Región de Murcia

Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Centro de Personas Mayores de Campoamor.

Borm Nº 139, viernes 19 de junio de 2015

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Alcantarilla

Nº de Publicación:

7464

NPE: A-190615-7464

TEXTO

IV. Administración Local

Alcantarilla

7464 Aprobación definitiva del Reglamento de Régimen Interno del Centro de Personas Mayores de Campoamor.

A los efectos de su entrada en vigor, y conforme establece el artículo 17.4 del RD Legislativo 2/04 de 5 de marzo, a continuación se transcribe el texto íntegro de la modificación del Reglamento de Régimen Interno del Centro de Personas Mayores de Campoamor, que fue aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 26 de marzo de 2015 y publicadas en el BORM de 28 de abril (n.º 96) la cual no habiendo recibido alegaciones durante el período de exposición, ha quedado aprobada definitivamente conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del TRLRHL.

Contra la presente aprobación, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a la presente publicación, ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso administrativa, en los términos previstos en la Ley Jurisdiccional, Ley 29/98 de 13 de julio.

En Alcantarilla, 29 de mayo de 2015.—La Teniente de Alcalde, Nuria Guijarro Carrillo (P.D. de delegación de fecha 1 de julio de 2011).

REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL CENTRO DE PERSONAS MAYORES DE CAMPOAMOR DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE ALCANTARILLA

1.- NATURALEZA DEL CENTRO Y DISTRIBUCIÓN

Es un centro para la prestación de servicios públicos, que posibilita la participación de las personas mayores en actividades que desarrollen de la vida social y cultural, contribuyan al mejor uso del tiempo libre, ayuden a mitigar las situaciones de aislamiento y soledad y, en definitiva, mejoren su calidad de vida.

De esta manera dará respuesta a las necesidades de:

. Información de todo lo que se realiza en el Barrio y en el Municipio.

. Respuesta a las problemáticas sociales (servicios sociales, U.T.S., etc).

. Encuentro y reunión (cafetería, actos, reuniones, etc.)

. Ocio y tiempo libre.

. Talleres (creación y desarrollo de la sensibilidad estética)

. Servicios socio-sanitarios para mayores (Servicio de Podología).

Los espacios existentes en el Centro de Campoamor son los siguientes:

- 2 salas polivalente

- 1 despacho Unidad de Trabajo Social

- 1 conserjería- despacho asociación de mayores

- 1 Cantina

- 1 Salón de actos-bailes

- 1 almacén

No obstante, y en función del espacio disponible, se dan acceso a otros servicios, tanto de asociaciones como de otras instituciones que participan y/o desarrollan actividades; para ello existe un procedimiento de "Solicitud y uso de las instalaciones"

2.- LOCALIZACIÓN FÍSICA Y ÁMBITO GEOGRÁFICO

El Centro de Campoamor, esta situado en el Barrio de Campoamor del municipio de Alcantarilla, sito en la C/ Cid Campeador esquina Doctor Fleming, céntrico y de fácil acceso, Teléfono: 968/893900.

Con esta descentralización se pretende dar atención y cobertura a las personas mayores de los barrios de Campoamor, Tejeras, Vistabella y adyacentes.

3.- USUARIOS DEL SERVICIO-CENTRO. PERFIL DE LA POBLACIÓN ATENDIDA

Su finalidad es dar respuesta, servir de punto de encuentro a las personas mayores de nuestro municipio, fundamentalmente y por cercanías, a las del Barrio de Campoamor y colindantes.

No obstante pueden asistir y participar en dicho Centro todas las personas mayores empadronadas en el Municipio.

4.- PRESTACIONES DEL SERVICIO-CENTRO. ACTUACIONES A DESARROLLAR

1. Permanentes:

1) Unidad de Trabajo Social n.º 4 del Centro de Servicios Sociales de Alcantarilla.

2) Servicios Socio-sanitarios: Podología.

3) Asociación de Personas Mayores de Campoamor.

4) Cantina

5) Lugar de encuentro de las distintas asociaciones.

(Estos servicios son susceptibles de modificación, ampliación y/o cambio, pudiendo poner en marcha otros nuevos, de acuerdo a las necesidades, intereses y/o demandas).

2. Periódicos:

1) Cursos y seminarios.

2) Coloquios, debates, mesas redondas y conferencias.

3) Proyecciones de cine, etc.,

4) Otras actividades lúdicas, culturales, sociales del Barrio.

5.- NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO Y CONVIVENCIA

El Centro de Personas Mayores de Campoamor estará abierto todos los meses del año (de enero a diciembre), excepto el mes de agosto que cerrará por vacaciones.

El Horario del Centro es el siguiente:

Lunes-Miércoles de 8 a 15 h

Viernes de 8 a 14’30 h.

