Región de Murcia

Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza del IBI.

Borm Nº 120, viernes 25 de mayo de 2012

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Alcantarilla

Nº de Publicación:

8182

NPE: A-250512-8182

TEXTO

IV. Administración Local

Alcantarilla

8182 Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza del IBI.

A los efectos de su entrada en vigor, y conforme establece el artículo 17.4 del RD Legislativo 2/04 de 5 de marzo, a continuación se transcribe el texto íntegro de la modificación de la Ordenanza Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles, cuya modificación fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 23 de febrero de 2012 y publicadas en el BORM, de 17 de abril de 2012 (n.º 88), la cual no habiendo recibido alegación o reclamación alguna durante el período de exposición, ha quedado aprobada definitivamente conforme a lo establecido en el artículo 17.3 del TRLRHL.

Contra la presente aprobación, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente a la presente publicación, ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso administrativa, en los términos previstos en la Ley Jurisdiccional, Ley 29/98 de 13 de julio.

1. Modificación de la ordenanza reguladora del impuesto de bienes inmuebles.

Se modifica el artículo 11.6 de la Ordenanza reguladora en vigor del Impuesto sobre Bienes Inmuebles del Ilmo. Ayuntamiento de Alcantarilla, quedando redactado de la siguiente forma:

“Al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece una bonificación del 5% de la cuota a favor de los sujetos pasivos que domicilien sus deudas de vencimiento periódico en una entidad financiera, anticipen pagos o realicen actuaciones que impliquen colaboración en la recaudación de ingresos.”

Alcantarilla, 25 de mayo de 2012.—La Teniente de Alcalde, Nuria Guijarro Carrillo



NPE: A-250512-8182