sala de Música (con conserje)..... 5,00 €/día.

Auditorio/patio butacas..... 50,00 €/día.

Auditorio/patio butacas (con conserje)..... 80,00 €/día.

Auditorio/ patio butacas (con conserje y técnico de sonido).....160,00 €/día.

Auditorio/patio butacas (con conserje, técnico de sonido y técnico de luces) 240,00€ /día.

En todos los casos se establecerá una fianza obligatoria de 100 € que responderá en caso de que el solicitante no deje las instalaciones debidamente limpias y ordenadas.


Disposición final.

La presente modificación de la Ordenanza entrará en vigor una vez se publique su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, y regirá con efectos a 1 de enero de 2016, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa.”

Contra el citado acuerdo podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a partir del siguiente día al de la publicación del presente anuncio, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

En Aledo a 13 de enero de 2015.—El Alcalde, Juan José Andreo García

NPE: A-220116-387