Martes y Jueves de 9 a 14 h y de 16 h a 19’30 h

Durante los meses de junio y septiembre el horario es de 7’45 a 15’15 h.

No obstante, los horarios de apertura y cierre se podrán modificar conforme a las necesidades del Servicio, dependiendo de la Concejalía de Servicios Sociales y Sanidad.

Las normas generales de funcionamiento de la Asociación de Mayores, se configura de la siguiente manera, conforme al Estatuto de la Asociación, aprobado en el año 2002:

La Asociación de ámbito local, tendrá personalidad jurídica propia y representará a sus asociados ante cualquier organismo en las materias que afecten a sus intereses específicos. Independiente de la Administración en todas sus esferas, y de cualquier otra asociación política, religiosa, cultural o profesional.

Su ámbito territorial tiene como núcleo central el barrio de Campoamor, de las Tejeras y de Vistabella, extendiéndose hasta zonas limítrofes que no estén dotadas de centros propios de este tipo.

Tiene por objeto esencial el desarrollo integral y asociativo de los ciudadanos de la tercera edad que tengan su residencia en el ámbito territorial de ella propiciando la integración participativa de los mismos en su entorno social, promocionando actividades culturales y recreativas que den sentido a la ocupación del tiempo libre, sin desconectarlos del contexto general social.

El funcionamiento de la asociación, conforme se establece en el Art. 5.º del Estatuto, se organizará en base al principio de democracia interna, por el que la máxima voluntad social será la que exprese la mayoría de sus miembros, a través de sus debates y votaciones libres en Asamblea General, y los demás órganos tendrán el carácter de gestores delegados o simplemente consultivos, siendo sus órganos: La Asamblea General, la Junta directiva y el Consejo Asesor.

La Asamblea General: es el órgano soberano de expresión de la voluntad de la Asociación, obligando sus acuerdos a todos sus miembros y órganos. Constituida por todos los socios-miembros asistentes, con voz y voto. Se reunirá en sesión ordinaria dos veces al años y en sesión extraordinaria por acuerdo de la Junta o a petición del 25% de los asociados.

En cada Asamblea se elegirá a tres socios para desempeñar las funciones de Presidente, Vicepresidente y Secretario, constituyendo la mesa de la Asamblea, cuyo mandato finalizará al término de la reunión.

Son funciones entre otras de la Asamblea: aprobación y modificación de Estatutos, cuentas y presupuestos anuales, programa anual de actividades, fijación de las cuotas sociales, elección de la Junta Directiva, disolución de la Asociación, etc.

La Junta Directiva: es el órgano de representación genuino de la Asociación, que tiene por misión general la gestión de la misma, poniendo en práctica los acuerdos y directrices marcados por la Asamblea. Estará formada por un Presidente como representante máximo y 6 vocales, un técnico del área de Servicios Sociales y Alcalde o persona en quien delegue. Serán elegidos por mandato de dos años, por y de entre los socios-miembros en la Asamblea General, pudiendo ser reelegidos al finalizar su mandato. De entre sus componentes se nombrará un Secretario y un Tesorero.

Se reunirá ordinariamente una vez al mes y con carácter extraordinario a iniciativa del Presidente o a petición de la tercera parte de los miembros de la Junta.

Son funciones de la Junta Directiva entre otras: la admisión de nuevos socios, la baja de algún socio, proyecto de presupuesto anual, programa anual de actividades, informe anual sobre funcionamiento de la asociación y normas de régimen interior.

El Consejo Asesor: es un órgano de carácter consultivo y funciones subsidiarias, que tiene por misión garantizar el mantenimiento de los fines esenciales de la asociación. Formarán parte de este consejo, los presidentes que hayan cumplido el mandato y sigan siendo socios. El Presidente y Secretario de la Junta Directiva. Un Representante del Ayuntamiento. Un representante de la Federación en la que este integrada la Asociación y un técnico municipal del área de Servicios Sociales.

Ser reunirá ordinariamente cada semestre y con carácter extraordinario a petición del presidente de la Junta Directiva. Sus funciones entre otras asesorar a la Junta Directiva en todos los temas que se precisen tendentes a mejorar el funcionamiento de la Asociación y del Centro de Personas Mayores de Campoamor.

Las normas básicas de convivencia, se basan en el respeto mutuo. Para ello, se potencia la participación en el Centro y la corresponsabilidad en el desarrollo de los distintos cometidos, actividades y servicios.

Regulación de la participación democrática.- La organización se rige a través del principio de democracia interna, a través de debates y votaciones en la Asamblea General de Socios.

La Junta Directiva es el órgano con carácter gestor delegado y las Comisiones de trabajo son los órganos encargados de las tareas o actividades concretas.

Por último, el Consejo Asesor es un órgano consultivo y mediador.

