Administración Local
Águilas
18623
NPE: A-301109-18623
IV. Administración Local
Águilas
18623 | Aprobación definitiva del texto refundido de la modificación del Plan Parcial “Todosol”. |
El Pleno Corporativo, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de septiembre de 2009, acordó aprobar definitivamente el texto refundido de la modificación del Plan Parcial “Todosol”, y habiéndose realizado modificación en el apartado Aparcamientos, queda como sigue:
“1.9.3. – APARCAMIENTOS
En cumplimento del art. 7 del anexo al Reglamento de Planeamiento y el art. 106.h) del texto refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, el número de aparcamientos será como mínimo de 1 por cada 100 m² construidos.
Superficie edificable: 161.822 m² edificables.
161.822 m²/100 m² = 1.619 plazas de aparcamiento mínimas.
Se prevén las siguientes plazas de aparcamiento público:
1.675 plazas de aparcamiento, por tanto, CUMPLE.
De acuerdo a lo previsto en el art. 7, punto c), del Anexo al Reglamento de Planeamiento y punto 5.6 de la Orden regional de 15 de octubre de 1991.
1 plaza de minusválidos cada 50:
1.675/50 = 34 plazas minusválidos, mínimas.
Se prevén las siguientes plazas de minusválidos, por tanto, CUMPLE.
Resumen:
1.675 plazas de aparcamiento, que se distribuyen en:
42 plazas de minusválidos de dimensiones 3,30 x 4,50 m.
1.633 plazas de dimensiones estándar de 2,20 x 4,50 m.
Los proyectos de urbanización contemplarán en todos sus documentos lo dispuesto en el Decreto regional de 15 de octubre de 1991 y la Ley 5/1995 en cuanto a la supresión de barreras arquitectónicas.
En las zonas de carácter rotacional (social, comercial, etc.) es obligatorio crear zonas destinadas al aparcamiento de vehículos.”
Águilas, 30 de octubre de 2009.—El Alcalde, Juan Ramírez Soto.
NPE: A-301109-18623