Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación del artículo 12 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de podología en los centros de mayores dependientes del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla.

Borm Nº 14, miércoles 19 de enero de 2022

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Alcantarilla

Nº de Publicación:

186

NPE: A-190122-186

TEXTO

IV. Administración Local

Alcantarilla

186 Aprobación definitiva de la modificación del artículo 12 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de podología en los centros de mayores dependientes del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla.

El Pleno de la Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de octubre de 2021, acordó aprobar la modificación del artículo 12 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la prestación del servicio de podología en los centros de mayores dependientes del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla, habiéndose publicado anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, de fecha 17 de noviembre de 2021, sin que se haya presentado ninguna reclamación, se considera definitivamente aprobado. En cumplimiento de lo previsto en el art. 49 y del art. 65.2 de la ley 7/1985, de 2 de abril, se procede a la publicación íntegra:


Artículo 12.º- Devengo.

Se devenga la tasa y nace la obligación de contribuir desde el momento en que se solicita cita para acudir al Servicio de Podología (sea en los Centros de Mayores y/o en los domicilios, conforme lo establecido en el art. 10).

El usuario del servicio podrá hacer efectivo el pago, mediante:

- Domiciliación bancaria, debiendo para ello facilitar el documento SEPA para su posterior liquidación, con carácter mensual, tras la prestación del servicio.

- Pago de la tasa mediante pago telemático, sistema TPV (tarjeta bancaria), en el momento de recibir el servicio.

- Podrá acudir con el justificante del ingreso el día de atención de la cita, siéndole facilitado el documento de ingreso, en los centros donde acude a solicitar la misma, con carácter previo a la prestación del servicio.

La presente modificación de la ordenanza entrará en vigor a partir del siguiente día de su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.


En Alcantarilla, a 5 de enero de 2021. El Alcalde, Joaquín Buendía Gómez.

NPE: A-190122-186