El carácter democrático y participativo de la asociación permite a los usuarios (socios) participar activamente en el proceso de programación y realización de actividades y funcionamiento de servicios. Su canalización se realiza de forma continua a través de las Comisiones de trabajo o de propuestas o sugerencias realizadas por escrito a la Junta Directiva.

Sistema de Admisión y Bajas, conforme al artículo 3.º y 4.º del Estatuto, se establece:

. “Socios-miembros”, las personas físicas que residan en la demarcación de su ámbito territorial, y que reúnan alguno de los requisitos siguientes: ser mayor de 60 años, estar declarados inválidos permanentes, al menos en grado total para su profesión, sean o no pensionistas y ser cónyuge de un socio-miembro, que conviva en su mismo domicilio.

. “Amigos del Club”, aquellas entidades públicas o privadas y aquellos particulares que preste de una manera estable a la Asociación su colaboración funcional o ayuda económica.

Quedando para ambos caso en dichos artículos como se adquiere o se pierde la condición de socio-miembro y/o amigos del club.

Régimen de Precios.- La asociación no establece precios por la utilización de los servicios. Sin embargo, aquellos que conllevan costes en el desempeño de la actividad (cafetería, comedor, peluquería, etc.) establecerán tarifas módicas para los usuarios de cada uno de ellos.

En cuanto al desarrollo de las actividades, no hay establecidos precios para participar en ellas, salvo en las que se precise, que por su coste y características, puedan requerir la cofinanciación con los usuarios que las soliciten o participen en ellas.


Derechos y Deberes de los socios.

. Derecho a participar en las actuaciones, actividades y servicios que se organicen en la asociación. Este derecho se hace extensivo a la participación en los órganos de la asociación y a ser elegidos miembros activos de los mismos.

. Derecho a ser informados de la gestión social, de la programación de actividades, de las reuniones y de los acuerdos de los órganos representativos de la asociación.

. Derecho a proponer las iniciativas o sugerencias que estimen convenientes. Igualmente, a exponer quejas ante los órganos de gobierno o a impugnar los acuerdos de estos órganos de forma motivada.

. Son derechos de los “amigos del club”, poder utilizar el local social en las condiciones que se establezcan y participar en las comisiones de trabajo en las que se integre, así como asistir a las reuniones de los órganos de gobierno cuando fueren requeridos.

Y vendrán obligados a:

G. Abonar puntualmente el importe de las cuotas correspondientes de la asociación.

G. Colaborar en la consecución de los fines de la asociación y en las medias y acuerdos adoptados para el buen funcionamiento de la misma, participando en las tareas propias de la asociación, proponiendo sugerencias para la mejora de este funcionamiento o poniendo en conocimiento de los órganos correspondientes, las anomalías o irregularidades que se observen.

G. Participar en la vida activa de la asociación, asistiendo y participando en los debates y votaciones de la Asamblea General, de las Comisiones en los que estén integrados, o aceptando y desempeñando los cargos para los que fueran elegidos.

Infracciones y Sanciones.- las faltas sujetas a sanción se clasifican en: leves, graves y muy graves.

1.- Son faltas leves:

a) La ofensa verbal a otro socio.

b) El incumplimiento o desacato a las normas, acuerdos de la Asamblea General o Junta Directiva, siempre que no cause grave perjuicio para el funcionamiento del Centro o de los socios.

d) No respetar los horarios que se establezcan en los viajes.

2.- Son faltas graves:

a) La reiteración de faltas leves, desde la tercera cometida.

b) Promover acciones contrarias a los fines de la Asociación.

c) Obstaculizar, impedir o contrariar la participación y el funcionamiento democrático de la asociación.

d) La demora de más de 6 meses en el pago de las cuotas.

e) El desacato o incumplimiento de las normas, acuerdos de la Asamblea General o Junta Directiva, siempre que suponga perjuicio grave para el normal funcionamiento del Centro o de los socios.

f) Falsear u ocultar datos sobre la gestión de la asociación a los órganos de representación o a los socios.

g) El no someter a la Asamblea General de Socios: la distribución del presupuesto anual, la programación de actividades, el estado de cuentas, la adjudicación y gestión de los servicios, los acuerdos importantes de la Directiva, así como cuantos otros asuntos estén estipulados en los Estatutos o en las Normas de Régimen Interior.

h) El incumplimiento de las funciones del cargo para el que sea elegido.

i) El abuso de autoridad, el asumir funciones no propias del cargo, el suplantar funciones de otros directivos o las que sean propias de la Asamblea General de Socios.

j) El proceder arbitrariamente (sin orden estricto) en la adjudicación de las plazas en los viajes que se organicen.

k) El reparto desigual o arbitrario de obsequios, u otros bienes o servicios, que se hagan en beneficio de los socios.

l) La toma de decisiones por cuenta propia, sin contar con la Directiva o Asamblea General de Socios.

