Región de Murcia

Anuncio de aprobación definitiva del Reglamento Regulador de la Mesa del Turismo de Águilas.

Borm Nº 44, lunes 23 de febrero de 2026

Apartado:

Administración Local

Anunciante:

Águilas

Nº de Publicación:

796

NPE: A-230226-796

TEXTO

IV. Administración Local

Águilas

796 Anuncio de aprobación definitiva del Reglamento Regulador de la Mesa del Turismo de Águilas.

El Pleno de esta Corporación, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de enero de 2026, adoptó acuerdo por el cual se aprobó definitivamente el Reglamento Regulador de la Mesa del Turismo de Águilas, por lo que se procede a la publicación de su texto íntegro, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Contra la aprobación definitiva del presente Reglamento se podrá interponer recurso Contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

«Reglamento regulador de la Mesa de Turismo de Águilas

Es objeto del presente la aprobación del Reglamento actualizado de la Mesa de Turismo Águilas. En este sentido, el Reglamento de Participación Ciudadana prevé la existencia de lo que denomina Consejos Sectoriales, concebidos éstos como órganos de participación ciudadana que canalizan las iniciativas, propuestas e inquietudes en concretos temas de interés municipal; siendo sin lugar a dudas el turismo uno de ellos, sin que sus propuestas y dictámenes tengan carácter vinculante para la Administración, aunque sí orientativo.

El presente Reglamento, en orden a la obtención de los objetivos indicados, regula la creación, funciones y composición de la Mesa de Turismo de Águilas. Una vez aprobado, será una de sus principales tareas la organización interna de sus funciones; reglamento que deberá ser aprobado por el Pleno del Ayuntamiento.

Articulado:

Capítulo I. Disposiciones generales.

Artículo 1.- Objeto y adscripción.

La Mesa de Turismo de Águilas se constituye como órgano de gobernanza participativa, asesoramiento y coordinación estratégica en materia turística, de carácter consultivo y no vinculante, adscrito a la Concejalía de Turismo, en el marco de la política municipal para el desarrollo sostenible e inteligente del destino.

Artículo 2.- Finalidad.

La Mesa del Turismo de Águilas tiene como finalidad:

a) Participar en la definición de las políticas turísticas locales y en la programación de nuevas líneas de actuación en el sector de cara a su fortalecimiento, modernización y mejora de su competitividad.

b) Impulsar un modelo turístico sostenible y competitivo, alineado con los principios de Destino Turístico Inteligente (DTI).

c) Proponer la creación de nuevos productos turísticos sostenibles e innovadores.

d) Actuar como foro estratégico para la definición de las estrategias del destino Águilas, atendiendo a la visión que aportan los datos y estadísticas en torno a su actividad turística.

e) Contribuir a la promoción y posicionamiento de Águilas como destino turístico de referencia en la Región de Murcia.

Capítulo II. Funciones.

Artículo 3.- Funciones de la Mesa.

Las funciones de la Mesa de Turismo de Águilas son las siguientes:

1) Asesorar y proponer medidas para el desarrollo turístico de Águilas.

2) Colaborar en la definición del Plan Estratégico de Turismo Municipal y en el seguimiento de sus objetivos.

3) Impulsar la competitividad turística con base en los ejes del Modelo DTI: gobernanza, accesibilidad, sostenibilidad, innovación y tecnología.

4) Identificar y promover la creación de nuevos productos y experiencias turísticas.

5) Evaluar, así como compartir y difundir datos, estadísticas y estudios sobre la actividad turística local.

6) Servir de canal de participación ciudadana y empresarial en la toma de decisiones.

7) Colaborar con la Comisión Técnica Interdepartamental (CTI) para la coordinación transversal municipal en materia turística.

8) Elevar al Ayuntamiento y a la Concejalía de Turismo informes, propuestas y recomendaciones.

Capítulo III. Composición.

Artículo 4.- Miembros.

1.- En la composición de la Mesa del Turismo de Águilas se procurará que exista una presencia equilibrada de mujeres y hombres con capacitación, competencia y preparación adecuadas.

