Administración Local
Albudeite
1515
NPE: A-020317-1515
IV. Administración Local
Albudeite
1515 | Aprobación definitiva de la modificación de la ordenanza reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos. |
El pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el pasado día 14 de diciembre de 2016 adoptó acuerdo por el cual se aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos.
Transcurrido el periodo de exposición pública sin que se hayan formulado alegaciones y habiendo quedado definitivamente aprobado, se publica a continuación el texto íntegro de la modificación, cumpliéndose así lo establecido en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004.
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA TASA POR SERVICIOS URBANÍSTICOS
Artículo 2. Se añade un apartado b) y c):
b) El otorgamiento de licencias de obra menor.
c) El otorgamiento de licencias de obra mayor.
Artículo 6. Se añaden dos apartados, b) y c) y se cambia el mínimo de la cuota variable:
b) En las licencias de obra menor:
Hasta 3.000 euros de presupuesto: 10 euros.
Más de 3.000 euros de presupuesto: 15 euros.
c) En las licencias de obra mayor:
Hasta 10.000 euros de presupuesto: 50 euros.
Hasta 20.000 euros de presupuesto: 60 euros.
Más de 20.000 euros: 100 euros.
Apartado 1 in fine: “ Y como mínimo una cuota de 12,5 euros por cédula”.
La presente modificación entrará en vigor una vez publicada su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, permaneciendo vigente hasta su modificación o derogación expresa.
Lo que se hace público para su general conocimiento, advirtiéndose que contra la ordenanza anteriormente expresada, podrá interponerse, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, conforme a lo dispuesto en el artículo 107.3 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción Contencioso-Administrativa. También podrá utilizarse, no obstante, otros recursos, si se estimase oportuno.
Albudeite, 21 de febrero de 2017.— El Alcalde-Presidente, Jesús García Martínez
NPE: A-020317-1515