3.- Son faltas muy graves:

a) La reiteración de faltas graves, desde la tercera cometida.

b) La sustracción de bienes u objetos, propiedad del Centro o de cualquier socio.

c) La demora mayor de 12 meses en el pago de las cuotas.

d) Apropiación indebida de documentos básicos de la gestión de la asociación. Igualmente, sacarlos del centro sin existir una causa mayor.

e) La obtención de beneficio personal de dinero u otros bienes, pertenecientes o derivados de la actividad de la asociación, sea cual fuere su procedencia (cuotas, subvenciones, donaciones, viajes, lotería, comisiones o gratificaciones).

f) El incumplimiento de los Estatutos en lo referente a la convocatoria de las reuniones de Junta Directiva y de la Asamblea General de Socios.

g) El incumplimiento de alguno de los requisitos legales, establecido en los Estatutos, para la elección de la Junta Directiva a sustitución de alguno de sus miembros.

Las sanciones por faltas leves serán impuestas por la Junta Directiva.

Las sanciones por faltas graves y las muy graves, sólo serán impuestas, tras el sometimiento a la Asamblea General, a propuesta de la Junta Directiva.

Sólo en aquellos casos en que esté en peligro la paz social, la Junta Directiva, ante una falta muy grave, podrá acordar la suspensión del derecho de algún socio a usar las instalaciones del centro por un período máximo de 30 días.

En las faltas presumiblemente graves y muy graves deberá escucharse previamente a la parte implicada. Y en cuanto a las sanciones que se apliquen, deberán comunicarse de forma motivada y por escrito al interesado.

6.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS USUARIOS DEL CENTRO DE PERSONAS MAYORES DE CAMPOAMOR

Los usuarios tendrán los siguientes derechos:

. Derecho a ser tratados con el debido respeto, cortesía y dignidad en todos y cada uno de los espacios de convivencia y actividades.

. Derecho a utilizar todas las instalaciones, equipamiento y servicios a su voluntad, de acuerdo con las condiciones establecidas.

Ante situaciones de posibles medidas disciplinarias, los usuarios mantienen el derecho a ser oídos con carácter previo, así como a ser informados de los hechos que se les imputen.

Y vendrán obligados a:

G. Utilizar adecuadamente las instalaciones, guardando las normas de convivencia, higiene y respeto mutuo tanto en el Centro como en cualquier otro lugar donde se realicen las actividades organizadas.

G. Poner en conocimiento de la Dirección del Centro de Servicios Sociales y de la Coordinadora del área de mayores, las anomalías o irregularidades que se observen.

G. Abonar puntualmente el importe correspondiente a la liquidación de servicios y precios públicos que legal o reglamentariamente se establezcan.

G. Guardar las normas de convivencia y respeto mutuo dentro del centro y en cualquier otro lugar relacionado con sus actividades.

7.- INFRACCIONES Y SANCIONES. FALTAS.

Las faltas sujetas a sanción se clasifican en: leves, graves y muy graves.

1.- Son faltas leves:

a) Alterar las normas de convivencia y respeto mutuo, creando situaciones de malestar en el Centro.

b) Utilizar inadecuadamente las instalaciones y materiales que dispone el Centro.

c) La ofensa verbal a cualquier usuario del centro y/o profesional.

d) No respetar las normas sobre uso del tabaco en el centro.

e) Escupir en el suelo o paredes, tirar papeles o desperdicios al suelo, maltratar el mobiliario, provocar ruidos molestos, jugar con dinero, etc.

g) La presencia en el local en estado de embriaguez.

i) Incumplimiento y/o interrupción de los horarios de las actividades del Centro.

2.- Son faltas graves:

a) La reiteración de faltas leves, desde la tercera cometida.

b) La participación en altercados, riñas o peleas (sea cual fuere su causa), dentro del local o durante actividades que se organicen fuera de éste.

c) Causar desperfectos considerables en las instalaciones y materiales o mobiliario del Centro.

d) Promover acciones contrarias a los fines del Centro.

3.- Son faltas muy graves:

a) La reiteración de faltas graves, desde la tercera cometida.

b) La agresión física, el insulto y agresión moral grave, dentro de los locales del Centro o durante las actividades que se realicen fuera de éste.

c) La sustracción de bienes u objetos, propiedad del Centro.

Las sanciones por faltas sean del tipo que fuere, serán valoradas, estudiadas y escuchadas las partes, desde la Concejalía de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Alcantarilla, de la cual depende la gestión del Centro de Personas Mayores de Campoamor, a través del Área de Mayores del Centro de Servicios Sociales



NPE: A-190615-7464