2.- La Mesa del Turismo de Águilas está integrada de manera equilibrada por representantes de instituciones públicas, entidades privadas, sociedad civil y académica, como sigue:

a) Presidencia: Alcaldía del Ayuntamiento de Águilas.

b) Vicepresidencia: Concejalía de Turismo. Será función de la misma presidir la Mesa del Turismo en caso de vacancia de la Presidencia, de su ausencia, enfermedad u otra causa legal.

c) Secretaría: Técnico/a de Turismo del Ayuntamiento.

d) Vocalías:

i. Un/a concejal/a de cada grupo político municipal representado en el Pleno de la Corporación.

ii. Representantes técnicos municipales de áreas estratégicas como Turismo, Cultura, Medio ambiente, Urbanismo, Comercio, Playas, Seguridad y Servicios jurídicos.

iii. El/ la técnico municipal de la Oficina de Turismo de Águilas que se designe para cada momento.

iv. Un representante de IES locales que impartan módulos de formación profesional en el ámbito turístico.

v. Un/una técnico/a del área deportiva municipal.

vi. Seis representantes de empresas turísticas: tres vocalías en representación de la/s asociación/es de Hostelería y/o Turismo de Águilas (Hosteáguilas); dos vocalías en representación de otros agentes turísticos no encuadrados en la/s anterior/es asociación/es y una vocalía en representación de la/s asociación/es profesionales de Comercio y/o Industria de Águilas (ACIA).

Excepcionalmente, podrán formar parte, con voz, pero sin voto, personas físicas o representantes de personas jurídicas que, por su especial relevancia, se considere oportuno que participen en las reuniones de alguno de sus órganos. La invitación de dichas personas es competencia exclusiva de la Presidencia de la Mesa del Turismo de Águilas.

Capítulo IV. Órganos de la Mesa.

Artículo 5.- Órganos de funcionamiento.

La Mesa de Turismo de Águilas se estructura en los órganos siguientes:

a) Pleno.

b) Comisiones de trabajo.

Artículo 6.- Pleno.

1.- El Pleno lo compondrá la totalidad de integrantes de la Mesa de Turismo.

2.- Serán funciones del Pleno:

a) Constituir las comisiones que sean necesarias para el análisis, debate y propuesta de cuestiones planteadas, y determinar, en su caso, la incorporación a dichos órganos de personal técnico de la Concejalía de Turismo y otros técnicos municipales que se precisen en función de la finalidad de la comisión, o de expertos y expertas en la materia objeto de estudio. Asimismo, podrá acordar qué funciones del Pleno podrán ser atribuidas a las comisiones.

b) Estudiar y, en su caso, aprobar las propuestas, informes y estudios presentados por las comisiones de trabajo.

c) Aprobar la memoria anual de actividades.

Artículo 7.- Régimen de funcionamiento del Pleno.

1.- El Pleno de la Mesa de Turismo se reunirá previa convocatoria de la/del Presidenta/e, al menos dos veces al año, y siempre que aquélla o aquél lo estime conveniente o lo soliciten al menos dos tercios de sus integrantes. A la convocatoria de las reuniones se acompañará el orden del día.

Se considerará constituido el Pleno de la Mesa cuando se hallen presentes la/el Presidenta/e o la/el Vicepresidenta/e y la persona que ejerza la Secretaría, o quienes les suplan, y la mitad, al menos, de los integrantes de la Mesa de Turismo.

Si no existiera cuórum, el Pleno se constituirá, en segunda convocatoria, media hora después de la señalada para la primera, siempre que concurran al menos la tercera parte de sus miembros con voz y voto, entre los que deberá contarse la/el Presidenta/e o la/el Vicepresidenta/e y la persona que ejerza la Secretaría.

2.- La/el Presidenta/e de la Mesa de Turismo designará, entre el personal de la Concejalía de Turismo, una persona para que ejerza la secretaría del Pleno. Actuará con voz, pero sin voto.

3.- Los acuerdos tendrán carácter consultivo, y se adoptarán por mayoría simple. Los informes y propuestas se remitirán a la Concejalía de Turismo y, en su caso, al Pleno Municipal.

Artículo 8.- Comisiones de trabajo.

Las comisiones de trabajo se constituirán bien con carácter permanente, o bien hasta la conclusión de los trabajos objeto de su constitución.

Su composición, objetivos y duración serán establecidos por el Pleno.

Artículo 9.- Dietas o indemnizaciones.

No se percibirá indemnización ni dieta por parte de Ayuntamiento de Águilas por razón de servicio por la asistencia a las reuniones de cualquiera de los órganos de la Mesa de Turismo.

Capítulo V. Transparencia y participación.

Artículo 10.- Publicidad de actuaciones.

Las actas, informes y propuestas de la Mesa serán públicas y estarán disponibles en el portal web municipal de turismo.

Artículo 11.- Publicidad de actuaciones.

Se habilitarán canales digitales de consulta ciudadana para recoger aportaciones y propuestas de la población y del sector empresarial.»


En Águilas, a 5 de febrero de 2026. El Alcalde, Cristóbal Casado García.

NPE: A-230226-796